CIRCULAR 84 DE 2021
(mayo 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
| PARA: | DIRECTORES (AS) REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACION CON FUNCIONES DE DIRECTOR REGIONAL, COORDINADORES GRUPO APOYO MIXTO, DIRECTORES DE ÁREA, SECRETARIA GENERAL, JEFES DE OFICINA, APODERADOS EXTERNOS DE DEFENSA JUDICIAL Y SUPERVISORES DE CONTRATO. |
| ASUNTO: | Alcance Circular No.3-2021-000062 del 16 de abril de 2021. |
En atención a la Circular No.3-2021-000062 del 16 de abril de 2021, se procede a realizar un alcance, en el sentido de señalar que, los directores de las regionales además de implementar todos lineamientos dados en la circular ya mencionada, también deberán realizar todas las gestiones correspondientes al momento de realizar la radicación de los requerimientos en materia judicial, destacando que los mismos deben ser radicados de manera paralela en la ventanilla de correspondencia de su respectiva regional, con copia al correo judicialdirecciong@sena.edu.co, con el fin de realizar un seguimiento por parte de la Dirección General, del Radicado y NIS por cada solicitud judicial.
La gestión anterior, refiere a que una vez la regional reciba en su buzón de notificaciones judiciales, actuaciones, notificaciones y comunicados de los despachos judiciales o cualquier otra entidad; debe trasladar el requerimiento a la oficina de correspondencia de la regional, solicitando radicar el correo, para que se le asigne un radicado y NIS conforme a los postulados de manejo de correspondencia física y electrónica del SENA, indicando además, que se copie al correo judicialdirecciong@sena.edu.co del Grupo de Procesos Judiciales de la Dirección Jurídica para el respectivo control y seguimiento.
Teniendo en cuenta que cada regional ya realizó la creación de los correos electrónicos a los cuales deberán llegar las notificaciones judiciales, es prioritario que cada una realice un comunicado con destino a todos los despachos judiciales, tales como: juzgados civiles municipales, circuito, familia, promiscuos, administrativos, penales, tribunales superiores y administrativos, fiscalía general de la nación, ministerio público y todas aquellas que consideren pertinentes, informando lo ya descrito en la Circular No.3-2021- 000062 del 16 de abril de 2021.
Finalmente es importante señalar que una vez se reciba la presente circular, los Directores Regionales cuentan con un (1) día hábil, para realizar la divulgación de la solicitud.
Cordialmente,
ÓSCAR JULIAN CASTAÑO BARRETO
Director Jurídico
VERÓNICA PONCE VALLEJO
Secretaria General - Dirección General
Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0084_2021.pdf>