RESOLUCIÓN 564 DE 2011
(abril 8)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023>
Por la cual se efectúa una delegación especial y se deroga una Resolución
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - "SENA"
En uso de sus facultades legales y estatutarias, conferidas en el Decreto 250 de 2004 y el Decreto 249 del mismo año, y
CONSIDERANDO:
Que en artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con lo establecido en esta Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de las funciones a colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.
Que el numeral 4 del artículo 4 del decreto 249 de 2004, señala como función de la Dirección General, dictar los actos administrativos necesarios para la gestión administrativa, con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que mediante Resolución No 0762 del 20 de marzo de 2009, se efectuó una delegación especial al Director de Formación Profesional del SENA en cuanto a la contratación del Fondo Emprender.
Que mediante Resolución No. 0494 del 29 de marzo de 2011, se adscribió el Grupo de Trabajo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, a la Dirección de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se ordenan unas novedades de personal.
Que por lo anteriormente expuesto debe derogarse la Resolución No. 0762 del 20 de marzo de 2009, a fin de trasladar las funciones al Director de Área competente, que ejercerá la Delegación Especial.
En mérito de lo anterior, este Despacho.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> Delegar en el Director de Empleo y Trabajo del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, la suscripción por parte del SENA, sin consideración a la cuantía, de los contratos que resulten de los procesos de la convocatoria respectiva, con los beneficiarios de proyectos financiados con cargo a los recursos del Fondo Emprender.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> Delegar en el mismo funcionario de la Dirección del SENA la suscripción, a nombre de la entidad, de los contratos de prenda que se generen en virtud de la adquisición de bienes de los emprendedores beneficiados con recursos del Fondo Emprender.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> Con cargo a los recursos depositados en el Fondo Administrador deberá contratarse la evaluación y seguimiento de los proyectos, el esquema diseñado para los desembolsos de los proyectos beneficiarios, la interventoría de los procesos para la vigilancia y el control de la ejecución de los proyectos que se financien, y el diseño y elaboración del Sistema de información.
De igual manera los recursos depositados en el Fondo Administrador cubrirán los demás gastos necesarios para su ejecución como: publicidad, folletos, publicaciones, participación de eventos, gastos de viaje, tiquetes, etc.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> La Dirección de Empleo y Trabajo, deberá presentar un informe trimestral al Director General, sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por el presente acto.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> Comunicar la presente Resolución al Director de Empleo y Trabajo y al Fondo Administrador de Recursos.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 4 de la Resolución 2249 de 2023> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución No. 0762 del 20 de marzo de 2009.
Dada en Bogotá, a los 08 ABR. 2011
CAMILO E. BERNAL HADAD
Director General