CIRCULAR 88 DE 2026
(abril 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
1-6060
Bogotá D.C.
| Para: | Directores Regionales y Subdirectores De Centro |
| Asunto: | Lineamientos para la asignación de cupos de contratos de aprendizaje para hijos o hermanos de trabajadores oficiales del SENA -Vigencia 2026 |
Cordial saludo,
En cumplimiento de lo dispuesto en la Convención Colectiva del Sindicato de Trabajadores Oficiales del SENA, específicamente en su "Artículo 69 - Contratación de Aprendices", la Dirección de Formación Profesional establece los lineamientos para la asignación de cupos de contratos de aprendizaje dirigidos a hijos o hermanos de trabajadores oficiales de la Entidad, con el propósito de garantizar su adecuada administración, transparencia en el proceso y aplicación homogénea a nivel nacional.
I. Distribución de cupos de contratos de aprendizaje:
A continuación, se detalla la distribución de trabajadores oficiales y los cupos de contratos de aprendizaje asignados por regional para la vigencia 2026:
| REGIONAL | NUMERO DE TRABAJADORES OFICIALES | CUPOS DE CONTRATO DE APRENDIZAJE |
| AMAZONAS | 1 | 4 |
| ANTIOQUIA | 74 | 10 |
| ARAUCA | 1 | 4 |
| ATLÁNTICO | 46 | 5 |
| BOLÍVAR | 11 | 4 |
| BOYACÁ | 18 | 4 |
| CALDAS | 13 | 4 |
| CAQUETÁ | 3 | 4 |
| CASANARE | 2 | 4 |
| CAUCA | 14 | 4 |
| CESAR | 6 | 4 |
| CHOCÓ | 1 | 4 |
| CORDOBA | 16 | 4 |
| CUNDINAMARCA | 34 | 4 |
| DIRECCIÓN GENERAL | 8 | 5 |
| DISTRITO CAPITAL | 161 | 15 |
| GUAJIRA | 16 | 4 |
| HUILA | 10 | 4 |
| MAGDALENA | 19 | 4 |
| META | 17 | 4 |
| N. SANTANDER | 13 | 4 |
| NARIÑO | 12 | 4 |
| QUINDÍO | 18 | 4 |
| RISARALDA | 18 | 4 |
| SAN ANDRES | 3 | 4 |
| SANTANDER | 37 | 5 |
| SUCRE | 3 | 4 |
| TOLIMA | 21 | 4 |
| VALLE | 84 | 10 |
| TOTAL | 680 | 142 |
II. Procedimiento.
Para acceder a los contratos de aprendizaje, se deberá surtir el siguiente procedimiento:
1. Solicitud inicial
El trabajador oficial deberá radicar solicitud formal por escrito ante la Dirección Regional a la cual se encuentra adscrito, solicitando la asignación de un cupo de contrato de aprendizaje para su hijo o hermano.
La solicitud deberá contener como mínimo:
- Nombre completo e identificación del trabajador oficial.
- Nombre completo e identificación del aspirante.
- Programa de formación y grupo al que pertenece el aspirante.
2. Remisión y validación
El Director Regional remitirá la solicitud a la Dirección de Formación Profesional para la verificación de la siguiente información:
- La calidad de trabajador oficial del solicitante.
- El estado de formación del aspirante.
Para las Regionales de Distrito Capital, Valle del Cauca, Antioquia, Atlántico y Santander, se deberá adjuntar adicionalmente un acta que evidencie la validación conjunta del Director Regional y del representante sindical.
3. Verificación del cupo
La Dirección de Formación Profesional verificará la disponibilidad de cupos.
- En caso de no aprobación, se comunicará la decisión a la Regional, con copia al trabajador oficial.
- En caso de aprobación, la solicitud será remitida a la Secretaría General para continuar con el trámite correspondiente.
4. Información sobre el inicio del proceso contractual
La Secretaría General informará por escrito a la Dirección Regional y al trabajador oficial el inicio del proceso de suscripción del contrato de aprendizaje, el cual se hará conforme al artículo 21 de la Ley 2466 de 2025[1].
Es importante precisar que el cupo asignado será descontado de la regional a la cual pertenece el trabajador oficial, independientemente de la regional donde se encuentre matriculado el aprendiz.
Se solicita a las Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro dar estricto cumplimiento a los lineamientos aquí establecidos, garantizando la adecuada gestión y oportunidad en la asignación de los cupos de contratos de aprendizaje.
Saludo Fraterno,
HELMAN CASTAÑEDA CASTAÑEDA
Director de Formación Profesional (E) Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA
1. "Por medio de la cual se modifica parcialmente normas laborales y se adopta una Reforma Laboral para el trabajo decente y digno en Colombia".