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CIRCULAR 178 DE 2019

(Marzo 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE FORMACIÓN PROFESIONAL, COORDINADORES ACADÉMICOS, INSTRUCTORES.
ASUNTO:Recomendaciones proceso detransición de LMS

Teniendo en cuenta que el actual proveedor de LMS (Blackboard) termina contrato con la entidad el 15 de diciembre de 2019 y como resultado del proceso de selección adelantado por la Oficina de sistemas de la Entidad, entrará en operación un nuevo proveedor de servicios del ambiente virtual, la Dirección de Formación Profesional se permite dar conocer algunas recomendaciones para el proceso de transición de LMS, de las instancias de formación titulada y complementaría en las modalidades presencial, virtual y a distancia, así:

1. La formación presencial y virtual en todos sus niveles, en ningún caso podrá hacer uso del LMS Blackboard a partir del 16 de diciembre de 2019, ni se contará con acceso para usuario alguno desde esta fecha.

2. Para las fichas que se encuentran en ejecución, los usuarios del ambiente virtual actual deben realizar copia de seguridad de toda la información que allí hayan almacenado en los diferentes espacios, de tal manera que la puedan consultar posteriormente.

3. Los usuarios (aprendices e instructores) deben realizar copia de seguridad de los portafolios de evidencias que tengan almacenados en actual LMS, pues éstos NO serón objeto de migración a la nueva plataforma virtual.

4. Para el caso de las fichas de formación titulada que pasan del 2019 al 2020, se migrarán al nuevo operador, únicamente los Resultados de Aprendizaje (RAP) evaluados, es decir, las evidencias enviadas por los aprendices y demás material publicado por los instructores en los respectivos espacios, NO se migrarán a la nueva plataforma. De igual manera, los juicios evaluativos emitidos por los instructores en el LMS para las evidencias enviadas por los aprendices, tampoco se migrarán al nuevo operador, por lo cual cada instructor debe crear su propio archivo de estas calificaciones.

5. Los espacios virtuales de las fichas nuevas y de las que pasan del 2019 al 2020, estarán disponibles para la ejecución de la formación con la nueva plataforma LMS.

6. Las fichas de formación titulada correspondientes a la primera oferta del 2020 no se crearán en el ambiente virtual actual, estas estarán disponibles en él nuevo LMS, para la respectiva ejecución de la formación.

7. Para la vigencia 2020, se informará oportunamente la forma de ingreso al nuevo LMS de tal manera que no se interrumpa la ejecución de la formación donde medie este recurso.

8. Los espacios virtuales de fichas que estén en estado “Terminada” a 15 de diciembre de 2019, serán objeto de un proceso de archivado. Estos espacios estarán disponibles a partir del 2020, exclusivamente para consulta a través de los canales de soporte técnico que se defina para dicha vigencia para el ambiente virtual LMS.

Cordialmente,

FARID DE JESÙS FIGUEROA TORRES

Director de formaciòn Porofesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0178_2019.pdf>

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