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ACUERDO 5 DE 2015

(noviembre 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por el cual se modifica el presupuesto de Inversión para la vigencia fiscal 2015

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Artículo 1o del Decreto 4836 de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005, el artículo 22 del Decreto 2710 de 2014, y el artículo 3 numeral 27 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1737 del 2 de diciembre de 2014, “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2015", en su artículo 1o detalla el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital para la vigencia 2015, del cual hace parte el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011, que modificó el artículo 29 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 “ por el cual se reglamentan normas orgánicas del presupuesto, determina que "las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. //El ministro de Hacienda y crédito público- Dirección General del presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema integrado de Información Financiera SIIF Nación”. (Resaltado fuera de texto).

Que en el Decreto 2710 del 26 de diciembre de 2014, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” efectúa la apropiación para atender los gastos de funcionamiento, Inversión y servicio de la deuda pública del presupuesto general de la nación para la vigencia del 1 de enero al 31 de diciembre de 2015 del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

Que el citado Decreto 2710 del 26 de diciembre de 2014, “Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos” en el artículo 22 autoriza al Consejo Directivo Nacional del SENA, como establecimiento público del orden nacional, para efectuar distribuciones en el presupuesto de ingresos o gastos, sin cambiar su destinación ni cuantía, las cuales requieren para su validez de la aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que hay unas cuentas de contratos, primas extraordinarias, horas extras y auxilio educativo de vigencias anteriores que se encuentran dentro del pasivo de la Entidad, por las siguientes razones:

1. Se presento un error en el aplicativo SIIF NACION que no permitió realizar el pago del rezago presupuestal 2014. 2. La obligación no quedo trasladada para constituirse como cuenta por pagar dentro del aplicativo SIIF NACION para la vigencia 2014. 3. Hasta junio de 2014 se legalizo la entrada al almacén de unos reactivos químicos 4. El contratista no se encontraba a paz y salvo con los pagos de aportes parafiscales los cuales realizo hasta el 2015. 5. La madre del contratista fallecido adjunto los documentos requeridos para el pago hasta el 22 de diciembre de 2014 teniéndose como dificultad el hecho de que la Regional no tenía creado el perfil de endoso. 6. los servicios prestados en septiembre, octubre y noviembre de 2014 por el contratista fueron cobrados el 24 de febrero de 2015. 7. Los servicios prestados en septiembre, octubre y noviembre de 2014 por el contratista fueron cobrados el 5 de marzo de 2015. 8. El contratista radico la cuenta de cobro el 20 de enero de 2015 cuando ya se habían reversado los recursos para pago. 9. La solicitud fue radicada por el sistema On base, pero nunca se recibieron los soportes físicos correspondientes. 10. Hasta abril del 2015 se allego la factura de los gastos de traslado del funcionarlo. 11. El funcionario fue trasladado a otra regional donde no tenían recursos por dicho rubro por lo cual se envió dicha novedad al grupo de presupuesto de la Dirección General al cual llego extemporáneamente para Incluirla en las novedades de nómina de diciembre de 2014. 12. El centro de formación no poseía los datos de contacto del solicitante y hasta el 2015 se le informo al solicitante los documentos que le hacían falta para tramitar dicho reconocimiento.

Que hay unas cuentas de prestaciones sociales de vigencias anteriores que se encuentran dentro del pasivo de la Entidad, por las siguientes razones: 1. En noviembre de 2014 se corrigió el ingreso 3l sistema SSEMI de los instructores según Decreto 1424 de 1998. 2. En agosto de 2013 se corrigió el ingreso al sistema SSEMI de la Instructora según Decreto 1424 de 1998. 3. En julio de 2014 se corrigió el ingreso al sistema SSEMI de la instructora según Decreto 1424 de 1998. 4. En junio de 2014 se corrigió el ingreso al sistema SSEMI de la instructora según Decreto 1424 de 1998. 5. En diciembre de 2014 se corrigió el Ingreso al sistema SSEMI de la instructora según Decreto 1424 de 1998. 6. En abril de 2015 se corrigió el ingreso al sistema SSEMI de la Instructora según Decreto 1424 de 1998. 7. En mayo de 2015 se corrigió la omisión del pago de una prima quinquenal por parte de un Centro. 8. En 2015 se corrigió el pago que debe hacerse producto del ascenso SSEMI. 9. No se encontró ninguna notificación para tramitar la obligación en el grupo de presupuesto de la Dirección General. 10. No se situaron los recursos a la Regional en el rubro servicio para estímulos para el segundo semestre del 2013 para dar continuidad a los estudios del funcionario y la Regional tampoco los requirió. 11. El exfuncionario no ha manifestado interés en solicitar sus prestaciones Sociales pero la Regional en cumplimiento del Decreto 1848 considera pertinente realizar el pago 12. La exfuncionaria tenía plazo para presentar recurso de Ley a la resolución 939 de 2014 hasta enero de 2015, lo que impidió el reconocimiento del acto administrativo.

Que el valor faltante para cumplir con el pago de los pasivos antes mencionados asciende a la suma de QUINIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($507.623.451) M/CTE.

Que el Departamento Nacional de Planeación con comunicación No. 20154320007516 del 09 de noviembre de 2015, emitió concepto favorable sobre el traslado de recursos para cubrir el pago de pasivos por vigencias expiradas por $ 507.623.451 en el Presupuesto de Gastos de Inversión de esa Entidad, provenientes de recursos propios y nación.

