RESOLUCION 1589 DE 2019
(septiembre 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERIVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>
Por la cual se crea y establece la conformación y funciones de los grupos de trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA y se dictan otras disposiciones.
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los artículos 4o y 32 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 6o del Decreto 250 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia consagra: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. // Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento".
Que mediante el Decreto 249 de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.
Que mediante el Decreto 250 de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, le atribuyó al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que el Decreto 2489 de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8o establece que los “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.
Que el Decreto 1024 de 2019 “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, y se dictan otras disposiciones en materia salarial" en el artículo 6o consagra que “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor”.
Que de conformidad con el artículo 10 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA:
1. Asesorar y asistir a todas las dependencias de la entidad, en la formulación, diseño y determinación de las políticas, orientaciones estratégicas, planes, programas y proyectos de la entidad, promoviendo y apoyando la implementación en el SENA de una cultura de la gestión orientada por resultados.
2. Implementar el modelo de inteligencia corporativa del SENA.
3. Asistir y asesorar a todas las áreas para que a partir de la información de inteligencia corporativa y de mercado se garantice la pertinencia de la oferta de formación profesional para anticiparse a las necesidades de formación de los sectores económicos.
4. Concertar y proponer líneas de política y objetivos de los programas de Innovación y Desarrollo Tecnológico de manera articulada con las áreas competentes del SENA, con el Sistema Nacional de Innovación, Ciencia y Tecnología y con el Sistema Nacional de Normalización, Certificación y Metrología.
5. Dirigir y gestionar el Banco de Proyectos de la entidad.
6. Realizar, de acuerdo con los lineamientos del Gobierno Nacional, la evaluación previa de los proyectos de inversión del SENA que deban ser inscritos en el Banco de Proyectos de Inversión del Departamento Nacional de Planeación, presentarlos ante las instancias competentes y gestionar su inclusión en el mismo.
7. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de la entidad para cada vigencia y los proyectos de modificación presupuestal, para presentarlos a consideración del Director General y del Consejo Directivo Nacional y tramitarlos ante las autoridades competentes.
8. Diseñar el modelo de costos y de presupuestación del SENA en el marco de las políticas de vigilancia de la gestión fiscal y asesorar la implementación del sistema de costos de la formación profesional, en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera de la entidad.
9. Asistir a las dependencias del SENA en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad Institucional y coordinar la implementación y actualización del modelo de información y documentación de los procesos y procedimientos.
10. Diseñar y actualizar en coordinación con las dependencias, los procesos, procedimientos y manuales de funciones de la entidad.
11. Evaluar en forma permanente los modelos de operación de todas las áreas de la entidad y proponer al Director General esquemas de mejoramiento de los mismos, en coordinación con las diferentes dependencias.
12. Coordinar la implementación de los sistemas de información de planeación, gestión de proyectos, indicadores de gestión y evaluación de resultados del SENA y diseñar e implementar el modelo de información para la toma de decisiones de carácter estratégico.
13. Diseñar las metodologías y poner en funcionamiento el Sistema de Información Estadístico del SENA.
14. Dirigir y gestionar el Sistema de Evaluación de Gestión, resultados e impacto de la entidad, en articulación con el Sistema de Evaluación de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con todas las áreas del SENA y de manera particular con la Oficina de Control Interno.
15. Consolidar los informes de cumplimiento de las políticas, planes, programas y proyectos de la entidad.
16. Liderar el establecimiento de Planes de Mejoramiento de la gestión de la entidad, consolidar los resultados obtenidos en su puesta en marcha y rendir los informes ante las autoridades competentes, en coordinación con la oficina de control interno.
17. Definir y liderar el almacenamiento, custodia, seguridad y disponibilidad de la información en medios electrónicos en el SENA.
18. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia.”
Que actualmente la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA se encuentra organizada en cinco (5) Grupos Permanentes de Trabajo así: 1.Grupo de Gestión de la Información y Evaluación de resultados, creado a través de la resolución 2711 de 2005.
2. Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional, creado a través de la resolución 00121 de 2012 y modificada por el artículo 1o de la resolución 1365 de 2013 en cuanto a su conformación. 3. Grupo de Planeación Operativa, creado a través de la resolución No. 00121 de 2012. 4. Grupo de Mejora Continua Institucional, creado a través de la resolución 00121 de 2012 modificada por el artículo 1o de la Resolución 1754 de 2014, en cuanto a su conformación, y 5. Grupo Gestión de Costos, creado a través de resolución 1239 de 2013.
