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RESOLUCIÓN 2857 DE 2010
(octubre 1)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se integra el Comité Paritario Nacional de Salud Ocupacional, COPASO Nacional, para al período 2010-2012
EL DIRECTOR GENERAL DELSERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 614 de 1984 dispuso en el artículo 25 que en todas las empresas e instituciones públicas o privadas, se constituirá un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores;
Que según el artículo 24 del mismo Decreto, los patronos o empleadores tendrán la responsabilidad de permitir la constitución y funcionamiento de los Comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo y auspiciar su participación en el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional.
Que la Resolución 2013 de 1986 expedida por el hoy Ministerio de la Protección Social, reglamentó la constitución y funcionamiento de los comités referidos en el Decreto 614 de 1984 y señaló en el artículo 1 que todas las empresas e instituciones públicas o privadas que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar los comités referidos; y en su artículo 2 dispuso que cada comité estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, y que cuando el número de trabajadores sea superior a 1000, el número de representantes por cada una de las partes ascenderá a 4;
Que el artículo 5 de la citada Resolución dispuso que el empleador nombrará directamente sus representantes al Comité y los trabajadores elegirán los suyos mediante votación libre; y dispuso adicionalmente en el artículo 6, que es obligación del empleador, propiciar la elección de los representantes de los trabajadores al Comité, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones, designar sus representantes al Comité y designar al presidente del mismo;
Que mediante Resolución 1374 del 23 de mayo de 2008, se estableció el proceso para la elección de los servidores públicos del SENA que actuarán como representantes de los servidores públicos en los Comités Paritarios de Salud Ocupacional de la Entidad.
Que mediante Circular 3-2010-000214 del 25 de agosto de 2010, la Secretaría General publicó la convocatoria a elecciones de representantes de los trabajadores; la cual fue divulgada nacionalmente, e igualmente fijada en lugares de fácil acceso a todos los servidores públicos, junto con la Resolución 1374 de 2008, el cronograma y el instructivo electoral diseñado por las instancias responsables del proceso.
Que la promoción y divulgación del proceso de elección se realizó por los medios electrónicos y físicos disponibles en la Entidad, incluido el servicio de correo electrónico institucional; y por tales medios se divulgaron las condiciones de modo, tiempo y lugar para la inscripción (25 y 30 de agosto de 2010) la lista de candidatos inscritos (13 y 15 de septiembre de 2010), el cronograma (25 y 30 de agosto de 2010) y la invitación a votar (15, 17 y 20 de septiembre de 2010) y los resultados de las elecciones (27 de septiembre de 2010).
Que tanto la Resolución 1374 de 2008, como el cronograma, la convocatoria, el instructivo electoral y el contenido de la Circular 3-2010-000214, estuvieron permanentemente publicados en el tip institucional.
Que las votaciones para la elección de los representantes de los servidores públicos en el COPASO nacional fueron realizadas en la Entidad el 20 de septiembre de 2010.
Que una vez realizado en la Dirección General del SENA, el proceso de escrutinio nacional de los votos y actas de votación remitidas por cada una de las Regionales y de la Dirección General, se obtuvo el siguiente resultado, para la elección de los representantes de los servidores públicos en el COPASO, así:
4 | JACINTO TORRES CARVAJAL | 493 |
21 | JAIME MARíN FAJARDO DAZA | 472 |
3 | ROSALIA SUESCÚN GIRALDO | 440 |
8 | BLANCA CECILIA JIMÉNEZ JARAMILLO | 409 |
12 | LUZ MARINA DÍAZ GIRALDO | 343 |
24 | MYRIAM TOVAR PUERTAS | 225 |
5 | CARMEN SOFÍA DAZA BELTRAN | 219 |
26 | JAIR LÓPEZ ROA | 183 |
6 | DOLLY PATlÑO CAMACHO | 128 |
13 | ESPERANZA RUBIAN0 VENEGAS | 126 |
2 | EDUARDO ERNESTO ESCUDERO ECHEVERRI | 118 |
20 | JOSé VICENTE PRIETO REY | 113 |
9 | SANDRA YANETH ARIAS GAMBOA | 112 |
11 | JOSÉ RAFAEL CUBIDES CASAS | 99 |
15 | YASMILE YASHID SOTO CHAVES | 90 |
18 | LUZ MERY CASTRO PERDOMO | 76 |
22 | NIDIA GABRIELA CARO ZAMUDIO | 73 |
1 | GERMAN DE JESÚS VILLEGAS JARAMILLO | 62 |
19 | FABIO HUMBERTO MOLANO OLMOS | 56 |
14 | JAIME ALBERTO VARGAS NUÑEZ | 40 |
7 | MARTHA MILADY PRADO PEÑALOSA | 31 |
19 | ALBEYRO SANCHEZ BAUTISTA | 31 |
23 | MANUEL CESAR TMJJIUO HOYOS | 30 |
25 | JULY MARCELA OVIEDO REYES | 24 |
26 | EDGAR AUGUSTO BRAGA SILVA | 14 |
17 | YHON JAIRO DURAN MARTÍNEZ | 8 |
VOTOS EN BLANCO | 290 | |
VOTOS NULOS | 16 | |
TOTAL ELECTORES | 4,321 |
Que según el artículo 14 de la Resolución 1374 de 2008, “Serán elegidos como representantes principales de los servidores públicos en el respectivo COPASO, el o los candidatos que hayan obtenido la mayor votación, hasta completar el número de integrantes que le corresponda al Comité de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de esta resolución; serán elegidos como suplentes quienes le sigan en el mismo orden descendente de votación y hasta completar el mismo número de principales (…)”.
Que el período de los miembros del COPASO es de dos (2) años;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Pérdida de fuerza ejecutoria> Declarar como representantes de los servidores públicos del SENA en el Comité Paritario de Salud Ocupacional – COPASO Nacional, por un periodo de dos (2) años, a los siguientes servidores públicos elegidos por votación:
Representantes principales | Representantes suplentes |
JACINTO TORRES CARVAJAL JAIME MARÍN FAJARDO DAZA ROSALÍA SUESCUN GIRALDO BLANCA CECILIA JIMENEZ JARAMILLO | LUZ MARINA DÍAS GIRALDO MYRIAM TOVAR PUERTAS CARMEN SOFÍA DAZA BELTRÁN JAIR LÓPEZ ROA |
ARTÍCULO 2o. <Pérdida de fuerza ejecutoria> Designar como representantes del empleador en el Comité Paritario Nacional de Salud Ocupacional – COPASO Nacional, por un periodo de dos años, a los siguientes servidores públicos:
Representantes principales | Representantes suplentes |
ANA LUCíA RODRIGUEZ APRAEZ ALMA ELVIRA NOVOA LELION ESPERANZA RUBIANO VANEGAS WALTER CARROLL IREGUI | MARIA CLAUDIA LOPEZ CALLE EDNA CATALINA MORENO CARLOS EUSEBIO LUGO SILVA JAIRO ALBERTO ROMERO RODRIGUEZ |
ARTÍCULO 3o. <Pérdida de fuerza ejecutoria> La presidencia del COPASO Nacional será definida en acto administrativo posterior.
ARTÍCULO 4o. <Pérdida de fuerza ejecutoria> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada a los 1 OCT. 2010
DARÍO MONTOYA MEJIA
Director General