RESOLUCIÓN 1520 DE 2008
(junio 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 224 de 2011>
Por la cual se efectúa una delegación
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en el artículo 4o, numeral 4o del Decreto 0249 de 2004 y por el artículo 9o y subsiguientes de la Ley 489 de 1998 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante resoluciones el Director General de Impuestos Nacionales autoriza la donación de mercancías al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
Que las resoluciones de donación de la DIAN establecen que una vez se notifiquen, el SENA deberá retirar del sitio de almacenamiento, en un número de días determinado, las mercancías objeto de la donación. De no hacerlo, correrán por su cuenta los gastos causados por la guarda y custodia de las mercancías donadas. En caso de tratarse de mercancía perecedera, su retiro será inmediato.
Que a su vez el inciso tercero del artículo tercero, señala que de la donación se deberá dejar constancia en acta de entrega con la intervención entre otros de los siguientes funcionarios: El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA o su delegado.
Que mediante Resolución No 295 del 6 de febrero de 2006, se designó al funcionario Luis Mogollón Reyes, profesional de la Regional Santander, para adelantar las gestiones relacionadas con el recibo, transporte, manejo de las donaciones de la DIAN.
Que por necesidades del servicio se requiere delegar en otro funcionario de la Entidad la responsabilidad de recibir las donaciones de que tratan las resoluciones de la DIAN, conforme solicitud de la Regional Santander.
En mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 224 de 2011> Delegar al señor LUIS CARLOS OBREGÓN CARRILLO identificado con cédula de ciudadanía No 91.212.635 de Bucaramanga, quien se desempeña en la Regional Santander en el cargo de Técnico Grado 03, para que actúe y represente los intereses de la Entidad y adelante las gestiones correspondientes al recibo, transporte, manejo de las donaciones de la DIAN tramitadas a favor del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA, en la Regional Santander.
PARÁGRAFO 1o. El funcionario delegado deberá cumplir estrictamente con los términos señalados en las correspondientes resoluciones de la DIAN, así como con el retiro de retiro de las mercancías, trámite de documentos de entrada, salida y traspasos de almacén de las mismas y el envío de la copia del acta de entrega de donación de la DIAN al Grupo de Bienes, Servicios y Logística de la Dirección General.
PARÁGRAFO 2o. Es responsabilidad del Director de la Regional llevar a cabo el respectivo seguimiento, verificación y control de los procedimientos y actuaciones del funcionario delegado para el manejo de donaciones hechas por la DIAN, con el fin de cumplir total y oportunamente con la legalización de donaciones que el SENA reciba de esta Entidad.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 224 de 2011> Comunicar esta Resolución al funcionario delegado.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 224 de 2011> La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. 9 Jun. 2008
ORBIDIO VELANDIA NIÑO
Director General (E)