Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
RESOLUCIÓN 3152 DE 2009
(octubre 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
"Por la cual se adoptan los lineamientos para operar el Programa de Integración con la Educación Media en el SENA"
EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 4o numeral 13 de la Ley 119 de 1994 y el numeral 4o del artículo 4o Decreto 249 de 2004 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 119 de 1994 señala en su artículo 4 que es función del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, “13. Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.”
Que el artículo 12 del Decreto 249 de 2004 señala las funciones de la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, entre las cueles se encuentra la de “1. Dirigir la implementación en el país del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo y proponer las políticas para la ejecución de los proceso de Normalización, Evaluación y Certificación, Reconocimiento y Articulación de programas de formación, que de él se derivan para el desarrollo del talento humano, su empleabilidad y el aprendizaje permanente.”
Que el Artículo 32 de la Ley 115 de 1994 establece que: "La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior (...) Parágrafo.- Para la creación de instituciones de educación media técnica o para la incorporación de otras y para la oferta de programas, se deberá tener una infraestructura adecuada, el personal docente especializado y establecer una coordinación con el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA u otras instituciones de capacitación laboral o del sector productivo.”
Que se hace necesario adoptar los lineamientos para operar el Programa de Integración con la Educación Media en las respectivas Regionales y Centros de Formación Profesional del SENA.
Que conforme a lo expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar los Lineamientos del Programa de Integración con la Educación Media desarrollados por la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, cuyo documento anexo a la presente resolución forman parte integral de la misma.
ARTÍCULO 2o. La Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA, realizaras las acciones pertinentes para la divulgación y actualización de las políticas y lineamientos del programa de Integración con la Educación Media.
ARTÍCULO 3o. Comunicar y enviar copia de la presente Resolución a la Directora del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, Directores Regionales y Subdirectores de Centro, para su conocimiento y aplicación.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su firma y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE:
Dada en Bogotá, D.C., 30 OCT 2009
JUAN BAYONA FERREIRA
Director General (E)
NUEVOS LINEAMIENTOS
PROGRAMA DE INTEGRACIÓN CON
LA EDUCACIÓN MEDIA
VERSIÓN 2
Control del Documento
Nombre | Cargo | Dependencia | Fecha | |
Autores | Maritza Hidalgo Aníbal | Directora | Sistema Nacional de Formación para el Trabajo | Octubre de 2009 |
Doris C. Galindo Álvarez | Asesora (Coordinadora Programa) | Sistema Nacional de Formación para el Trabajo | Octubre de 2009 | |
Aprobación | Maritza Hidalgo Aníbal | Directora | Sistema Nacional de Formación para el Trabajo | Octubre de 2009 |
Versión No. | Fecha de Aprobación | Descripción de los Cambios | Solicitó | |
2 | Octubre de 2009 | |||
1. POLÍTICAS DEL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN CON LA EDUCACIÓN MEDIA
- Es un programa concertado entre el Ministerio de Educación Nacional y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA
- Inicia desde el grado noveno, a través del reforzamiento de las competencias básicas para afinar las competencias comunes a las líneas tecnológicas (Gestión de la información, Cliente, Diseño, Herramientas y Materiales, Producción y Transformación): Comunicación, Tic, Emprendimiento y Formulación de Proyectos. Para tal fin, el Sena continuará capacitando a los docentes de los Institución Educativas, para que éstos refuercen dichas competencias.
- El MEN, las Secretarias de Educación y las instituciones educativas garantizarán computadores y conectividad para el reforzamiento de las competencias básicas.
- A más tardar en septiembre de cada año, los estudiantes que van a pasar a grado 10, definirán con la Institución Educativa y el Sena los programas de formación pertinentes en los cuales iniciarán su formación como Técnicos.(1)
- Una vez los estudiantes de la Institución educativa se gradúen como Técnicos del SENA, se reconocerán las competencias desarrolladas en su proceso formativo para efectos de su continuidad en un programa de Tecnólogo.
- Los estudiantes matriculados en el SENA, constituirán el semillero de los futuros aprendices del SENA para continuar su formación como tecnólogos, una vez obtengan su grado como bachilleres, siempre y cuando la especialidad esté contemplada en las convocatorias que realiza el SENA periódicamente, o a través de convocatoria cerrada, previa solicitud del colegio integrado.
