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RESOLUCIÓN 2762 DE 2010
(septiembre 22)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se suprime el Grupo de Apoyo Administrativo del Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera) y se modifican la conformación del Grupo de Apoyo Administrativo mixto de la Regional Cundinamarca
EL DIRECTOR GENERAL ( E ) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 4 y 6 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y los artículos 25 y 31 del mismo Decreto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 prevé que con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismos <sic> o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo.
Que por disposición de los numerales 3o y 4o del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, al Director General de la Entidad le corresponde dirigir, coordinar y controlar la política de administración de personal, dictar los actos administrativos necesarios para la gestión institucional.
Que el numeral 23 del artículo 4 y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004, atribuyeron al Director General la función de crear comités, grupos internos de trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que la Resolución No. 0442 del 29 de marzo de 2005, por la cual se crearon los Grupos de Apoyo Administrativo en los Centros de Formación Profesional y Grupos de Atención en subsedes de Centro, determinó la conformación y funciones de estos.Grupos y se dictaron otras disposiciones.
Que a través de la Resolución No. 0722 del 4 de mayo de 2005, se modificó el numeral 2 del parágrafo primero del artículo segundo en lo que se refiere a los Grupos de Apoyo Administrativo entre otros para la Regional Cundinamarca, el grupo mixto compuesto por el Despacho de la Regional, el Centro Multisectorial del Nor-oriente de Cundinamarca y Centro Multisectorial de Mosquera.
Que mediante la Resolución No. 0193 del 30 de enero de 2008, se modificaron parcialmente las Resoluciones Nos. 442 y 722 de 2005 para segregar del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de la Regional Cundinamarca el Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera) y se determinó que este Centro tuviera su propio Grupo de Apoyo Administrativo.
Que la Resolución 0521 del 26 de marzo de 2007 y la No. 2428 del 2008 modificaron el nombre de los centros de formación profesional, entre ellos los de la Regional Cundinamarca.
Que mediante la Resolución No. 0932 del 10 de marzo de 2010, se modificó parcialmente las Resoluciones No. 442 de 2005, No. 722 de 2005 y No. 193 de 2008, para segregar del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de la Regional Cundinamarca el Centro de Desarrollo Agro-empresarial (chía) y se determinó que este Centro tuviera su propio Grupo de Apoyo Administrativo.
Que el Director del SENA Regional Cundimarca <sic> mediante correo electrónico del 16 de septiembre de 2010 solicitó que el Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera) sea adscrito nuevamente al Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de la Regional Cundinamarca.
En mérito de lo expuesto, este despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 1651 de 2012. Ver modificaciones directamente en la Resolución 442 de 2005> Modificar el numeral 2) del Parágrafo Primero del Artículo Segundo de la Resolución No. 0442 del 29 de marzo de 2005 en lo que se refiere al Grupo de Apoyo Administrativo Mixto de la Regional Cundinamarca, el cual quedará así:
Regional | Grupo de Apoyo Administrativo |
Cundinamarca | Mixto: Despacho Regional, Centro Industrial y Desarrollo Empresarial de Soacha y Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera) |
ARTÍCULO 2o. Como la modificación ordenada en el artículo anterior, implica la supresión del grupo administrativo del Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera), el Director de la Regional Cundinamarca y el Subdirector de ese Centro definirán de común acuerdo el personal del Centro, que pasa a conformar el Grupo de Apoyo Administrativo Mixto, teniendo en cuenta además que las labores de confianza como presupuesto, contabilidad, tesorería, nómina, compras y almacenes deben ser asignadas a servidores públicos de planta de personal.
El Director de la Regional Cundinamarca y el Subdirector del Centro de Biotecnología Agropecuaria (Mosquera) deberán informar a la Secretaría General, a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la comunicación de la presente Resolución, la recomposición del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente las Resoluciones No. 0442 de 2005, No. 0722 de 2005, No 0193 del 30 de enero de 2008 y la Resolución No. 0932 del 10 de marzo de 2010.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., 22 SEP 2010
ORBIDIO VELANDIA NIÑO
Director General (E)