Que en el marco de los principios de la función administrativa contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados, se hace necesario redistribuir las funciones entre los Grupos de Trabajo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, así mismo, reorganizar su conformación con el fin de consolidar en un solo equipo de trabajo el seguimiento periódico sobre el impacto de la planeación estratégica de la entidad, concretándolo en acciones de mejora en los procesos institucionales, la congruencia y coherencia entre el direccionamiento estratégico, la gestión del mejoramiento continuo, alineado a la cultura organizacional, identificado como uno de los factores determinantes para lograr mayor eficiencia y productividad institucional a todos los niveles organizacionales.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Suprimir a partir de la fecha los Grupos internos de trabajo permanente denominados “Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional” y “Mejora Continua Institucional” de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA Dirección General.
ARTÍCULO 2o. CREACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Crear el grupo interno de trabajo denominado "Planeación Estratégica y Mejoramiento organizacional” adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA.
ARTÍCULO 3o. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo interno de trabajo permanente denominado "Planeación Estratégica y Mejoramiento Organizacional”, quedará conformado por los siguientes cargos:
Cargo | IDP | Nombre del Servidor Público que lo ocupa |
Profesional G 07 | 364 | Luz Esperanza Mendoza Cerquera |
Profesional G 03 | 8183 | José Campoamor Ortiz Valencia |
Profesional G 02 | 134 | Adriana Consuelo Bastidas Calderón |
Profesional G 02 | 1028 | Fernando Eusebio Gutiérrez Reyes |
Profesional G 02 | 5444 | Alberto Serrano Suárez |
Asesor G04 | 2 | Gilberto Eduardo Agudelo Arevalo |
ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL GRUPO PERMANENTE DENOMINADO "PLANEACIÓN ESTRATÉGICA Y MEJORAMIENTO ORGANIZACIONAL. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo permanente denominado “Planeación Estratégica y Mejoramiento organizacional”, tendrá las siguientes funciones:
1. Recomendar e implantar metodologías de Planeación Estratégica que permitan formular, ejecutar y articular la planeación institucional.
2. Liderar la construcción y seguimiento del Plan Estratégico Institucional, en correspondencia con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Sectorial y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.
3. Implementar el modelo de inteligencia corporativa del SENA.
4. Gestionar el desarrollo de capacidades y la implementación del Sistema de Prospectiva, Vigilancia e Inteligencia Organizacional, para mejorar la toma de decisiones estratégicas en el SENA.
5. Asistir y asesorar a todas las áreas para que a partir de la información de inteligencia corporativa y de mercado se garantice la pertinencia de la oferta de los servicios institucionales.
6. Estudiar y conceptuar sobre las materias de competencia de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, y absolver consultas de acuerdo con las políticas institucionales.
7. Gestionar el desarrollo de evaluaciones de proceso, resultados e impacto de las políticas, programas y /o proyectos del SENA, para obtener información que permita tomar decisiones al interior de la entidad.
8. Coordinar con las dependencias de la entidad las actividades necesarias para la implementación y mantenimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión
9. Apoyar al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo en la secretaría técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
10. Cumplir las funciones asignadas a la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
11. Coordinar y orientar a las dependencias de la entidad en la construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.
12. Orientar a las dependencias de la entidad en la gestión de los riesgos de corrupción y realizar el seguimiento de las acciones tomadas para su mitigación.
13. Elaborar junto con las dependencias de la entidad la estrategia de participación ciudadana.
14. Elaborar y liderar la implementación de la estrategia de rendición de cuentas.
15. Realizar seguimiento a los proyectos que están establecidos en el Plan de Desarrollo Administrativo Sectorial relacionados con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo
16. Proponer al Representante de la Alta Dirección y al Comité Nacional del SIGA, y a los Coordinadores de Subsistema, políticas, planes, programas y lincamientos generales para mejorar continuamente la conveniencia, adecuación y eficacia del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol.
17. Coordinar los subsistemas de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental en la formulación y ejecución del Plan Anual de Mantenimiento y Mejora del SIGA - PAM - de carácter nacional.
18. Concertar con los demás líderes nacionales de los Subsistemas que conforman el SIGA las actividades que requieren articulación.
19. Apoyar la determinación de la metodología, factores y condiciones necesarios para abordar y gestionar el contexto interno y externo de la Entidad y que son base para mantener y mejorar continuamente el SIGA, incluyendo los riesgos y oportunidades.
20. Actualizar y verificar el cumplimiento de la política de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental.
21. Proponer esquemas de mejoramiento en los procesos con base en la información que se provea desde las áreas y los canales de atención y respuesta al ciudadano.