- Todo programa en integración con la media, deberá responder a las necesidades de la Región.
- Existirá un catálogo específico de programas del SENA a ejecutar en el marco del programa de integración con la media de Nivel Técnico, y para cadena de formación en nivel Tecnólogo, el cual será puesto a disposición por parte de la Dirección de Formación Profesional del SENA.
- Las horas de las áreas vocacionales de grado 10 y 11 podrán ser utilizadas para que tanto los instructores del Sena, como los docentes de las Instituciones Educativas ejecuten la formación con los estudiantes de la Institución educativa. Adicionalmente las Instituciones Educativas concertarán con el SENA la utilización de horarios en contra-jornada por parte de los estudiantes para realizar el proceso formativo.
- Se fortalecerá la integración en Instituciones agropecuarias, con programas de nivel técnico y con el enfoque de formación por proyectos que conduzca al montaje de unidades productivas de los estudiantes, con la metodología del programa actual de Jóvenes Rurales Emprendedores.
- El SENA reforzará el número de monitores para que intervengan en el proceso de aprendizaje de los estudiantes del programa de integración con la educación media.
- Los Centros de formación en coordinación con el Director Regional, implementarán rotaciones de los estudiantes de las Instituciones Educativas integrados en los ambientes de formación del SENA.
- El Sena a través de los Centros de Formación y la Institución Educativa integrada, aplicará los lineamientos establecidos para el desarrollo de la etapa práctica de los programas de Formación y procurará acuerdos con los empresarios de la región.
2. MARCO JURÍDICO
Las normas que soportan el Programa de Integración con la Educación Media son:
- Ley 119 de 1994, artículo 3o, y numeral 13 del artículo 4o.
- Ley 115 de 1994, parágrafo del artículo 32.
- Decreto 249 de 2004.
- Plan Estratégico del SENA 2007 - 2010
- Plan Decenal de Educación.
- Plan Nacional de Desarrollo 2007 - 2010
3. CÓMO EJECUTAR LAS POLÍTICAS
- GRADO 9o
ACTIVIDAD | SENA | MEN (Colegio) |
Reforzar competencias básicas | X | |
Diseñar y desarrollar proceso de formación virtual para docentes de Instituciones Educativas (Cursos: Estrategias pedagógicas para la formación profesional (80 horas) y Estrategias para la orientación de procesos de formación en ambientes virtuales de aprendizaje (80 horas)). | X (Dirección de Formación Profesional) |
- GRADO 10 Y 11
ACTIVIDAD | SENA | MEN (Colegio) |
Definir el catálogo de programas para integración con la media | X (Dirección Formación Profesional) | |
Matricular los niños para el desarrollo de competencias específicas haciendo uso de las horas de áreas vocacionales y la JORNADA CONTRARIA Y SABATINAS | X (Centro de Formación) | |
Desarrollar las competencias especificas del programa de formación haciendo uso de las horas de áreas vocacionales y la JORNADA CONTRARIA Y SABATINAS | X (Centro de Formación) | X |
Emitir certificación del programa integrado | X (Centro de Formación) |
4. ORIENTACIONES PARA EL PROCESO DE TRANSICIóN A LAS NUEVAS POLÍTICAS
- No habrá integración con la media en formación complementaria. Considerando los calendarios escolares A y B, al 1 de marzo de 2010, todos los cursos de formación complementaria que se estén ejecutando, deben estar registrados y terminados en el aplicativo. La responsabilidad de esta actividad es del Subdirector de Centro.
- Toda la matrícula del programa de integración con la educación media, que se haga a partir del 1 de enero de 2010, debe ser en el nivel TÉCNICO.
- Todos los programas de formación titulada, diferentes a Técnico que pasan al 2010, deben terminar durante la vigencia 2010.
NOTA AL FINAL:
1. Para iniciar el 2010, la concertación entre el SENA y la Institución educativa, para seleccionar el programa a integrar debe hacerse, a más tardar el 26 de noviembre de 2009