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ARTÍCULO 3.1.2. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de mayo de 2015.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
Comandante de las Fuerzas Militares, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Defensa,
GENERAL JUAN PABLO RODRÍGUEZ BARRAGÁN.
<Notas de Pie de Página incluidas por Avance Jurídico:>
1. La "Fuerza Aérea Colombiana", se denominará “Fuerza Aeroespacial Colombiana”, por mandato del artículo 5 de la Ley 2302 de 2023, "por medio de la cual se adoptan medidas para garantizar la defensa e integridad territorial en el ámbito espacial y se dictan otras disposiciones", publicada en el Diario Oficial No. 52.454 de 12 de julio de 2023.