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RESOLUCION 1753 DE 2020

(diciembre 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se suprime el Grupo Interno de Trabajo denominado “Normalización de Cartera”, se adicionan funciones al grupo de Recaudo y cartera de la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General del SENA y se dictan otras disposiciones

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, numerales 4 y 23 del artículo 4 y artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia consagra: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. // Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, le atribuyó al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que en el artículo 15 del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, se establecen las funciones de la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que mediante el Decreto 250 de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el Decreto 2489 de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece:

“Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.

Que el artículo 1o de la Resolución 0122 del 06 de febrero de 2012, crea el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Grupo de Normalización de Cartera”, adscrito a la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas de la Dirección General del servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que mediante Resolución 1087 del 11 de julio de 2013, “se adscribe el Grupo interno de trabajo permanente denominado “Normalización de Cartera” a la Dirección Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA”.

Que el artículo 3o de la Resolución 1871 del 1 de noviembre de 2013, modifica la conformación del Grupo interno de Trabajo denominado "Grupo de Normalización de Cartera".

Que las funciones asignadas al Grupo de Normalización de Cartera son afines y complementarias a las del grupo de Recaudo y Cartera y por ende pueden ser desarrolladas por los funcionarios que lo conforman.

Que, por lo anterior, no se hace necesaria la continuidad de este grupo interno de trabajo, y se hace procedente fusionar con el Grupo de Recaudo y Cartera, reasignando las funciones respectivas.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Suprimir el Grupo Interno de Trabajo permanente denominado “Normalización de Cartera”, creado mediante Resolución 0122 del 06 de febrero de 2012, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA, mediante Resolución 1087 del 11 de julio de 2013.

ARTÍCULO 2o. Adicionar al Grupo Interno de Trabajo denominado “Recaudo y Cartera” las funciones previstas en el artículo 2o de la Resolución 0122 del 6 de febrero de 2012, al artículo cuarto de la Resolución 1670 del 21 de julio de 2004.

ARTÍCULO 3o. Esta Resolución queda en firme a partir de su expedición, deroga los artículos 1o y 3o de la Resolución 0122 del 6 de febrero de 2012. Deroga la Resolución 1087 del 11 de julio de 2013. Deroga los artículos 3o, 5o y 6o de la Resolución 1871 del 01 de noviembre de 2013.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA
DIRECTOR GENERAL

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_1753_2020.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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