22. Brindar asesoría técnica y acompañamiento al Equipo SIGA Nacional en la estructuración e implementación de todos los elementos relacionados con el Subsistema de Gestión de la Calidad y Gestión Ambiental, de manera articulada con los demás Subsistemas que conforman el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol - SIGA.
23. Gestionar la implementación de las decisiones y acciones resultantes de la Revisión por la Dirección y demás mecanismos de seguimiento relacionados con el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol.
24. Estructurar y coordinar el plan de auditorías internas del Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol calidad a nivel nacional.
25. Coordinar con la Oficina de Control Interno, la revisión de los planes de mejoramiento institucional en respuesta a las auditorías internas y externas.
26. Asesorar a las dependencias de la entidad en la formulación, actualización, ejecución y seguimiento de los Planes de Gestión Ambiental.
27. Coordinar con los directivos de las áreas, las actividades que se requieren para el mantenimiento del Modelo Estándar de Control Interno - MECI
28. Participar en la implementación institucional de la estrategia de Gobierno en Línea.
29. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
ARTÍCULO 5o. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Designar al señor Alberto Serrano Suárez, quien ocupa actualmente el cargo de Profesional G02 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, para que ejerza las funciones de coordinador del grupo interno de trabajo “Planeación Estratégica y Mejoramiento Organizacional”, quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.
ARTÍCULO 6o. FUNCIONES DEL GRUPO PERMANENTE DENOMINADO “GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN Y EVALUACIÓN DE RESULTADOS” <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo permanente denominado “Gestión de la Información y Evaluación de Resultados”, tendrá las siguientes funciones:
1. Establecer, desarrollar, controlar y evaluar en coordinación con la Oficina de Control Interno, las políticas procesos y procedimientos que con respecto a la consecución de los resultados institucionales, garanticen la fidelidad, pertinencia, oportunidad y validez de la información originada y procesada en las distintas dependencias y niveles organizacionales, que permita hacer seguimiento a los procesos, rendir cuentas a los entes de control, a los demás grupos de interés y a la ciudadanía en general para ejercer control social.
2. Propiciar el aprendizaje institucional con personal del equipo interdisciplinario en temas relacionados con el impacto de las políticas e indicadores institucionales, sobre los avances intermedios y finales de los resultados institucionales.
3. Definir y administrar el sistema de estadísticas de la entidad y el sistema de indicadores de gestión.
4. Establecer el sistema de indicadores institucionales que permita identificar evaluar en cualquier momento los avances de la gestión en todos los niveles organizacionales y logros obtenidos en las distintas líneas de gestión y retroalimentarlo periódicamente, con el propósito de visualizar el cumplimiento esperado del direccionamiento estratégico definido, así como prever y controlar las desviaciones que puedan presentarse en el desarrollo de los planes.
5. En coordinación y colaboración con la Oficina de Sistemas, definir el diseño y desarrollo de las estrategias que permitan optimizar la producción y distribución de la información institucional e ¡lustrarlo a todos los participantes institucionales en temas relacionados con la organización, gestión y análisis de la información.
6. Liderar, coordinar, definir y promover junto con la Oficina de Sistemas, las estrategias y los proyectos que propendan por la integración de estándares para el registro, gestión y mejoramiento de la información; generación y gestión de estadísticas; generación y mejoramiento del flujo de información de la entidad.
7. Participar coordinadamente con las áreas involucradas, en la definición de los modelos y las características de los diversos sistemas de información, en asocio con la Oficina de Sistemas.
8. Definir, en coordinación con la Oficina de Control Interno y la Oficina de Sistemas, los parámetros de la auditoria de la información, como método de diagnóstico de la calidad y uso de los recursos de la información dentro de la organización.
9. Presentar nuevos proyectos, productos o servicios relacionados con la gestión de la información ante las instancias competentes, así como propender por la mejora de los sistemas o servicios de información de la entidad que converjan y se integren a los objetivos y planes estratégicos de la entidad.
10. Coordinar la información hacia entes internos y externos.
11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
ARTÍCULO 7o. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo interno de trabajo permanente denominado "Gestión de la Información y Evaluación de Resultados”, quedará conformado por los siguientes cargos:
Cargo | IDP | Nombre del Servidor Público que lo ocupa |
Profesional G09 | 8205 | Nohora Inés Peña Clavijo |
Profesional G02 | 8008 | María Patricia Saavedra Borja |
Profesional G04 | 132 | Cesar Alexander Cubillos Huertas |
Asesor G02 | 240 | Laila Katrina del Pilar Rojas Santana |
ARTÍCULO 8o. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Gestión de la Información y Evaluación de Resultados”, serán ejercidas por Nohora Inés Peña Clavijo, quien ocupa actualmente el Cargo de profesional G09 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.
