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RESOLUCION 2539 DE 1983
(agosto 25)
Por la cual se aprueba el Manual de Organización
General del SENA y se establecen normas para
su Administración y Actualización
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,
en uso de sus facultades legales y en especial de las
que le confiere el Acuerdo No. 1 de 1983
CONSIDERANDO:
1. Que el Consejo Directivo Nacional mediante el Acuerdo No. 1 del 18 de enero de 1983, estableció la organización interna del SENA y determinó las funciones para sus diferentes dependencias.
2. Que el mencionado Acuerdo faculta al Director General para reglamentar la organización interna del SENA.
3. Que es necesario unificar a nivel nacional las políticas, normas y procedimientos relacionados con el diseño y mantenimiento de la estructura orgánica del SENA, RESUELVE:
ARTICULO 1o. Aprobar el Manual de Organización General de la Entidad y establecerlo como el instrumento guía, para la definición, modificación y adecuación de la organización interna del SENA.
ARTICULO 2o. DE SU UTILIZACION. El Manual de Organización General será de consulta permanente para los funcionarios de la Entidad y orientará a los Directivos en su gestión y en los cambios que en materia de estructura orgánica se efectúen en la Dirección General y en las Regionales.
ARTICULO 3o. DE SU ACTUALIZACION. La Sección de Organización y Salarios garantizará la actualización del Manual mediante el procedimiento que se establezca para ello y velará por el envío oportuno de las modificaciones que se presenten en la estructura interna del SENA.
ARTICULO 4o. DE SU ADMINISTRACION. La División de Relaciones Industriales a través de su Sección de Organización y Salarios tendrá bajo su responsabilidad la administración a nivel nacional del Manual de Organización General para lo cual adelantará los estudios y trabajos que considere necesarios y canalizará todas las solicitudes que en materia de organización presenten las dependencias de la Entidad. (Ver Art. 1o. del Acuerdo. No. 20/89).
PARAGRAFO. Los estudios y ajustes de estructura orgánica que se adelanten, tanto en la Dirección General como en las Regionales deberán contar para su consideración con el concepto previo y favorable de la División de Relaciones Industriales, Sección de Organización y Salarios.
ARTICULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.E., a 25 de Agosto de 1983.
ALBERTO GALEANO RAMIREZ
Director General
JORGE IVAN PEREZ PELAEZ
Subdirector Administrativo
(Ver Acuerdo. No. 1o. de 1983).