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RESOLUCION 550 DE 1994

(julio 7)

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 548 de 2000>

Por la cual se determinan las unidades operativas que

se denominan "Centros de Formación Profesional

Integral" en el SENA

El DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE -SENA-

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las

conferidas en el literal b) del numeral 9o. del

artículo 10 de la Ley 111, de 1994 y el

Acuerdo No. 25 de 1994 del Consejo

Directivo Nacional

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo Nacional del SENA, mediante el Acuerdo No. 25 del 30 de junio de 1994, autorizó al Director General para determinar cuales Unidades Operativas de la Entidad se denominarán "Centros de Formación Profesional Integral".

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 548 de 2000> Determinar, conforme con los criterios señalados en el Acuerdo

No. 25 de 1994, que las siguientes Unidades Operativas del SENA, de las diversas Regionales, se denominarán, a partir de la fecha de expedición de esta

Resolución "Centros Formación Profesional Integral".

REGIONA ANTIOQUIA-CHOCO

1.  Centro Nacional Textil

2.  Centro Nacional de la Madera

3.  Centro Agropecuario La Salada

4.  Centro Multisectorial Caucasia

5.  Centro Multisectorial Puerto Berrío

6.  Centro Multisectorial Rionegro

7.  Centro Multisectorial de Apartado

8.  Centro de Confecciones

9.  Centro del Calzado y Manufactura del Cuero

10. Centro Metalmecánico

11. Centro de la Construcción

12. Centro de Servicios de Salud

13. Centro de Comercio y Servicios

Seccional Chocó

14. Centro Multisectorial de Quibdó

REGIONAL ATLANTICO

1.  Centro Nacional Colombo-Alemán

2.  Centro Nacional Industrial y de Aviación

3.  Centro de Atención al Sector Agropecuario

4.  Centro de Comercio y Servicios

REGIONAL BOLIVAR Y SUCRE

1.  Centro de Atención al Sector Agropecuario

2.  Centro Náutico Pesquero

3.  Centro Industrial

4.  Centro de Comercio y Servicios

Seccional de Sincelejo

5. Centro Multisectorial de Sincelejo

REGIONAL BOGOTA-CUNDINAMARCA

1.  Centro Nacional de Hotelería, Turismo y Alimentos

2.  Centro Nacional de la Industria Gráfica y Afines

3.  Centro Nacional Colombo Italiano

4.  Centro de Electricidad y Electrónica

5.  Centro de Gestión Comercial y Mercadeo

6.  Centro de Servicios Administrativos

7.  Centro de Servicios Financieros

8.  Centro Industrial

9.  Centro de la Construcción e Industria de la Madera

10. Centro de Servicios de la Salud

11. Centro de Metalurgia

12. Centro Multisectorial de Mosquera

13. Centro Multisectorial de Kennedy  Centro de Atención a Santafé de Bogotá <Nombre modificado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994>

14. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro Multisectorial de Chía

15. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro Multisectorial de Fusagasugá

16. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro de Gestión Industrial

17. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro Metalmecánico

18. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro de Atención al Occidente de Cundinamarca

19. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro Multisectorial de Puerto Asís

20. <Numeral adicionado por el artículo 1 de la Resolución 652 de 1994> Centro Multisectorial de Leticia

Seccional de San Andrés y El Caribe

14. Centro Multisectorial de San Andrés y el Caribe

Seccional de Florencia

15. Centro Multisectorial de Florencia

Seccional de Girardot

16. Centro Multisectorial de Girardot

REGIONAL DE BOYACA

1.  Centro Nacional Minero

2.  Centro de Atención al Sector Agropecuario

3.  Centro Comercio y Servicios

4.  Centro Multisectorial Sogamoso

REGIONAL CALDAS

1.  Centro de Atención al Sector Agropecuario

2.  Centro de Industria y Automatización Industrial

3.  Centro de Comercio y Servicios

4.  Centro Multisectorial de La Dorada

REGIONAL CAUCA

1.  Centro de Atención al Sector Agropecuario

2.  Centro Industrial

3.  Centro de Comercio y Servicios

REGIONAL CESAR

1.  Centro Agropecuario del Cesar

2.  Centro Multisectorial Valledupar

3.  Centro Multisectorial de Aguachica

REGIONAL CORDOBA

1.  Centro Agropecuario El Porvenir

2.  Centro Multisectorial Montería

REGIONAL GUAJIRA

1.  Centro de Atención al Sector Agropecuario  Centro Multisectorial de la Guajira <Nombre modificado por el artículo 1 de la Resolución 778 de 1994>

2.  Centro de Industria y Comercio

REGIONAL HUILA

1.  Centro Multisectorial del Norte

2.  Centro Agropecuario La Angostura

3.  Centro Multisectorial Central

4.  Centro Multisectorial del Sur

REGIONAL MAGDALENA

1.  Centro Agropecuario de Gaira

2.  Centro Multisectorial

REGIONAL META

1.  Centro Agropecuario

2.  Centro Multisectorial de Yopal

3.  Centro Multisectorial de Villavicencio

4.  Centro Multisectoríal de Arauca

REGIONAL NARIÑO

1.  Centro Multisectorial de Lope

2.  Centro Multisectorial de la Costa Pacífica

REGIONAL NORTE DE SANTANDER

1.  Centro de Atención el Sector Agropecuario

2.  Centro Multisectorial de Cúcuta

REGIONAL QUINDIO

1.  Centro Agroindustrial del Quindio

2.  Centro Multisectorial

REGIONAL RISARALDA

1.  Centro de Atención Integral al Sector Agropecuario

2.  Centro de Industria, Instrumentación y Control de Procesos Industriales.

3.  Centro de Comercio y Servicios

REGIONAL SANTANDER

1.  Centro Agropecuario Aguascalientes

2.  Centro Industrial de Girón

3.  Centro Industrial Floridablanca

4.  Centro de Comercio y Servicios

5.  Centro multisectorial de Barrancabermeja

REGIONAL TOLIMA

1.  Centro Agropecuario

2.  Centro de Industria y Construcción

3.  Centro de Comercio y Servicios

REGIONAL VALLE

1.  Centro Nacional de Asistencia Técnica a la Industria (ASTIN)

2.  Centro Agropecuario de Buga

3.  Centro Latinoamericano de Especies Menores

4.  Centro Industrial

5.  Centro Colombo-Japonés de Electrónica

6.  Centro de la Construcción

7.  Centro Multisectorial de Palmira

8.  Centro Multisectorial de Cartago

9.  Centro Náutico Pesquero de Buenaventura

10. Centro de Comercio y Servicios

ARTICULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 548 de 2000> Solamente las unidades operativas que mediante esta resolución y a partir de su vigencia, se denominan "Centros de Formación Profesional Integral", funcionarán como tales, y la creación de nuevos Centros se sujetará al trámite señalado en el líteral b, del numeral 9o. del articulo 10 de la Ley 119 de 1994 y el Acuerdo No. 25 del 30 de junio de 1994 del Consejo Directivo Nacional.

ARTICULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 548 de 2000> Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que lo sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a 7 JUL 1994

MIGUEL RICAURTE LOMBANA

Director General

ANDRES VARELA ALGARRA

Secretario General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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