CIRCULAR 304 DE 2025
(diciembre 29)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
1-2020-
Bogotá,
| Para: | Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales y Subdirectores de Centro |
| Asunto: | Alcance a la circular 3-2025-000251 del 13 de noviembre de 2025 - Tabla de Honorarios 2026 para los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión del SENA. |
Respetuoso saludo.
Una vez emitida y comunicada la circular del asunto, contentiva de la tabla de honorarios para los contratos de prestación de servicios y de apoyo a la gestión para la vigencia 2026, luego de un análisis integral de contexto, mercado laboral y propuesta técnica, así como los recursos asignados el techo presupuestal según información recibida por la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, se hace necesario dar alcance a los numerales 8 y 9, por las siguientes razones:
1) Profesionalización y oferta de formación
Históricamente, la ocupación de Intérprete de Lengua de Señas Colombiana (LSC) ha contado con intérpretes empíricos cuya idoneidad se validaba mediante certificaciones del Instituto Nacional para Sordos (INSOR) o asociaciones como FENASCOL. La tendencia actual apunta a la profesionalización con oferta formal de pregrado (Universidad del Valle, Universidad del Atlántico y Universidad El Bosque - Intérprete Profesional de la LSC) y formación tecnológica del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) en el Programa de Tecnología en Interpretación y Traducción en Lengua de Señas Colombiana, que desarrolla competencias técnicas y comunicativas para el desempeño en ámbitos educativos, laborales y sociales.
2) Dinámica del mercado laboral
Sector educativo: principal empleador por normativa de inclusión (colegios y universidades).
Expansión hacia servicios: alta demanda en entidades públicas y privadas, particularmente en accesibilidad (p.ej., Centro de Relevo - MinTIC), medios (televisión y plataformas digitales) y BPO/Contact Centers para video-interpretación en tiempo real en servicios bancarios, de salud y comerciales.
3) Datos de empleabilidad y honorarios
Agencia Pública de Empleo - SENA (vigencia 2025): 74 ofertas relacionadas con intérprete o guía intérprete; 63 para intérprete de LSC; experiencia requerida entre 0-24 meses; honorarios entre $1.000.000-$4.500.000; 6 ofertas exigen estudios certificados (3 bachillerato y 3 profesional) sin variación significativa frente al resto.
CompuTrabajo: 3 ofertas para intérprete de LSC con rangos salariales entre $2.900.000 y $3.150.000, todas con requisito de título profesional.
Así pues, la Secretaría General, la Dirección de Formación Profesional y la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, con la presente circular, nos permitimos modificar los numerales 8 y 9 de la tabla de honorarios mensuales a reconocer en el SENA durante la vigencia 2026 para los contratos de prestación de servicios con personas naturales, los cuales quedarán de la siguiente manera:
8. TABLA DE HONORARIOS INTÉRPRETE DE LENGUA DE SEÑAS COLOMBIANA (ILSC)
| Perfil e Idoneidad | Valor Mensual Honorarios |
| Bachiller con 12 meses de experiencia como ILSC. | $2.900.000 |
| Técnico profesional o técnico laboral o CAP en cualquier área de conocimiento, con mínimo 12 meses de experiencia efectiva desempeñándose como ILSC en contextos educativos, institucionales o comunitarios. | $3.400.000 |
| Tecnólogo en cualquier área del conocimiento o en ILSC, con mínimo 24 meses de experiencia efectiva desempeñándose como ILSC en contextos educativos, institucionales o comunitarios. | $3.700.000 |
| Profesional en cualquier área de conocimiento,conmínimo48mesesde experiencia efectiva desempeñándose como ILSC en contextos educativos, institucionales o comunitarios. | $4.126.235 |
Definición del rol: Personal que interpreta del español hablado a LSC y viceversa, favoreciendo la participación de aprendices con discapacidad auditiva en cualquier contexto.
Requisitos adicionales a todos los perfiles:
1. Certificado de Nivel Intermedio 1 (INSOR o FENASCOL) o Certificado de evaluación de competencias lingüísticas con aprobación del nivel intermedio en ILS, emitido por alguna asociación de sordos reconocidas a nivel nacional, local o universidad.
Nota: Para el caso de certificados emitidos en años anteriores el certificado correspondiente a complementario 1, será equivalente al actual nivel intermedio 1.
2. Equivalencias para título técnico/técnico profesional (remisión al numeral 4.1.3 de la circular 3-2025-000251).
3. Flexibilización regional: en Arauca, Amazonas, Chocó, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada, la experiencia de 12 meses podrá acreditarse con certificación de organizaciones de sordos reconocidas en la región.
Los recursos para la contratación de intérpretes en centros de formación pertenecen al proyecto de inversión
Fortalecimiento del servicio de formación profesional del SENA Nacional - Código 202323670127103.
9. TABLA DE HONORARIOS GUÍA INTÉRPRETE DE SEÑAS:
| Experiencia | Valor Mensual Honorarios |
| Mínimo 24 meses de experiencia | $2.900.000 |
Definición del rol: Profesional conocedor de los sistemas de comunicación de la persona sordociega y de su interlocutor; transmite mensajes de manera textual y objetiva, viabilizando la comunicación y la inclusión, incluyendo orientación, movilidad, acompañamiento y adaptación/amplificación de la información según necesidades particulares.
Requisito adicional al perfil: Certificado de cursos de cualificación para guías intérpretes (contexto educativo, regional o nacional) avalado por Federación de Sordos/Federación de intérpretes o el INCI.
DISPOSICIONES FINALES:
La presente circular modifica únicamente los numerales 8 y 9 de la circular 3-2025-000251 del 13 de noviembre de 2025, por lo tanto, los demás numerales y aspectos contenidos en ella permanecen incólumes y son de obligatorio cumplimiento para los ordenadores del gasto del SENA.
VIGENCIA Y PUBLICIDAD
La presente circular entra en vigor a partir del 1o de enero de 2026 y es aplicable a los contratos que se suscriban durante la vigencia 2026.
Una vez aprobado y suscrito el presente documento, se publicará en la página web de la entidad, normograma y se remitirá copia de esta a las Direcciones Regionales y centros de formación para su conocimiento y aplicación.
Atentamente,
EVA AURORA BOHÓRQUES VARGAS
Directora de Empleo y Trabajo
MANUELA VALENTINA GARCÍA CANO
Secretaria General
MÓNICA ANDREA AVELLA HERRERA
Directora Jurídica