CIRCULAR 217 DE 2025
(octubre 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA1-2020
Bogotá D.C.
| Para: | Trabajadores Oficiales del SENA |
| Asunto: | Convocatoria para acceder a apoyos económicos continuidad y nuevos para Educación Formal para Trabajadores Oficiales - Primer semestre 2026 (sin convenio). |
En cumplimiento del Artículo 45 de la Convención Colectiva de Trabajo SENA- SINTRASENA 20032004, Acta de Interpretación de la Convención Colectiva de Trabajo del 3 de noviembre de 2016 y teniendo en cuenta las políticas internas de cada Institución de Educación Superior, así como las directrices contenidas en la presente circular, se informa que entre el veinte (20) y el veintinueve (29) de octubre de 2025, estará abierta la convocatoria dirigida a los Trabajadores Oficiales que aspiren a adelantar programas de educación formal con apoyos económicos con Instituciones de Educación Superior, sin convenios, para el primer semestre de 2026.
CONVOCATORIA SEMESTRAL: La Secretaría General por intermedio del Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano adelantará una convocatoria semestral para que los Trabajadores Oficiales del SENA puedan postularse a adelantar programas de pregrado y posgrado, para lo cual se les otorgará un apoyo cuyo monto se asignará dependiendo de los saldos disponibles del rubro presupuestal correspondiente. Las solicitudes que no cumplan la totalidad de los requisitos establecidos en la convocatoria serán rechazadas; situación que se informará a los interesados por escrito.
Esta convocatoria contempla dos tipos de apoyos:
- Nuevos: Dirigidos a trabajadores oficiales que por primera vez solicitan el beneficio para cursar un programa académico.
- Continuidad: Dirigidos a quienes ya han sido beneficiarios de este apoyo y continúan en el desarrollo de su programa académico.
Es importante destacar que, aun tratándose de apoyos en continuidad, los beneficiarios deberán presentar su solicitud dentro de las fechas establecidas, cumpliendo con todos los requisitos definidos en esta circular. La no presentación de la solicitud dentro de los plazos indicados puede dar lugar a la pérdida del beneficio.
1. REQUISITOS:
a) La adjudicación de becas[1] a los trabajadores oficiales se efectuará con recomendación del Comité Convencional y teniendo en cuenta las políticas internas de cada Institución de Educación Superior, así como las directrices de la Circular Convocatoria SENA dirigida a ese personal.
b) No deberán estar cursando más de un programa de pregrado, ni poseer título profesional cuando se pretenda obtener apoyo para optar por un programa de pregrado
c) No tener sanción disciplinaria vigente, ni haber sido sancionado disciplinariamente en el último año.
d) El programa académico apoyado deberá desarrollarse en horas no laborales y las excepciones serán autorizadas por el Coordinador del Grupo de Gestión de Talento Humano en la Dirección General o por el Coordinador del Grupo de Gestión de Talento Humano o de Apoyo Administrativo Mixto en las Regionales que desempeñen las funciones de Talento Humano, previo visto bueno del jefe inmediato.
e) El trabajador oficial beneficiado deberá desarrollar el programa académico aprobado en los tiempos programados por la Institución de Educación Superior. El SENA no reconocerá tiempos adicionales a los establecidos en la duración del programa académico, ni pasantías, seminarios o cualquier otro adicional para optar por el título que conlleva el estudio.
f) El apoyo será pagado directamente por el SENA a la institución de educación superior.
g) Con el fin de hacer efectiva la continuidad del apoyo, el trabajador oficial deberá mantener el promedio mínimo de aprobación exigido por la respectiva Institución de Educación Superior y no haber perdido asignaturas. En el caso de pérdida de materias, acorde al acta del comité convencional nacional No. 11 de fecha 20 de septiembre de 2024, si la universidad certifica que la materia perdida no le impide continuar con el siguiente semestre, se podrá dar trámite a la solicitud de pago del apoyo económico de educación formal a los trabajadores oficiales. Estas materias deben ser niveladas y el Sena no apoyará económicamente la nivelación de la materia perdida.
h) El SENA apoyará un único programa de formación en disciplina académica o profesión.
i) El apoyo no puede emplearse para conceptos distintos a la matrícula, tales como inscripción, seguros, carnetización, derechos de grado, tesis, cursos adicionales o complementarios, derechos especiales, etc.
j) La información suministrada por el trabajador oficial durante su participación en la convocatoria semestral debe ser completa y verídica, de comprobarse algún tipo de irregularidad o alteración, el SENA procederá a dar trámite a las demás acciones legales (penales, disciplinarias y fiscales) a las que hubiere lugar.
k) Los trabajadores oficiales que hayan sido beneficiados con un programa de pregrado por parte del SENA sólo podrán aspirar a un nuevo apoyo de posgrado, una vez transcurrido un (1) año contado a partir de la fecha de graduación del pregrado.
