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CONCEPTO 81474 DE 2025

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

PARA: Directora Administrativa y Financiera (E).

DE: Coordinadora Nacional de Producción Normativa y Conceptos Jurídicos.

ASUNTO: Consulta autorizaciones Dirección Administrativa y Financiera Resolución 2154 de 2024. Radicado 01-9-2025-077649.

Cordial saludo.

Mediante la comunicación del asunto, dirigido a la Coordinadora del Grupo Nacional de Producción Normativa y Conceptos Jurídicos, se consulta, respecto a las autorizaciones de la Dirección Administrativa y Financiera señalada en el artículo 13 de la Resolución 2154 de 2024 lo siguiente:

"Si todos los contratos celebrados con cargo al rubro Sedes Mantenidas requieren autorización por parte de la Dirección Regional o de la Dirección Administrativa y Financiera (según corresponda), independientemente de su tipología.

O, en su defecto, si existen excepciones a dicha autorización, tal como lo sugieren los ejemplos expuestos (Compra de materiales de ferretería, instalación de aires acondicionados, fumigación, lavado de tanques, entre otros).

Igualmente, para los casos en que los subdirectores de centro también se desempeñen como Directores Regionales, es pertinente se aclare, si la autorización que requiere en estos casos de la DAF de conformidad con la resolución 2154 de 2024, recae sobre los contratos que se ejecutarán en el centro de formación, dado a que la carga de autorización recae sobre estos, o si es necesario que para los contratos a ejecutarse con recursos y para los Despachos Regionales, también es necesario sea objeto de autorización de la DAF, pese a que la obligatoriedad de requerir autorización es para los centros de formación".

Al respecto, cabe indicar que el artículo 15 del Decreto 249 de 2004 señala como funciones de la Dirección Administrativa y Financiera del SENA, aquellas relacionadas con la administración de los recursos físicos, financieros, económicos y la prestación de servicios generales del SENA. Teniendo en cuenta esto, los numerales 17 y 25 del citado artículo establecen como funciones de la Dirección Administrativa y Financiera, las siguientes:

"17. Dirigir y controlar los procesos de contratación para el mantenimiento, conservación y seguros de bienes muebles e inmuebles y, autorizar previamente para efectos de la contratación que realicen los Centros de Formación, la celebración de los contratos de servicios personales, suministro, mantenimiento y reposición o mantenimiento del parque automotor.

(…)

25. Definir criterios y emitir conceptos técnicos y financieros para los proyectos de construcciones y adecuaciones locativas requeridos para el normal funcionamiento y la prestación de los servicios a cargo del SENA, dirigiendo y controlando la planeación, programación, contratación, ejecución y control de los proyectos de construcción, ampliación y control de los bienes inmuebles".

En ese orden de ideas, se observa que el numeral 17 hace referencia es al rol que tiene la Dirección Administrativa y Financiera en cuanto a la administración de los recursos físicos del SENA, dentro de los cuales se encuentran los bienes muebles e inmuebles, así como también a los recursos financieros, económicos y la prestación de servicios generales del SENA.

Para el caso del mencionado numeral 25, la autorización debe expedirse tanto para Subdirecciones de Centro como para Directores Regionales, mientras que para la autorización señalada en el numeral 17, recae para las Subdirecciones de Centro

Como consecuencia de lo anterior, y con el fin de unificar en un solo acto administrativo lo relacionado con la ordenación del gasto y las autorizaciones para contratar señaladas en el Decreto 249 de 2004, el artículo 13 de la Resolución 2154 de 2024, señala lo siguiente:

"ARTÍCULO 13. AUTORIZACIONES Y CONCEPTOS PREVIOS QUE DEBEN OBTENERSE PARA LA CONTRATACIÓN POR MANDATO DEL DECRETO 249 DE 2004. Previo a la asignación de recursos y/o celebración de los siguientes contratos, se tiene establecido:

CONTRATO QUE SE REQUIERE CELEBRARDEPENDENCIA QUE DEBE EFECTUARLA SOLICITUDREQUISITO PREVIOCOMPETENTE PARA EMITIR LA AUTORIZACIÓN O CONCEPTO
Proyecto de construcciones y adecuaciones locativas de bienes inmueblesDirecciones Regionales. Subdirecciones de Centro de Formación.Concepto Técnico y Financiero

Numeral 25 artículo 15 del Decreto 249 de 2004.
Dirección Administrativa Financiera.
Contratos de suministros, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles y reposición mantenimiento del parque automotor.Subdirecciones de Centro de Formación.Autorización previa.

Numeral 17 del artículo 15 Decreto 249 de 2004.
Resolución 225 de 2024, o la que la modifique, adicione o sustituya.
Dirección Regional.
Contratos de suministros, mantenimiento de bienes muebles e inmuebles y reposición mantenimiento del parque automotor.Subdirecciones de Centro de Formación.Autorización previa.

Numeral 17 del artículo 15 Decreto 249 de 2004.
Resolución 225 de 2024, o la que la modifique, adicione o sustituya.
Dirección Administrativa Financiera.

(…)".

Como se observa, la Resolución 2154 de 2024 trae lo que ya ha señalado en el Decreto 249 de 2004, pues se aclara que con la expedición de la mencionada resolución no se está especificando lo ya señalado en el decreto, así como tampoco se está dando un alcance o interpretación distinta o incluyendo o excluyendo nuevos elementos. En otras palabras, la resolución trajo la literalidad de las autorizaciones del Decreto 249 de 2004 y las incluyó dentro de su artículo 13.

Ahora bien, respecto a la autorización señalada en el numeral 25 del artículo 15 del Decreto 249 de 2004, debe entenderse que al ser un proyecto, éste debe estar relacionado a procesos contractuales de obra y no a proyectos de inversión o rubros presupuestales.

Respecto a la autorización señalada en el numeral 17 del artículo 15 del Decreto 249 de 2004, la autorización que debe expedir la Dirección Administrativa y Financiera, recae sobre las necesidades de los Centros de Formación.

Actualmente, se está construyendo un nuevo acto administrativo de delegación de ordenación del gasto, en donde se incluirán las respectivas autorizaciones a que haya lugar de conformidad con el Decreto 249 de 2004, acto administrativo que se socializará con la Dirección Administrativa y financiera para que se hagan los ajustes correspondientes.

En estos términos y conforme a la normatividad y jurisprudencia vigentes a la fecha de emisión de este concepto, se da respuesta al cuestionamiento formulado, indicando que este se rinde de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Cordialmente,

MARTHA BIBIANA LOZANO MEDINA

Coordinadora Grupo Coordinación Nacional de Producción Normativa y Conceptos Jurídicos Dirección Jurídica - Dirección General

 

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.
Normograma del Sena
ISSN Pendiente
Última actualización: 6 de febrero de 2026

 

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ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
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