Que por lo anterior se hace necesario trasladar los recursos presupuéstales para efectuar durante la vigencia fiscal dichos gastos;

Que previo estudio de viabilidad efectuado por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Entidad, el Director General de la entidad propone al Consejo Directivo Nacional la modificación presupuestal señalada en el presente Acuerdo.

Que en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Contracreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2015 por un valor de QUINIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($507.623.451) M/CTE., en los siguientes Programa, Subprograma, proyecto, Recurso y valor en pesos:

PROGSUSPPROYRECCONCEPTOVALOR $
    C. INVERSIÓN507.623.4S1
    
 111     CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR122.219.442
  111 704 CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL122.219.442
  111 7041   CONSTRUCCION Y ADECUACION DE EDIFICIOS PARA LA CAPACITACION LABORAL.122.219.442
     21  OTROS RECURSOS DE TESORERIA122.219.442
 310    DIVULGACION, ASISTENCIA TECNICA Y CAPACITACION DEL RECURSO HUMANO385.404.009
  310 704     CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL385.404.009
 310 704 5  CAPACITACION Y ACTUALIZACION DE DOCENTES, ASESORES Y PERSONAL DE APOYO.1.040.000
     16  FONDOS ESPECIALES1.040.000
 310 704157   EXPLOTACION DE LOS RECURSOS DE LOS CENTROS, AREAS4.876.504
PROGSUBPPROYRECCONCEPTOVALOR $
  ADMINISTRATIVAS Y DE APOYO A LA FORMACION PARA LA PRODUCCION Y VENTA DE BIENES Y SERVICIOS
 20INGRESOS CORRIENTES4.876.504
310704180ADMINISTRACION E INTERMEDIACION DE EMPLEO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMACION OCUPACIONAL PARA DESEMPLEADOS2.014.920
 20INGRESOS CORRIENTES2.014.920
310704207CAPACITACION A TRABAJADORES Y DESEMPLEADOS PARA SU DESEMPEÑO EN ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, Y ASESORIA Y ASISTENCIA TECNICA EMPRESARIAL, PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONOMICO Y TECNOLOGICO, A TRAVES DE LOS CENTROS DE FORMACION DEL SENA A NIVEL NACIONAL377.472.585
 16FONDOS ESPECIALES377.472.585

ARTÍCULO 2o. Con base en el artículo anterior, acreditar el presupuesto de Egresos Ley para la vigencia fiscal de 2015 por valor de QUINIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTITRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS ($507.623.451) M/CTE, en las siguientes Programa, Subprograma, proyecto, Recurso y valor en pesos:

PROGSUBPPROYRECCONCEPTOVALOR $
    C. INVERSIÓN507.623.451
   
111  CONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURA PROPIA DEL SECTOR122.219.442
111704  CAPACITACION TECNICA NO PROFESIONAL122.219.442
111704191 CONSTRUCCION Y ADECUACION DE EDIFICIOS PARA LA CAPACITACION LABORAL. - (PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIA EXPIRADA)122.219.442
    21OTROS RECURSOS DE TESORERIA122.219.442
310 DIVULGACIÓN, ASISTENCIA TÉCNICA Y CAPACITACIÓN DEL RECURSO HUMANO385.404.009
310704 CAPACITACIÓN TÉCNICA NO PROFESIONAL385.404.009
310704233CAPACITACION Y ACTUALIZACION DE DOCENTES, ASESORES Y PERSONAL DE APOYO. - (PAGOS PASIVOS EXIGI BLES VIGENCIA EXPIRADA)1.040.000
 16FONDOS ESPECIALES1.040.000
310704229EXPLOTACION DE LOS RECURSOS DE LOS CENTROS, AREAS ADMINISTRATIVAS Y DE APOYO A LA FORMACION PARA LA PRODUCCION Y VENTA DE BIENES Y SERVICIOS. - (PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIA EXPIRADA)4.876.504
 20INGRESOS CORRIENTES4.876.504
310704234ADMINISTRACION E INTERMEDIACION DE EMPLEO Y DESARROLLO DE PROGRAMAS DE FORMACION OCUPACIONAL PARA DESEMPLEADOS. - (PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIA EXPIRADA)2.014.920
 20INGRESOS CORRIENTES2.014.920
310704226CAPACITACION A TRABAJADORES Y DESEMPLEADOS PARA SU DESEMPEÑO EN ACTIVIDADES PRODUCTIVAS, Y ASESORIA Y ASISTENCIA TECNICA EMPRESARIAL, PARA EL DESARROLLO SOCIAL, ECONOMICO Y TECNOLOGICO, A TRAVES DE LOS CENTROS DE FORMACION DEL SENA A NIVEL NACIONAL. - (PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIA EXPIRADA)377.472.585
 16FONDOS ESPECIALES377.472.585

ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo deberá contar con la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, respecto de sus artículos primero y segundo, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 4836 del 21 de diciembre de 2011 que modificó el artículo 29 del decreto 4730 de 2005.

ARTÍCULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Para los efectos del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá a los 30 NOV 2015

LUIS EDUARDO GARZON

PRESIDENTE DEL CONSEJO

MINISTRO DEL TRABAJO

MILTON NUNEZ PAZ

SECRETARIO DEL CONSEJO

APROBADO

DIRECTOR GENERAL PRESUPUESTO PÚBLICO NACIONAL

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/ACUERDO_SENA_0005_2015.pdf>

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