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RESOLUCIÓN 3025 DE 2010
(octubre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se modifica parcialmente la resolución No. 1374 de 2008
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En uso de sus facultades legales y en especial de la conferida en el artículo 4o - numerales 4 del Decreto 249 de 2004 y
CONSIDERANDO:
Que el 23 de mayo de 2008 se expidió la Resolución No. 1374 “Por la cual se reglamenta la elección de los representantes de los servidores públicos en Comités Paritarios de Salud Ocupacional del SENA”
Que los artículos 4, 7, 9 y 13 de la Resolución No. 1374 de 2010, establecieron que en la Dirección General, el Coordinador del Grupo de Relaciones Laborales es el responsable de la promoción, divulgación, convocatoria a elecciones, consolidación de inscripciones, conformación de jurados de votación, consolidación de actas y escrutinios para la elección del Comité Paritario de Salud Ocupacional.
Que mediante la Resolución No. 0910 del 4 de marzo de 2010 se creó el Grupo de Trabajo denominado “Gestión del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional” adscrito a la Secretaria General, señalando en los numerales 10 y 14 del literal B del artículo tercero, que es función de este Grupo: "...10. Orientar y apoyar la gestión del Comité Paritario de Salud Ocupacional en la Dirección General //...// Registrar ante el Ministerio de la Protección Social el comité paritario de salud ocupacional”
Que en el numeral primero del artículo cuarto de la Resolución No. 0910 del 4 de marzo de 2010 se estableció que es función del Coordinador del Grupo Gestión del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional: “Coordinar, controlar y responder por el cumplimiento de las funciones o tareas asignadas al Grupo con criterios de eficiencia, eficacia y oportunidad”.
Que por lo anterior, es procedente asignar las funciones promoción, divulgación, convocatoria a elecciones, consolidación de inscripciones, conformación de jurados de votación, consolidación de actas y escrutinios para la elección del Comité Paritario de Salud Ocupacional al Coordinador del Grupo de Gestión del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional o quien hiciera sus veces.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Modificar parcialmente los artículos 4, 7, 9 y 13 de la Resolución No. 1374 del 23 de mayo de 2008, en el sentido que la promoción, divulgación, convocatoria a elecciones, consolidación de inscripciones, conformación de jurados de votación, consolidación de actas y escrutinios para la elección del Comité Paritario de Salud Ocupacional, la realizará, en la Dirección General, el Coordinador del Grupo de Gestión del Servicio Médico Asistencial y Salud Ocupacional o quien hiciera sus veces.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente los actos administrativos que le sean contrarios.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 OCT. 2010
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General