ARTÍCULO 9o. FUNCIONES DEL GRUPO PERMANENTE DENOMINADO “PLANEACIÓN OPERATIVA”. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo permanente denominado “Planeación Operativa”, tendrá las siguientes funciones:
1. Coordinar la formulación del plan operativo anual con la participación de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo; y posteriormente consolidar el Plan Operativo para presentarlo al Consejo Directivo Nacional para su aprobación.
2. Elaborar y gestionar anualmente el Anteproyecto de Presupuesto de acuerdo con las disposiciones emanadas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación (DNP), y el Ministerio de Trabajo; proyectar el Marco de Gastos de Mediano Plazo de acuerdo con las políticas de los entes mencionados; y realizar seguimiento y ajustes acordados hasta su aprobación.
3. Proyectar y gestionar ante el Consejo Directivo Nacional los acuerdos de modificaciones presupuéstales de ley que requiera la entidad.
4. Coordinar la apertura del presupuesto con la colaboración de los grupos de trabajo que conforman la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.
5. Coordinar y asesorar la formulación de los proyectos de ley de la entidad con los responsables de las áreas de la Dirección General, evaluarlos y gestionar ante el Ministerio de Trabajo para que dichos proyectos sean registrados o actualizados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional BPIN.
6. Gestionar las vigencias futuras, la liberación de excedentes financieros o incorporaciones de recursos al presupuesto y el pago de vigencias expiradas ante las entidades respectivas cuando se requiera.
7. Analizar y recomendar, con la Oficina de Sistemas, las propuestas de inversión de recursos destinados a sistemas de información, equipos, programas informáticos y comunicaciones en cumplimiento de los lineamientos que expide el Departamento Nacional de Planeación; y la Agenda de Conectividad, o quien haga sus veces.
8. Coordinar con la Dirección de Formación Profesional, Dirección Administrativa y Financiera, Dirección Jurídica, Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, la Secretaría General, y la Oficina de Sistemas, la emisión y evaluación de conceptos de viabilidad para los proyectos de creación o traslado de centros, fortalecimiento de centros, y otros relacionados con la ejecución de proyectos de inversión que puedan requerir financiación.
9. Mantener actualizado el Modelo de Costos y de Presupuesto del SENA en el marco de las políticas de vigilancia de la gestión fiscal.
10. Elaborar informes presupuéstales mensuales sobre la ejecución de ingresos y gastos a nivel de proyectos ley, Regionales, Centros de Formación y dependencias, con el fin de generar alertas que conlleven a una eficiente ejecución de los recursos presupuéstales y a la detección y adopción de mejores prácticas, la estandarización y simplificación de los procesos y procedimientos institucionales, tanto en lo misional como en lo administrativo.
11. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.
ARTÍCULO 10. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo Interno de trabajo permanente denominado "Planeación Operativa”, quedará conformado por los siguientes cargos:
Cargo | IDP | Nombre del Servidor Público que lo ocupa |
Profesional G08 | 351 | Claudia Liliana Blanco Santillana |
Profesional G07 | 125 | Vacante |
Profesional G03 | 3477 | Carlos Ernesto Gómez González |
Técnico G03 | 137 | Luis Fernando Osorio Noriega |
Técnico G02 | 246 | Vacante |
ARTÍCULO 11. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Las funciones de coordinación del grupo interno de trabajo permanente denominado “Planeación Operativa” serán ejercidas por Claudia Liliana Blanco Santillana, quien ocupa actualmente el cargo de Profesional G08 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.
ARTÍCULO 12. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DENOMINADO “GESTIÓN DE COSTOS”. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo permanente denominado “Gestión de Costos”, tendrá las siguientes funciones:
1. Evaluar periódicamente la estabilidad de la estructura del Sistema de Información Nacional de Costos de Gestión del SENA, proponer las actualizaciones que sean necesarias, de conformidad con las políticas y directrices de la Dirección General del SENA.
2. Planear, organizar y asesorar la estructura de costos inherente a los Programas de Formación Profesional de la entidad y de los servicios misionales que desarrollan las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación.
3. Dirigir el diseño y desarrollo del sistema de información para el registro y procesamiento permanente de los datos establecidos en la estructura del Sistema de Información Nacional de Costos de Gestión del SENA y su interface con aplicativos institucionales que generan información al sistema.
4. Establecer los procedimientos y recursos necesarios para la recolección y consolidación de información del Sistema de Información Nacional de Costos, en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección general.
5. Coordinar con las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación, la estructura y clasificación de los costos que les correspondan.