l) El beneficiario está obligado a concluir el programa de pregrado o posgrado para el cual solicitó el apoyo en la Convocatoria Nacional Apoyo Educación Formal Trabajadores Oficiales, en el tiempo establecido por la Institución de Educación Superior, salvo caso de fuerza mayor que debe ser justificada ante el SENA.
m) El beneficiario podrá perder el apoyo por alguna de las siguientes causales:
1. Pérdida del semestre
2. Cambio de programa académico.
3. Cambio de institución de Educación Superior.
4. Por no presentar oportunamente la solicitud de continuidad.
5. Por renuncia regularmente aceptada, suspensión del servicio por sanción disciplinaria sin perjuicio de inhabilidad impuesta por autoridad competente y las automáticas que ordena la Constitución Política y la Ley en Colombia al trabajador oficial.
n) En caso de configurarse alguna de las causales de pérdida del apoyo, el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano adelantará el procedimiento administrativo correspondiente, garantizando en todo momento el derecho al debido proceso por parte del beneficiario. Asimismo, se dará inicio al procedimiento para el cobro de los valores otorgados, conforme a la normatividad vigente.
o) El SENA no apoyará económicamente semestres de programas académicos ya cursados o que fueron objeto de apoyo por parte de la entidad, en caso de pérdida de estos.
p) El trabajador oficial beneficiado con el apoyo deberá suscribir un acta en la que asume el compromiso de cursar todo el semestre y se compromete a prestar sus servicios a la Entidad por un periodo de un (1) año contado a partir de la terminación de materias del último periodo académico apoyado.
2. PROCEDIMIENTO:
a) Inscripciones: Del 20 al 29 de octubre de 2025. Las solicitudes tanto de continuidad como nuevas deberán diligenciar el Formato EDUFORTO electrónico, a través del enlace https://forms.office.eom/r/mp51qDGdSS utilizando su correo con dominio sena.edu.co. Sin excepción, al formato anterior se le deberá anexar los documentos en un único archivo en PDF el original y/o copia del programa de la carrera a cursar expedido por la respectiva Institución de Educación Superior, donde se evidencien datos como nombre del programa, duración, tipo de periodos, número de periodos y valor de la inversión.
b) Revisión de Inscripciones: Del 4 al 7 de noviembre de 2025, la Dirección General, los directores regionales y los coordinadores de los Grupos de Gestión de Talento Humano o Grupos de Apoyo Administrativo Mixto con funciones de talento humano, cuando sea el caso, deberán analizar, y consolidar la totalidad de la documentación y la información.
c) Envío de Información Consolidada: El 10 de noviembre de 2025, El Coordinador del Grupo de Gestión de Talento Humano o de Apoyo Administrativo Mixto que desempeñen funciones de Talento Humano en las Regionales, remitirán en forma consolidada, al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaria General, los beneficiarios que cumplen los requisitos exigidos por la convocatoria, para lo cual emplearán el “Formato Único de Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal de Trabajadores Oficiales", debidamente firmado por el Director Regional y los coordinadores de los Grupos de Gestión de Talento Humano o Apoyo Administrativo Mixto que tengan funciones de Talento Humano, cuando sea el caso, avalando la información allí contenida.
d) Consolidación Nacional: Del 11 al 14 de noviembre de 2025, el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Dirección General, consolidará la información del "Formato Único de Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal de Trabajadores Oficiales", remitida por las regionales, procediendo a enviar el 18 de noviembre de 2025 el listado nacional de los trabajadores oficiales que se presentaron y cumplieron los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
e) Publicación de Resultados: El 19 de noviembre de 2025, el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, los Directores Regionales y los coordinadores de los Grupos de Gestión de Talento Humano o Apoyo Administrativo Mixto que tengan funciones de talento humano, cuando sea el caso, enviarán mediante correo electrónico a los interesados, el listado de solicitudes de apoyo, detallando los que clasificaron y los que no cumplieron con los requisitos establecidos, con el ánimo de garantizar publicidad y transparencia de la presente convocatoria.
f) Reclamaciones: Del 20 al 24 de noviembre de 2025, los solicitantes podrán hacer reclamaciones por escrito, ante el Coordinador del Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano en la Dirección General, en las Direcciones Regionales ante el Grupo de Gestión del Talento Humano o Grupo de Apoyos Administrativos Mixtos con funciones de talento humano, donde presentaron su solicitud de apoyo.
g) Atención de reclamaciones: Del 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2025, la Dirección General y las Direcciones Regionales deberán atender oportunamente las reclamaciones que correspondan. Estas deberán surtirse a través de la oficina virtual de radicación en el siguiente enlace https://oficinavirtualderadicacion.sena.edu.co/oficinavirtual/solicitudindex.aspx el 3 de diciembre de 2025, los directores regionales certificarán los puntajes definitivos.
h) Listados definitivos: El 4 de diciembre de 2025, cada regional deberá remitir al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General los listados definitivos, debidamente firmados por el director regional y el coordinador de talento humano correspondiente.
