Buscar search
Índice developer_guide

CIRCULAR 12 DE 2013

(marzo 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PARA DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE LOS CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL, COORDINADORES MISIONALES, LÍDERES DE LOS CENTROS DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO, LÍDERES DE LAS UNIDADES DE EMPRENDIMIENTO Y PROFESIONALES DESIGNADOS PARA LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA.
ASUNTOLineamientos para la atención de la población víctima de la violencia vigencia 2013.

En el marco del Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014 "Prosperidad para todos" a través de sus tres objetivos principales: Más empleo, menos pobreza y más seguridad, el SENA definió el Plan Estratégico SENA 2011 - 2014 con visión 2020, cuyo objetivo principal es: aportar a la competitividad de Colombia a través del incremento de la productividad de las empresas y regiones y la inclusión social de personas y comunidades vulnerables, mediante la transferencia de conocimientos y tecnologías.

De esta forma se hace necesario armonizar los procesos y programas desde el nivel nacional, regional y local, en concordancia con los retos sociales, beneficiando a la población víctima de la violencia, en aras de favorecer su inclusión social en condiciones de igualdad de oportunidades mediante acciones regulares de los centros de formación.

Para tal fin, en el Plan Operativo Institucional SENA 2013, se establece que son los Centros del Servicio Público de Empleo, los Centros de Formación Profesional y las Unidades de Emprendimiento, las instancias gestoras de los procesos de atención integral a esta población, procurando cada vez un mayor impacto en la superación del Estado de Cosas Inconstitucional y la generación de oportunidades de empleabilidad.

Por lo anterior, los Directores Regionales y los Subdirectores de los Centros de Formación deben brindar una atención oportuna y de impacto garantizando que los recursos asignados para la atención de la Población Víctima de la Violencia sean ejecutados en su totalidad, de tal manera que incidan en su restablecimiento socioeconómico.

Es importante resaltar que con la expedición de la Ley 1448 de 2011, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, el desplazamiento por la violencia se constituye en uno de los Hechos Victimizantes; el cual aparece caracterizado en el Registro Único de Víctimas (RUV) como desplazados por la violencia.

QUIENES SON CONSIDERADOS VICTIMAS

Artículo 3o de la Ley 1448 de 2011. "Se consideran víctimas, para los efectos de esta Ley aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos del 1 de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno".

- HECHOS VÍCTIMIZANTES INCLUIDOS EN LA LEY DE VÍCTIMAS.

- Desplazados por la Violencia

- Minas antipersonal, Munición sin explotar y artefacto explosivo improvisado.

- Amenaza

- Delitos contra la libertad y la integridad sexual en desarrollo del conflicto armado.

- Desaparición forzada

- Homicidio/ Masacre

- Secuestro

- Tortura

- Vinculación de niños, niñas y adolescentes con actividades relacionadas con gruposarmados.

- Abandono o despojo forzado de tierras.

- Actos terroristas / Atentados /Combates / Enfrentamientos/Hostigamientos

- Herido

- Reclutamiento Forzado

A partir del presente año, estos hechos Victimizantes están caracterizados en el aplicativo Sofía Plus.

- CÓMO IDENTIFICAR A LAS VÍCTIMAS.

La Red Nacional de Información de la Unidad de Víctimas entrega a las Entidades que conformamos el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas, un CD que contiene la base de datos del Registro Único de Víctimas, caracterizando cada uno de los hechos victimizantes entre ellos los Desplazados por la Violencia. Por lo anterior y teniendo en cuenta que las metas establecidas en el POA 2013, corresponden a la atención de la población desplazada por la violencia, la verificación de ésta caracterización debe realizase permanentemente con el fin de garantizar que las personas reportadas en los diferentes aplicativos de información (Servicio Público de Empleo, Sofía Plus y Aplicativo de Emprendimiento), se encuentren incluidas en la base de datos del Registro Único de Víctimas (RUV) como desplazados por la violencia.

