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RESOLUCION 1456 DE 2017
(agosto 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se aplican las equivalencias entre la nomenclatura de empleos fijada para el SENA por el Decreto 1426 de 1996 (modificado por los Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2006) y la establecida por el artículo 5o del Decreto 1433 de 2017.
LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE-SENA
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1, 3 y 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 y el artículo 5o del Decreto 1433 de 2017, y
CONSIDERANDO
Qué el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA cuenta actualmente con una planta de personal de 9.905 empleos permanentes, creada por el Gobierno Nacional mediante los Decretos 250 de 2004, 2989 de 2008, 4591 de 2011, 595 de 2016 y 552 de 2017, de los cuales 9.225 son cargos de empleados públicos.
Que con fundamento en lo dispuesto por el articulo 21 de la Ley 909 de 2004 el SENA tiene adicionalmente 800 empleos temporales en su planta de personal, creados por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 553 del 30 de marzo de 2017.
Que el SENA tiene un sistema especial de nomenclatura, clasificación y remuneración establecido por el Decreto 1426 de 1998 (modificado por los Decretos 248 de 2004, 1730 de 2006 y 3696 de 2006) y el Decreto 1424 de 1998 (modificado por el Decreto 3009 de 2005).
Que el 29 de agosto de 2017 el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1433, "Por el cual se modifica el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos públicos del Sentido Nadonal de Aprendizaje, SENA y se dictan otras disposiciones”.
Que el artículo 1o del Decreto 1433 de 2017 suprimió de la nomenclatura de empleos establecida para el SENA por el Decreto 1426 de 1998 (modificado por los Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2006) las denominaciones de empleos pertenecientes a los niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial, y estableció en su artículo 2o una nueva nomenclatura y en sus artículos 3o y 4o las nuevas tablas de asignaciones básicas mensuales.
Que el Decreto 1433 de 2017 señala en su artículo 5o las equivalencias entre la nomenclatura y clasificación de empleos fijada por el Decreto 1426 de 1998 (modificado por los Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2006) y la establecida en ese Decreto, disponiendo en su parágrafo que *Con estricta sujeción a lo dispuesto en este artículo ei SENA procederá a adoptar ias anteriores equivalencias en la primera nómina de pago siguiente a la fecha de vigencia del mismo. A los servidores no se les exigirá requisitos diferentes a ios acreditados en el momento de la posesión y por tratarse de un ajuste a la escala salarial, sin que implique cambio de empleo, la Comisión Nacional del Servido Civil deberá adualizar la inscripción en el Registro Público de Carrera de los servidores que ostenten derechos sobre la misma”,
Que en relación con la nomenclatura, clasificación y remuneración de los empleos temporales, el Decreto 1083 de 2015 "Único Reglamentario del Sedor Función Pública”, dispone que Tos empteos temporales deberán sujetarse a la nomenclatura y clasificación de cargos vigentes para cada entidad" (inciso segundo del artículo 2.2.1.1.1), y que “El régimen salarial, prestadonai y demás beneficios salariales de tos empleos temporales será el que corresponda a los empleos de carácter permanente que rige parala entidad'' (artículo 2.2.1.1.2),
Que de conformidad con las normas mencionadas, es procedente y necesario aplicar mediante esta Resolución las equivalencias establecidas por el artículo 5o del Decreto 1433 de 2017 para los empleos permanentes y temporales de la planta de personal del SENA pertenecientes a los niveles ocupacionales Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial que se encuentran actualmente provistos, para los fines institucionales a que hay lugar y para el trámite de actualización de la inscripción en el Registro Público de la Carrera Administrativa ante la Comisión Nacional del Servicio Civil de los servidores públicos que ostenten derechos sobre la misma.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Resolución 1724 de 2017> Los servidores públicos vinculados actualmente a la planta de personal del SENA en cargos de empleados públicos permanentes de los niveles Asesor, Profesional, Técnico y Asistencial continúan vinculados en los siguientes grados salariales, aplicando las equivalencias establecidas por el articulo 5o del Decreto 1433 de 2017 entre la nomenclatura y clasificación fijada por el Decreto 1426 de 1998 (modificado por los Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2006) y la señalada en ese Decreto:
PARAGRAFO. Los servidores publicos que al entrada en vigencia del Decreto 1433 de 2017 esten ocupando un empleo de carrera administrativa en calidad de encargo, continuaran desempeñandolo con la equivalencia señalada por el articulo 5o del mismo Decreto, sin exigirseles nuevos requisitos.
ARTICULO 2o. <Ver modificaciones a este artículo directamente en la Resolución 1724 de 2017> Los servidores publicos vinculados actualmente a la planta personal del SENA en cargos de empleados publicos temporales de nivel Profesional continuan vinculados en los siguientes grados salariales, aplicando las equivalencias establecidas por el articulo 5o del Decreto 1433 de 2017 entre la nomenclatura y clasificacion fijada por el Decreto 1426 de 1998 (modificado por lo Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2008) y la señalada en ese Decreto.
ARTÍCULO 3o. En virtud de la aplicación de las equivalencias establecidas en el artículo 5o del Decreto 1433 de 2017, a los servidores públicos que se encuentren actualmente vinculados a la planta de personal del SENA en cargos permanentes o temporales, no se les exigirá requisitos diferentes a los acreditados en el momento de la posesión en el respectivo empleo, mientras permanezcan vinculados en él.
ARTÍCULO 4o. El Coordinador del Grupo de Relaciones Laborales de la Dirección General y los Coordinadores de los Grupo de Apoyo Administrativo Mixto y de Centros de Formación, recaudarán la documentación necesaria y tramitarán ante la Comisión Nacional del Servicio Civil la actualización de la inscripción en el Registro Público de la Carrera Administrativa de los servidores públicos vinculados al SENA que ostenten derechos sobre la misma, por la aplicación de las equivalencias establecidas por el artículo 5o del Decreto 1433 de 2017, de conformidad con lo dispuesto por el parágrafo del mismo artículo, el artículo 2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015 “Único Reglamentario del Sector de la Función Pública" y las demás normas y lineamientos sobre la materia.
ARTÍCULO 5o. Los servidores públicos vinculados actualmente a la planta de personal del SENA en cargos de empleados públicos permanentes y temporales dél nivel Instructor no son objeto de aplicación de equivalencia en virtud del Decreto 1433 de 2017, pero se les pagará la nueva asignación básica fijada para el respectivo grado por ese Decreto en su artículo 4o a partir de la fecha que entró en vigencia.
ARTÍCULO 6o. La presente Resolución rige a partir del día siguiente al de su comunicación.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogota D.C. el 30 de Agosto de 2017
MARIA ANDREA NIETO ROMERO
Directora General