6. Verificar la consistencia de la información procesada en el Sistema de Información y mantener registros actualizados, oportunos y confiables de la información que soporta los costos de los servicios misionales las dependencias del SENA, en coordinación con el Grupo de Planeación Operativa.
7. Elaborar informes periódicos de costos a nivel de Direcciones y Oficinas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación Profesional, presentando estadísticas y análisis de su comportamiento.
8. Proponer a la Dirección General del SENA sistemas, métodos, procedimientos y acciones orientadas a racionalizar los costos de operación en las distintas dependencias de la entidad.
9. Brindar asesoría y asistencia metodológica y técnica a todas las dependencias de la entidad en el análisis de los informes de costos, orientada a la toma de decisiones tendientes a racionalizar el uso de los recursos a su cargo, alcanzando niveles óptimos de utilización y contribuir a la mejora continua de sus procesos y procedimientos.
10. Diseñar y Establecer el cuadro de mando integral como sistema de control de los resultados en la gestión de costos de las Direcciones y Oficinas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación.
11. Coordinar con el Sistema Integrado de Gestión de Calidad los procesos, procedimientos y actividades a cargo del Grupo de Gestión de Costos, para garantizar su inclusión en el sistema.
12. Estudiar y proyectar conceptos y consultas de carácter técnico u operativo sobre asuntos relacionados con las funciones asignadas al grupo.
13. Responder oportunamente las comunicaciones, peticiones, y demás actuaciones administrativas que le correspondan, así como preparar o enviar los informes relacionados con las funciones asignadas al grupo de trabajo, a solicitud del Director General, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y demás áreas o entidades.
14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza
ARTÍCULO 13. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El grupo interno de trabajo permanente denominado "Gestión de Costos”, quedará conformado por los siguientes cargos:
Cargo | IDP | Nombre del Servidor Público que lo ocupa |
Profesional G 06 | 5993 | Yaquelin Rojas Olivero |
Técnico G 03 | 8206 | Vitervina López Puentes |
Profesional G 07 | 356 | Hernando Rojas Martínez |
Profesional G 04 | 7663 | Vacante |
ARTÍCULO 14. COORDINACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Las funciones de coordinación del Grupo denominado “Gestión de Costos”, serán ejercidas por Yaquelin Rojas Olivero quien ocupa actualmente el cargo de Profesional G06 de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y quien recibirá el reconocimiento por coordinación en virtud de lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto 1024 de 2019, durante el tiempo que ejerza esas funciones.
ARTÍCULO 15. FUNCIONES DEL COORDINADOR DE GRUPO DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El (la) Coordinador(a) de cada uno de los grupos de trabajo permanentes de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, realizará las siguientes funciones:
1. Asignar y orientar a los servidores públicos adscritos al grupo de trabajo las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones del grupo.
2. Participar con el equipo de trabajo en la elaboración de propuestas y en la ejecución de políticas sobre los temas a cargo de grupo
3. Garantizar y responder por la articulación permanente con las demás Áreas, Oficinas, Regionales, Centros de Formación y grupo de Trabajo de la entidad, con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las funciones del grupo y la misión institucional
4. Elaborar y suscribir documentos sobre temas y componentes relacionados con las funciones del grupo, requeridos por dependencias del SENA o del medio externo.
5. Elaborar para visto bueno o firma del Director de Área, conceptos, circulares, orientaciones y directrices de carácter específico en los temas correspondientes al grupo.
6. Atender y garantizar el envío oportuno de las respuestas a las solicitudes, peticiones y demás actuaciones administrativas que le correspondan, así como responder oportunamente las acciones de tutela y de cumplimiento, incluyendo todas las actuaciones derivadas de las mismas, hacer seguimiento, interponer recursos y en general todas las necesarias para el adecuado tramite de las acciones referidas.
7. Presentar reportes, informes y documentos en los tiempos y condiciones requeridos por su jefe inmediato o por las demás instancias de la entidad.
8. Adelantar gestiones para mantener actualizada la información necesaria para el desarrollo de las funciones asignadas al grupo.
9. Adelantar gestiones para la creación y actualización del sistema de indicadores y de información sobre el cumplimiento de metas, programas y acciones del grupo, en coordinación con las demás áreas y oficinas respectivas.
10. Gestionar y responder por la documentación que produzca el grupo.
11. Responder por el cumplimiento oportuno de las funciones asignadas al grupo.
12. Las demás que le sean asignadas por el (la) Director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA, y que correspondan a la naturaleza de coordinador de grupo.
ARTÍCULO 16. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, y a los funcionarios designados en esta resolución.
ARTÍCULO 17. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias; de conformidad con el artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 4 SEP 2019
CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA
Director General
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1589_2019.pdf>