Nota. El sistema Sofía Plus identificará de forma inmediata en el momento de la inscripción, si el documento digitado corresponde a una persona que está incluida en la base de datos, ya que para el cumplimiento de las metas solamente se contabilizaran los documentos que crucen con dicha base.

OPERATIVIDAD PARA LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA.

Los Coordinadores Misionales y el líder del Servicio Público de Empleo en articulación con el equipo conformado por el líder de población vulnerable, orientadores ocupacionales y gestores de emprendimiento son los responsables de desarrollar estrategias y acciones que permitan el cumplimiento de las metas establecidas para dicha población. A continuación se presenta la ruta de atención.

RUTA DE ATENCION POBLACIÓN VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA

- FOCALIZACIÓN DE LA POBLACIÓN

El trabajo articulado con las entidades conformantes del Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas SNARIV, permitirá una focalización pertinente de la población, lo cual garantiza una atención integral a este colectivo poblacional. Para lo cual los orientadores de población desplazada deben hacer presencia en los Centros Regionales de Atención y Reparación, (CRAR) antes Unidades de Atención y Orientación (UAO) y en los sitios de asentamiento de dicha población.

- ORIENTACIÓN OCUPACIONAL.

Continuar con la implementación del taller de orientación ocupacional con enfoque diferencial, enviado mediante circular No. 3-2012-000331 de 9 de marzo de 2012, el cual se construyó atendiendo lo estipulado en el Articulo 96 del Decreto Reglamentario 4800 de 2011; donde se establece que "el SENA deberá implementar una ruta de atención y orientación con enfoque diferencial para laidentificación de capacidades, habilidades y aptitudes de la población víctima que facilite su proceso de formación y capacitación"

Responsables:

Orientadores Ocupacionales de población Desplazada, bajo la Coordinación del Líder del Servicio Público de Empleo.

Espacios de Interlocución.

Servicio Público de Empleo, Centros Regionales de Atención y Reparación, Organizaciones de población desplazada, Organizaciones no Gubernamentales, Jornadas interinstitucionales, ferias entre otros

Indicadores.

Número de personas Orientadas

Número de personas remitidas a cada uno de los componentes de los procesos estipulados en la ruta de atención.

Medio de verificación:

Aplicativo del Servicio Público de Empleo.

Resultado de la Gestión:

Remisión y acceso a la oferta Institucional por parte de la población orientada.

- FORMACIÓN PARA EL TRABAJO

Las acciones de formación a brindar a la población víctima de la violencia deben programarse de acuerdo con las necesidades, habilidades, competencias y destrezas identificadas en los talleres de orientación ocupacional, la dinámica del mercado laboral, la demanda social y en el resultado de los procesos de concertación que se realizan con los líderes de la población.

Espacios de concertación:

Comités Departamentales, Municipales y Locales.

Organizaciones de base

Asentamientos de la Población Víctima de la violencia

Mesas de Trabajo Interinstitucionales

Centros Regionales de Atención y Reparación, entre otros.

Después de la participación en alguno de estos espacios se buscará un acercamiento con los líderes de las organizaciones de población víctima, con el fin de adelantar la concertación de acciones. Igualmente se tendrán en cuenta las solicitudes presentadas por las entidades públicas y privadas, organizaciones y/o población víctima del desplazamiento por la violencia.

- ACCESO PREFERENCIAL A LA FORMACIÓN TITULADA

El SENA para dar cumplimiento al artículo 130 de la Ley de Victimas 1448 de 2011, el cual establece que "el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA dará prioridad y facilidad para el acceso de jóvenes y adultos víctimas a los programas de formación y capacitación técnica...", a través de la Dirección General, determinó mediante la circular No. 3-2012-000138 del 29 de marzo de 2012, los lineamientos para dar un acceso preferencial a la población caracterizada como víctima, destinando hasta un 20% de TODA LA OFERTA EDUCATIVA de formación titulada.

