Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCIÓN 2810 DE 2010

(septiembre 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se modifica la conformación del Comité Evaluador que apoyará etapas del proceso de selección meritocrático, público y abierto de los Centros de Servicios de Salud y Complejo Tecnológico Minero Agroempresarial de la Regional Antioquia

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - "SENA",

en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 47 y 49 de la Ley 909 de 2004, en el numeral 3 del artículo 4 y artículos 23 y 26 del Decreto 249 de 2004,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución No. 2338 del 6 de agosto, modificada mediante Resoluciones No. 2499 del 26 de agosto, 2592 del 8 de septiembre y 2633 del 10 de septiembre de 2010, se declaró abierto el proceso de selección meritocrático público y abierto No. 002 de 2010, para conformar el listado de candidatos elegibles, entre quienes en igualdad de condiciones de elegibilidad se conformarán listas de elegibles para proveer el cargo de Subdirector de Centro Grado 02 del SENA, de diez (10) Centros de Formación Profesional, dentro de los cuales se encuentra el Centro de Servicios de Salud y Complejo Tecnológico Minero Agroempesarial de la Regional Antioquia.

Que en la Resolución No. 2338 de 2010, se resolvió: "ARTÍCULO TERCERO: Conformar los siguientes Comités Evaluadores para la realización de este proceso meritocrático público y abierto (...)

RegionalCentros de FormaciónComité Evaluador
AntioquiaCentro de Servicios de SaludDirector (a) de Empleo y Trabajo.
Jefe de la Oficina de Comunicaciones.
Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario.
AntioquiaComplejo Tecnológico Minero Agroempresarial

(...)"

Que mediante la Resolución No. 2633 de 2010 "por la cual se declara la pérdida de fuerza ejecutoria parcial de la Resolución No. 2338 del 6 de agosto de 2010 y se dictan otras disposiciones", se ordenó declarar la pérdida de fuerza ejecutoria parcial de la Resolución No. 2338 del 6 de agosto de 2010, en cuanto a la apertura del proceso de selección meritocrático público para proveer el cargo de Subdirector de Centro Grado 02 del Centro de los Recursos Naturales Renovables - La Salada de la Regional Antioquia.

Que en virtud de lo anterior, se hace necesario modificar la conformación del Comité Evaluador para la realización del proceso meritocrático, Publio y abierto de la Convocatoria 002 de 2010.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar la conformación del Comité Evaluador para apoyar etapas del proceso meritocrático, público y abierto para conformar los listados de candidatos elegibles para proveer los cargos de Subdirector de Centro Grado 02, únicamente de los Centros de Servicios de Salud de la Regional Antioquia y del Complejo Tecnológico Minero Agroempresarial de la misma Regional, el cual queda integrado por los siguientes Directivos de la Entidad:

- Director (a) de Empleo y Trabajo.

- Director Regional Cundinamarca.

- Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario.

Ir al inicio

ARTÍCULO 2o. La presente Resolución no modifica ningún otro texto o contenido del proceso de selección meritocrático público y abierto No. 002 de 2010, convocado mediante la Resolución No. 2338 del 6 de agosto de 2010.

Ir al inicio

ARTÍCULO 3o. Ordenar a la Secretaría General - Grupo de Relaciones Laborales, la publicación en la página web del SENA de la presente Resolución, y su comunicación a los Comités Evaluadores.

Ir al inicio

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., 27 SEPT. 2010

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.