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CIRCULAR 101 DE 2026

(abril 30)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

1-2020

Bogotá D.C.

Para: Directores Regionales, Coordinadores de Grupo del Servicio Médico Asistencial, Coordinadores de Grupo de Talento Humano, Coordinadores de Grupo de Apoyo Administrativo Mixto y demás Personal del Servicio Médico Asistencial SENA a Nivel Nacional
Asunto: Socialización e implementación de la "GUÍA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES EN PROMOCIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA SALUD PARA BENEFICIARIOS DEL SERVICIO MÉDICO ASISTENCIAL SENA - SMA VIGENCIA 2026".

Cordial saludo,

La Secretaría General, en cumplimiento de lo establecido en el Capítulo 8, punto 8.9 del Acuerdo Colectivo 2024-2026 adoptado mediante la Resolución 1-03457 de 2024, y con el fin de dar continuidad a las condiciones saludables y la cultura de promoción y mantenimiento de la salud de los beneficiarios del Servicio Médico Asistencial (SMA) - SENA, imparte los lineamientos para la implementación de las actividades definidas en el documento adjunto "Guía para la implementación de actividades en promoción y mantenimiento de la salud para beneficiarios del Servicio Médico Asistencial SENA - SMA Vigencia 2026", que incluye en su atención el componente de sensibilización y ruta de salud mental.

1. Consideraciones:

Que mediante la Resolución 1-03457 de 2024 se adoptó el Acuerdo Colectivo 2024-2026 suscrito entre el SENA y las organizaciones sindicales, el cual en su Capítulo 8 - Servicio Médico Asistencial, punto 8.9, establece que dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la firma del acuerdo se emitirá el lineamiento para la implementación de estrategias y actividades correspondientes al programa de promoción y prevención, incluyendo la ruta de atención integral para el componente de salud mental, en el marco de las competencias, cobertura y atención de beneficiarios del Servicio Médico Asistencial (SMA).

Que en cumplimiento de lo anterior, se hace necesario socializar e implementar la "Guía para la implementación de actividades en promoción y mantenimiento de la salud para beneficiarios del Servicio Médico Asistencial SENA - SMA Vigencia 2026", la cual desarrolla los lineamientos técnicos, operativos y asistenciales para la ejecución de dichas estrategias.

Que, en concordancia con la Política de Atención Integral en Salud (PAIS) y el Modelo de Acción Integral Territorial (MAITE), adoptados mediante la Resolución 2626 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social, se establece la responsabilidad de los actores que desarrollan acciones en salud de implementar estrategias orientadas a la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, la gestión integral del riesgo y el seguimiento de las condiciones de salud de la población, en el marco de sus competencias.

2. Lineamientos para la implementación de la guía:

La "Guía para la implementación de actividades en promoción y mantenimiento de la salud para beneficiarios del Servicio Médico Asistencial SENA - SMA Vigencia 2026" establece los lineamientos para la continuidad y fortalecimiento de la atención asistencial en las regionales del Servicio Médico Asistencial.

Dichos lineamientos se desarrollan bajo un enfoque articulado e integral, ajustado a las condiciones de prestación de servicios, características de la demanda, capacidad instalada, talento humano y recursos tecnológicos disponibles en cada regional, con el fin de garantizar el cumplimiento de los resultados esperados en salud.

En este sentido, la implementación de la guía contribuye al fortalecimiento de estilos de vida saludables, promueve la participación activa de los beneficiarios en el autocuidado y consolida los procesos de promoción y mantenimiento de la salud, mediante el desarrollo de comportamientos orientados a la protección del bienestar individual y colectivo durante el curso de vida.

Así mismo, permite mejorar la adherencia a los tratamientos, facilitar la identificación oportuna de riesgos en salud y garantizar el seguimiento continuo de la población beneficiaria, a partir del análisis del perfil epidemiológico por grupo vital.

Para la implementación de las actividades de promoción de la salud y mantenimiento de la salud, se deberá dar aplicación a la normatividad vigente del SENA y a los lineamientos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social y demás autoridades competentes, conforme a la vigencia aplicable.

En este marco, se solicita la lectura, apropiación y aplicación del presente documento, con el fin de garantizar el cumplimiento de las actividades definidas, para lo cual se deberán desarrollar las siguientes estrategias:

1. Caracterización de beneficiarios por curso de vida (Primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, adultez y vejez)

2. Delimitación de actividades a implementar por grupo vital de acuerdo con los 4 componentes establecidos: Valoración integral, detección temprana, protección específica y educación para la salud.

3. Programación de actividades en promoción y mantenimiento de la salud a partir de la definición de cronogramas de inicio/ ejecución de los contratos correspondientes, para dar cumplimiento a las intervenciones.

4. Realizar seguimiento continuo a través de la presentación de informes trimestrales requeridos, donde se evidencian los avances y evaluación de programación de las actividades.

5. Participación en mesas de trabajo colaborativo, espacios dispuestos para la socialización de avances, formatos y presentación de resultados a partir de la información consolidada y expuesta por cada regional.

Agradecemos la atención y gestión oportuna para la implementación de los lineamientos aquí establecidos, reiterando la importancia de su cumplimiento en las Direcciones Regionales y dependencias del Servicio Médico Asistencial, como parte del fortalecimiento de la estrategia de promoción y mantenimiento de la salud y del mejoramiento continuo en la atención a la población beneficiaria.

Cordialmente,

MANUELA VALENTINA GARCÍA CANO

Secretaria General

Dirección General

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ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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