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RESOLUCIÓN 2432 DE 2010
(agosto 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 117 de 2013>
Por la cual se definen programas de formación Dirección General profesional integral de nivel Técnico que pueden ser certificados como Técnicos Profesional
LA DIRECTORA DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA -
En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en la Resolución No. 0790 de 2009
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 249 de 2004 "Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA", la asigna al Director General la función de: Revisar periódicamente y aprobar la oferta de los programas de formación profesional integral, según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los programas en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo 4o numeral 12.
Que el 19 de julio de 2005 el Consejo Directivo Nacional del SENA expide el Acuerdo No. 0009, estableciendo el listado de oficios y ocupaciones para determinar la cuota de contratación de aprendices para los sectores productivos.
Que el 26 de marzo de 2009 el Director General mediante resolución No. 0790, delega en el Director de Formación Profesional del SENA, "la facultad para expedir los actos administrativos de aprobación de la oferta de programas profesional integral, y revisarlos según las necesidades detectadas en el sector externo y aprobar la modificación de los mismos en sus contenidos, duración y tipo de certificación, conforme lo señala el artículo primero."
Que el 29 de octubre de 2009 el Director General expide la resolución No. 3139 "Por la cual se adoptan los certificados y constancias que el SENA expide a los aprendices que culminan satisfactoriamente el proceso de formación profesional integral y a las personas que demuestran competencia laboral en el proceso de evaluación y certificación para el trabajo".
Que el artículo primero de la citada resolución establece los tipos de certificados que expiden los centros de formación profesional a las personas que culminen satisfactoriamente el proceso de formación profesional correspondiente a un programa de formación, con las características propias de su diseño curricular.
Que la resolución 3139 de 2009 prevé en el artículo primero que para que un programa de nivel técnico sea certificado como técnico profesional, se deben cumplir los siguientes criterios:
Que den respuesta preferiblemente al nivel C y eventualmente al nivel B de la clasificación Nacional de Ocupaciones C.N.O
Requisito mínimo certificación del aprendiz: noveno (9) grado de Educación Básica Secundaria
Que el parágrafo del artículo primero de la citada resolución citada facultó a la Dirección de Formación Profesional para expedir las resoluciones en las cuales se definan los programas de nivel técnico que puedan ser certificados como técnicos profesionales
Que de acuerdo con los criterios expuestos, los siguientes programas de formación profesional Integral pueden ser certificados como técnicos profesionales, cuando cumplan las dos condiciones anteriores.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 117 de 2013> Definir los programas de formación profesional integral, que aparecen en el anexo de la presente resolución, de nivel técnico (TN) para ser certificados técnicos profesionales (TP).
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 117 de 2013> Comunicar y enviar copia de la presente resolución a los Directores Regionales y Subdirectores de Centros de Formación Profesional.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 117 de 2013> La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga la resolución 3263 de 2009.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los 19 AGO 2010
NORA LUZ SALAZAR MARULANDA
RESOLUCIÓN No. 2432 de 2010
DENOMINACION | DURACION AMXIMA EN MESES |
DENOMINACION | DURACION_MAXIMA |
ALMACENISTAS DE OBRAS DE CONSTRUCCION | 12 |
ASISTENCIA ADMINISTRATIVA | 12 |
COMERCIO INTERNACIONAL | 12 |
ADMINISTRACION EN SALUD | 18 |
ANALISIS DE MUESTRAS QUIMICAS | 12 |
PRODUCCION BIOTECNOLOGICA DE MATERIAL VEGETAL | 12 |
LABORATORIO DE SUELOS | 12 |
ELABORACION DE MUEBLES CONTEMPORANEOS Y MODULARES | 12 |
CONSTRUCCION Y MONTAJE DE INSTALACIONES ELECTRICAS | 12 |
DESARROLLO GRAFICO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCION | 12 |
SISTEMAS | 12 |
MANTENIMIENTO DE QUIPOS DE COMPUTO | 12 |
INSTALACION DE REDES DE COMPUTADORES | 12 |
TANATOPRAXIA | 18 |
ENFERMERIA | 18 |
MECANICA DENTAL | 12 |
SALUD ORAL | 18 |
ATENCION PRE HOSPITALARIA | 18 |
SERVICIOS FARMACEUTICOS | 18 |
DISEÑO DE JOYAS | 12 |
JUZGAMIENTO DEPORTIVO | 12 |
SUPERVISION DE PRODUCCION Y POSTCOSECHA DE FLORES Y FOLLAJES | 12 |
SUPERVISION DE ACTIVIDADES BANANERAS | 12 |
TRAZADOM, CORTE, CONFORMADO Y ARMADO DE PRODUCTOS METALICOS | 12 |
MANTENIMIENTO DEL CONJUNTO TRANSMISOR DE POTENCIA CONTROL Y SEGURIDAD DE AUTOMOTORES | 12 |
GESTION DE SISTEMAS DE MANEJO AMBIENTAL | 12 |
VIGILANCIA Y CONTROL DE LOS FACTORES DE RIESGO DEL CONSUMO Y DEL AMBIENTE | 12 |
SALUD PUBLICA | 18 |
ATENCION DE INCENDIOS Y EMERGENCIAS | 18 |
ATENCION INTEGRAL A LA PRIMERA INFACIA | 12 |
ORGANIZACIÓN DE EVENTOS RECREATIVOS Y TURISTICOS | 12 |
PROGRAMACION DE SOFTWARE | 12 |
AGRICULTURA | 12 |
ELABORACION DE OBJETOS ARTESANALES | 12 |
PATRONISTA ESCALADOR EN CONFECCION INDUSTRIAL | 12 |
ANALISIS QUIMICO DE CARBONES Y MINERALES | 12 |
MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE COMPUTO | 12 |
AGROPECUARIO | 15 |