3. PRECISIONES SOBRE CONVENIOS Y APOYOS ECONÓMICOS
Es importante aclarar la diferencia entre los beneficios derivados de convenios y los apoyos económicos por estímulos, ya que corresponden a mecanismos distintos de apoyo a la formación de los trabajadores oficiales:
- Convenios: Se refieren a los acuerdos suscritos entre el SENA y diversas Instituciones de Educación Superior, mediante los cuales se otorgan descuentos económicos sobre el valor de la matrícula en programas de educación formal e informal, así como en eventos académicos. Estos descuentos aplican únicamente cuando el programa se cursa en instituciones con las que el SENA tenga convenios vigentes.
- Estímulos: Corresponde a los apoyos económicos que el SENA otorga a los trabajadores oficiales que adelantan programas académicos en Instituciones de Educación Superior. El apoyo económico se asigna conforme a la disponibilidad presupuestal, siendo girado directamente a la institución educativa, bajo las condiciones señaladas en la presente circular.
CONSIDERACIONES FINALES:
a) La continuidad del apoyo se regirá de conformidad con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
b) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, de acuerdo con el presupuesto institucional aprobado para la vigencia 2025 una vez certificado el valor de los apoyos de continuidad, determinará el número de nuevos apoyos que serán asignados a los trabajadores oficiales en la Dirección General y Regionales.
c) El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General, remitirá mediante correo electrónico la información de asignación de los apoyos de continuidad y nuevos, al director regional, para que procedan a informar a los beneficiarios de estos resultados.
d) Una vez se asignen los recursos, el trabajador oficial beneficiado deberá entregar en su Regional o Dirección General, según sea el caso, el recibo de matrícula y la certificación de notas, tratándose de apoyos en continuidad, documentos necesarios para iniciar los trámites de pago del apoyo que se hará únicamente a la institución educativa.
e) Para los nuevos apoyos tener en cuenta que las Instituciones de Educación Superior, deben contar con Registro Calificado vigente y estar registradas en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES del Ministerio de Educación Nacional.
f) Los apoyos asignados tanto de continuidad como nuevos se darán a conocer mediante comunicación a las Direcciones Regionales.
Cualquier inquietud o información adicional, comunicarse con la funcionaria Nydia Jimena Rodríguez Rodríguez, al correo electrónico njrodriguez@sena.edu.co, Coordinadora del Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Dirección General, con copia al apoyo encargado de estímulos Angie Paola Hernández Suesca aphernandezs@sena.edu.co o el Coordinador del Grupo de Gestión de Talento Humano o de Apoyo Administrativo Mixto que desempeñen funciones de Talento Humano en las Regionales.
Cordialmente,
MANUELA VALENTINA GARCÍA CANO
Secretaria General
1. El término beca es tomado del artículo 45 de la Convención Colectiva de Trabajo SENA- SINTRASENA 2003-2004 vigente
CALENDARIO CONVOCATORIA SISTEMA GENERAL DE ESTÍMULOS PRIMER SEMESTRE 2026.
| 20 al 29 de octubre de 2025 | Interesados presentarán solicitudes en continuidad y nuevos apoyos diligenciando el GTH-F-155 Formato Único Solicitud de Apoyo Económico para Educación Formal (SARE_1) y sus respectivos soportes en el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/mp51qDGdSS |
| 4 y el 7 de noviembre de 2025 | Coordinadores del Grupo de Gestión del Talento Humano de cada Regional consolidarán y puntuarán la información de las solicitudes de su regional. |
| 10 de noviembre de 2025 | Direcciones Regionales remitirán al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, de la Dirección General el formato GTH-F-153 Formato Único Sistema General de Estímulos. |
| 11 al 14 de noviembre de 2025 | El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano consolidará GTH-F-153 Formato Único Sistema General de Estímulos enviados por las Regionales. |
| 18 de noviembre de 2025 | El Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano remitirá a las regionales el consolidado nacional. |
| 19 de noviembre de 2025 | Regionales y Dirección General enviarán correo electrónico comunicando puntajes obtenidos en el consolidado nacional a los interesados. |
| 20 al 24 de noviembre de 2025 | Presentación de Reclamaciones |
| 25 de noviembre al 2 de diciembre de 2025 | Respuesta a reclamaciones |
| 3 de diciembre de 2025 | Directores Regionales expiden certificado con puntajes definitivos |
| 4 de diciembre de 2025 | Las Regionales remiten listados definitivos. |
| Enero y Febrero 2026 | Se emitirán las Resoluciones con los beneficiarios a los cuales se les otorga el apoyo económico para adelantar estudios de educación formal de conformidad con lo establecido en la Resolución No. 1-00174 de 2024 expedida por el SENA. |
| Abril 2026 | Publicación de la Convocatoria Sistema General de Estímulos Segundo Semestre 2026 |