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CIRCULAR 175 DE 2014
(18 septiembre)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: DIRECCION GENERAL, SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, COORDINADORES DE GRUPO DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO.
ASUNTO: Gastos de viaje contratistas
El desplazamiento de los contratistas del SENA a ciudades fuera del domicilio contractual en el desarrollo del objeto de su contrato implica el pago de Gastos de Viaje, los cuales se reconocen de acuerdo a lo previsto en la Resolución No. 01232 de 2013.
El artículo 1 de la Resolución en mención, prevé que en el evento en que el contratista no tenga que pernoctar en el sitio donde va a cumplir su objeto contractual, solo se le reconocen los gastos de transporte.
Por lo anterior, no es aplicable pagar a ningún contratista el 50% de los gastos de alojamiento y alimentación por el día final del viaje y se debe aplicar lo señalado en el artículo 1 de la Resolución No. 01232 de 2013, el cual dice que "en el evento en que el contratista no tenga que pernoctar en el sitio donde va a cumplir su objeto contractual, sólo se le reconocerán los gastos de transporte".
Para la liquidación de los gastos de viaje de los contratistas anexamos a la presente los formatos actualizados que se deben utilizar.
Igualmente anexamos el concepto jurídico al respecto emitido por la Coordinadora del Grupo de Conceptos y Producción Normativa, de la Dirección Jurídica de la Dirección General.
Cordial saludo,
PIEDAD JIMÉNEZ MONTOYA
Directora Administrativa y Financiera