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CIRCULAR 206 DE 2014

(27 noviembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

PARA: COORDINADORES GRUPO DE PRESUPUESTO, TESORERIA, CONTABILIDAD, RECAUDO Y CARTERA DE LA DIRECCION GENERAL Y COORDINADORES ADMINISTRATIVOS DE APOYO MIXTO

Asunto: Normas de Seguridad SIIF Nación 2014

Para el cierre de la vigencia y de conformidad con la normas de seguridad exigidas por el SIIF, se debe tener en cuenta que los contratistas que operan el Aplicativo S1IF, cuyo contrato se vence en el Mes Diciembre de 2014, deben hacer entrega al Coordinador, mediante correo electrónico con copia a yleal@sena.edu.co, del Certificado Digital (Toquen). Esto es requisito indispensable para la correspondiente liquidación del contrato. De igual manera los funcionarios que cambien de funciones o se retiren temporal o permanentemente de la Entidad deben realizar la entrega y su uso para que sean deshabilitados o eliminados del sistema.

Les recuerdo que los Certificados digitales tienen costo para la Entidad, es personal e intransferible, por lo tanto es necesario realizar el seguimiento y control.

El Código Disciplinario (Ley 734 de Febrero 5 de 2002), establece aspectos disciplinarios relevantes, como son los derechos, deberes, prohibiciones, impedimentos, inhabilidades y conflicto de intereses del servidor público, que todo funcionario debe tener en cuenta en el uso de la información, máxime cuando esta se maneja a través de mecanismo personal e intransferible como lo es la certificación expedida por GSE, para el manejo del aplicativo SIIF- Nación, mediante la cual se le otorgan la contraseña y encriptamiento de la firma digital en el Toquen:

- "Atendiendo que si existen las disposiciones normativas para que la entidad pueda

salvaguardar sus recursos patrimoniales e informativos, es prudente que dentro del "acta para la legalización y entrega del puesto de trabajo" la cual debe ser diligenciada por el servidor público para obtener su paz y salvo, se incluya nota, con el fin de garantizar la devolución del Certificado Digital (Toquen), para el manejo de SIIF.

En el evento que se detecte el uso del certificado SIIF Nación por parte del servidor público que se retiró y no lo entregó, siendo una de sus obligaciones, debe procederse a instaurar las acciones disciplinarias y penales que correspondan, de conformidad con lo dispuesto en el decreto 2647 de 2012 y Ley 734 de 2002.

Por lo anterior, atentamente le pido consultar y divulgar la Circular Externa 61, emitida por la Administración SIIF, donde se dan a conocer aspectos a considerar para el Cierre de la Vigencia 2014 y Apertura del Año 2015 en el Sistema Integrado de Información Financiera - SIIF Nación.

Agradezco su cumplimiento.

Cordial Saludo,

PIEDAD JIMÉNEZ MONTOYA

Coordinadora SIIF-Entidad.

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0206_2014.pdf>

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