(Se recomienda tener en cuenta La Resolución No. 01945 del 2012).

Ver Anexo 2(Formato único de Registro de Oferta Titulada del 20%)

- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA:

A través de la resolución de apertura número 001 de 2013, se asignaron recursos a los centros de formación profesional para la contratación de instructores y compra de materiales de formación; en el caso de la población víctima se les debe brindar como mínimo 90 horas.

Nota. Ningún proceso formativo debe desarrollarse sin los materiales de formación correspondientes. Así mismo y atendiendo a las observaciones de la Contraloría General de la República, es importante enfatizar que con los recursos de población desplazada no se deben financiar eventos.

Responsables:

Subdirectores de Centro, Coordinadores Misionales, Coordinadores Académicos, líder de población vulnerable en. las regionales donde aplique, Instructores y orientadores ocupacionales de pobláción.víctima

Indicador:

Aprendices con procesos de formación titulada y complementaria. Número de concertaciones realizadas

Medios de Verificación

Aplicativo Sofía Plus.

Formato diligenciado de concertación y las evidencias respectivas; entre ellas actas de reuniones que incluya el listado de participantes, registro fotográfico, videos.

Fecha de envío de los formatos de concertación y de las evidencias.

Con el fin de monitorear, y retroalimentar la gestión a desarrollar para la atención de la población se hace necesario que dichos formatos sean enviados en las siguientes fechas

30 de Abril

30 de Agosto

5 de diciembre

Resultado de la gestión.

Incrementar el número de aprendices en los programas de formación titulada.

Minimizar el riesgo de deserción por parte de población de los procesos formativos.

Calificación de Perfiles laborales para mejorar su empleabilidad.

- EMPRENDIMIENTO.

Continuando con la cadena de valor formativa, los gestores de emprendimiento brindarán asesorías para la identificación de ideas productivas y la formulación de Planes de Negocios. Promoviendo la creación y/o fortalecimiento de unidades productivas.

Responsables.

Líderes de las unidades de emprendimiento con el apoyo de los Gestores de Emprendimiento de Población Desplazada.

Espacios de atención.

Unidades de emprendimiento Salas EmpréndeT

Indicador

Planes de Negocio Formulados

Unidades Productivas implementadas

Medios de Verificación.

Aplicativo de Emprendimiento

El reporte arrojado por el aplicativo de emprendimiento debe contener las siguientes variables:

- Nombres y apellidos completos de los emprendedores.

- Tipo y número de documento de identidad de todas las personas desplazadas, que hacen parte de la formulación de los planes de negocios y la creación de las unidades productivas.

- Nombre del plan de negocio o de la unidad productiva

- Tipo de sector al que pertenece.

- Objeto especifico del plan o unidad

- Presupuesto requerido

- Nombre, apellidos e identificación del gestor que realiza el acompañamiento.

Nota: Se entrega al líder de la unidad de emprendimiento la base de datos que contiene el Registro Único de Víctimas, con el fin de verificar su caracterización de desplazado por la violencia. Por lo anterior para el cumplimiento de la meta establecida solamente se contabilizarán aquellas personas que se encuentren caracterizadas como desplazados por la violencia en la base de datos del Registro Único de Víctimas.

Resultado

Contribuir a la generacion de alternativas de auto sostenimiento y/o restablecimiento socioeconomico de la poblacion desplazada por la violencia.

FONDO EMPRENDER

Para dar cumplimiento a lo contemplado en el Decreto Reglamentario 4800 de 2011, en sus articulos 68 - 96 y consolidar la cadena de valor de formacion para la generacion de ingresos (empleo y/o emprendimiento), la entodad modifico a travez del Acuerdo 007 de 2011, los requisitos para acceder al Fondo Emprender, cuyo objeto es incentivar y facilitar la generacion y creacion de empresas a travez de convocatorias otorgando capital semilla a los proyectos aprovados.

