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RESOLUCIÓN 3667 DE 2009

(noviembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se declara desierta la premiación de los Equipos de Trabajo y se proclama el mejor empleado de carrera de cada nivel jerárquico, el mejor empleado de carrera de la Entidad y el mejor empleado de libre nombramiento y remoción del año 2009

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

en ejercicio de las facultades legales que le confiere el Decreto ley 1567 de 1998 y su Decreto Reglamentario 1227 de 2005

CONSIDERANDO:

Que el artículo 29 del Decreto Ley 1567 de 1998 señala que los planes de incentivos para los empleados se orientan a reconocer los desempeños individuales del mejor empleado de la entidad y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia.

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Decreto Reglamentario 1227 de 2005, el Director General del SENA señalará los incentivos no pecuniarios que se otorgarán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico, al mejor empleado de libre nombramiento y remoción, y los incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los mejores equipos de trabajo de la entidad, de acuerdo con los recursos institucionales disponibles para hacerlos efectivos.

Que de conformidad con el artículo 14 de la Resolución 1585 de 2001: “Los equipos de trabajo que participen en los planes de incentivos pecuniarios tendrán por objeto proponer y desarrollar proyectos técnicos, tecnológicos y pedagógicos, operativos o administrativos que sean aplicables en el corto plazo, en la innovación o mejora de la formación profesional integral, el diseño curricular, el mejoramiento de la efectividad y calidad de los procesos administrativos y operativos con el propósito de fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional del SENA”.

Que mediante Circular del No 3-2009-000152 9 de junio del 2009 la Secretaría General divulgó el calendario de presentación de los proyectos de equipo de trabajo y los requisitos para la selección de los de los mejores empleados de la Entidad.

Que ninguna Regional presento proyectos de equipos de trabajo dentro de los términos establecidos en el cronograma de trabajo.

Que el Comité Nacional de Incentivo en reunión del 30 de noviembre del 2009, según consta en la Acta No 001 del 30 de noviembre 2009, seleccionó a los mejores empleados de carrera administrativa de cada nivel jerárquico, al mejor empleado de la Entidad y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción:

Nivel Asesor: Declarado desierto.

Nivel Profesional: Nora Patricia Vela Otálora, de la Dirección General.

Nivel Instructor: Gustavo Vega Orozco, de la Regional Huila.

Nivel Técnico: Ricardo Vanegas Toro, de la Regional Antioquia.

Nivel Asistencial se declara desierto.

Nivel de Libre Nombramiento y Remoción, José Antonio Lizarazo Sarmiento, Director de la Regional Norte de Santander.

Mejor empleado de carrera administrativa de la Entidad: Gustavo Vega Orozco, de la Regional Huila En mérito de anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Declarar desierta la adjudicación de incentivos pecuniarios para el equipos de trabajo del SENA.

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ARTÍCULO 2o. Proclamar como mejores empleados de carrera administrativa a nivel nacional, de cada nivel jerárquico de la Entidad, a los siguientes empleados públicos:

NivelNombreRegional
ProfesionalNora Patricia Vela OtáloraDirección General
InstructorGustavo Vega OrozcoRegional Huila
TécnicoRicardo Vanegas ToroRegional Antioquia
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ARTÍCULO 3o. Proclamar al mejor empleado Libre Nombramiento y Remoción al Doctor José Antonio Lizarazo Sarmiento de la Regional Norte de Santander.

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ARTÍCULO 4o. Proclamar como el mejor empleado de carrera administrativa de la Entidad al funcionaria <sic> Gustavo Vega Orozco, de la Regional Huila.

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ARTÍCULO 5o. Conceder de conformidad al artículo 77 del Decreto <sic, es 1227> 127 del 2005, uno de los siguientes incentivos no pecuniario a cada uno de los mejores empleados designados mediante esta Resolución el cual será otorgado por cada una de las Regionales en un acto público donde laboran los empleados seleccionados: a) Bono <sic> recreativos hasta por valor de $ 1.000.000, b) Asistencia a cursos, eventos, seminarios que se desarrollen en cualquier ciudad del país hasta por un valor de $ 1.000.000 incluido inscripción al curso, transporte y manutención, c) pasantías, incluido transporte y manutención por valor hasta de $ 1.000.000 y d) Publicaciones de trabajos a dos tintas hasta 1.000 ejemplares.

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ARTÍCULO 6o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y no procede ningún recurso contra ella, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35 del Decreto – Ley 1567 de 1998.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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