Responsables

Lideres de las unidades de emprendimiento, con el apoyo de los gestiores regionales

Espacios de atencion

Unidades de emprendimiento

Salas de EmprendeT

Indicador

10 Jornadas de sensibilizacion

50 Empresas creadas por mpoblacion victima de la violencia

Medios de Verificacion

Aplicativo de emprendimiento

Nota: se entrega al lider de la unidad de emprendimiento la base de datos que contiene el Registro Unico de Victimas, con el fin de verificar su caracterizacion, Por lo anteriorpara el cumplimiento de esta meta solamente se contabilizaran aquellas personas que se encuentren incluidas en dicha base.

Resultado:

Generacion de empleo y autoempleo que permite a la poblacion mejorar su calidad de vida y la de su nucleo familiar.

Nota: Para motivae la participacion en las convocatoria del Fondo Emprender, los gestores de emprendimiento deben divulgar ampliamente dichas convocatorias y articularse con la Unidad Territorial de Victimas del Departamento para la Prosperidad Social y las entidades pertenecientes al Sistema Nacional de Atencion y Reparacion Integral a las Victimas, con el fin de garantizar el cumplimiento de la meta establecida.

EJECUCION DE LOS RECURSOS

Proyecto Bpin. Capacitacion para personas en situacion de desplazamiento para mejorar sus niveles de empleabilidad a nivel Nacional.

Recursos Vigencia 2013

$ 32.438.000.000

Rubros Contemplados

Apoyo a la formacion

Contratacion de instructores

Materiales de formacion

Gastos de viaje al interior

Servicios personales indirectos

Contratacion de lideres, orientadores y gestores de emprendimiento

MODIFICACIONES PRESUPUESTALES. De acuerdo con lo estableciso en el articulo 6o de la Resolucion de aperetura, toda solicitud o modificacion presupuestal a los recursos de este proyecto debe contar con la previa autorizacion de la Direccion de Empleo y Trabajo.

Ver anexo No. 5(formato Unico de Modificacion Presupuestal)

SEGUIMIENTO Y MEJORAMIENTO

Se realizara mensualmente requerimiento a los indicadores de producto y trimestralmente a los indicadores de gestion establecidos para la atencion de la poblacion victima del desplazamiento por la violencia, a travez de diferentes estrategias como reporte arrojado por los aplicativos, visitas regionales, video llamadas, videoconferencia, memorandos, correos electronicos.

Responsables

Maraia Paz Valencia Olarte. Lider Nacional de Atencion a Victimas mpvalencia@sena.edu.co

Iris Ivette Valencia Holguin. Asesora ivalencia@sena.edu.co

Magda Azohitza Hernandez. Asesora mazohitza@sena.edu.co

Jeisson Rozo Arcia. jrozoa@sena.edu.co

Medios de Verificacion

Aplicativo del Servicio Publico de Empleo

Aplicativo Sofia Plus

Aplicativo de Emprendimiento

Formato de concentracion y las evidencias respectivas

Formato registro único acceso preferencial formación titulada 20%.

Formato Modificaciones presupuestales.

Resultado de le gestión.

Cumplimiento del 100% de las metas.

Ejecución oportuna, total y eficiente de los recursos asignados.

Empoderamiento por parte de las regionales del programa.

Inclusión social de la población

Con fundamento en lo anterior, se reitera que del compromiso permanente de todos, depende el éxito en la gestión que se adelanta para la atención de la población víctima de la violencia, que ve en esta institución una nueva oportunidad de vida.

Es importante resaltar que estos lineamientos fueron socializados en la videoconferencia realizada el día 20 de febrero del 2013.

Cualquier inquietud con gusto sera atendida por el equipo de victimas

CIEBEL URICIO BETANCURT CAÑOLA

Director de Empleo y Trabajo

Logo de Avance Jurídico
Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
Servicio Nacional de Aprendizaje SENA - DRA © 2018 a 2024
×
Volver arriba