RESOLUCIÓN 1836 DE 2017
(octubre 19)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017>
Por la cual se modifica la integración de los Grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA y se dictan otras disposiciones
LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. ”
Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.
Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que el Decreto 2489 del 25 de julio de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su articulo 8 establece que: “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, ios cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente. ”
Que el Decreto 987 del 9 de junio de 2017 “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA y se dictan otras disposiciones en materia salarial" consagra en el articulo 6 que “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor. ”
Que a través de la Resolución No. 00438 del 2005 se creó el Grupo integrado de Convenios Y Contratos adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera.
Que mediante la Resolución No. 3205 de 2008 se adscribió a la Dirección Jurídica el Grupo interno de trabajo denominado "Convenios y contratos" y en el artículo 2o se estableció su conformación.
Que a través de la Resoluciones No. 1381 de 2013 se reorganizan los Grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA, entre ellos el grupo de Procesos judiciales, conciliaciones y recursos, y se establecieron sus funciones.Qué través de la Resolución No. 1382 de 2013, se estableció la integración de los Grupos de Trabajo y coordinación en la Dirección Jurídica del SENA, las cuales han sido modificadas por las Resoluciones 861 de 2015, 1922 de 2015 y 2384 de 2015.
Que mediante Resolución No. 773 del 5 de mayo de 2015 se adscribió a la Dirección Jurídica de la Dirección General del SENA el Grupo de Gestión Contractual adscrito en la Dirección Administrativa y Financiera, la cual fue modificada por la resolución No. 1922 de 2015.
Que mediante Resolución No. 393 de 2017 se estableció la integración de los grupos de trabajo en la Dirección Jurídica del SENA y se crearon los grupos interno de trabajo Permanentes denominados “Procesos Judiciales y Conciliaciones" y "Recursos y peticiones", sus coordinaciones y funciones y se derogó el artículo 2 de la Resolución 01381 de 2013 y las resoluciones 861 de 2015, 1922 de 2015, 2384 de 2015, 113 de 2016.
Que a través del Decreto 1433 del 29 de agosto de 2017 se modificó el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA y se dictaron otras disposiciones.
Que a través de la Resolución No. 1752 de 2017, se encargó por el término de tres meses a la Doctora Yulied Mercedes Ospina Pinzón, profesional G 10 (E) como Directora Jurídica, por lo que se hace necesario nombrar al Coordinador del Grupo interno de trabajo denominado "Procesos Judiciales y Conciliaciones”
Que conforme a lo anterior y para un eficiente cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección Jurídica se hace necesario reorganizan los Grupos internos de trabajo denominados “Procesos Judiciales y Conciliaciones", "Grupo integrado de Gestión Contractual” y grupo “Gestión de Convenios" de la Dirección Jurídica.
Que en mérito de lo expuesto este despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> Dar por terminada a partir de la fecha la asignación de funciones otorgadas a la Dra. Yulied Mercedes Ospina Pinzón, profesional Grado 10 (E), como coordinadora del Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Procesos Judiciales y Conciliaciones” de la Dirección Jurídica otorgadas en la Resolución 00393 de 2017.
ARTÍCULO 2. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Procesos Judiciales y Conciliaciones”, estará conformado por los siguientes Servidores Públicos:
FUNCIONARIO | DENOMINACION Y GRADO |
Diaz Torres Mariela | Profesional G05 ( E) |
Saavedra Borja María Patricia | Profesional G03 ( E) |
Tolosa Ines Daniel David | Profesional G02 |
Fernandez Valdivieso Alexandra | Técnico G03 |
Bermúdez Maldonado Jacqueline | Técnico G02 |
ARTÍCULO 3. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> Designar a partir de la fecha como Coordinadora del Grupo de trabajo denominado "Procesos judiciales y conciliaciones” a la Dra. MARIELA DIAZ TORRES, Profesional G 05 ( E), quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 987 del 9 de junio de 2017 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia
ARTÍCULO 4. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> El Grupo permanente de trabajo denominado “Gestión de convenios", estará conformado por los siguientes servidores públicos:
FUNCIONARIO | DENOMINACION Y GRADO |
Acosta Contreras Gloria | Profesional G 07 ( E) |
Ariza Abaunza Carmen Rosa | Profesional G 02 |
Diaz Torres María Fernanda | Profesional G01 |
Solano Beltran Laura | Técnico G 03 |
ARTÍCULO 5. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> La Coordinación del Grupo de trabajo denominado "Gestión de Convenios”, estará a cargo de la Dra. GLORIA ACOSTA CONTRERAS, profesional Grado 07 ( E), quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 del Decreto 987 del 9 de junio de 2017 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.
ARTÍCULO 6. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> El Grupo permanente de trabajo denominado "Grupo integrado de Gestión Contractual', estará conformado por los siguientes servidores públicos:
FUNCIONARIO | DENOMINACION Y GRADO |
Montes Aguirre Diana Carolina | Profesional G04 ( E ) |
Rozo Maria Cristina | Profesional G02 ( E ) |
Castro Garzón Naida Cecilia | Profesional G02 |
vacante | Profesional G02 |
ARTÍCULO 7. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> La coordinación del Grupo de trabajo denominado “Grupo integrado de Gestión Contractual” seguirá a cargo de la Doctora DIANA CAROLINA MONTES AGUIRRE, profesional G04 (E) quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el articulo 6 del Decreto 987 del 9 de junio de 2017 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.
ARTÍCULO 8. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> Los coordinadores de Grupo señalados en esta resolución deben dar cumplimiento a las funciones asignadas en el artículo 7 de la Resolución 1381 de 2013 y articulo 20 de la Resolución 393 de 2017 y la Coordinadora del Grupo de Gestión Contractual a las funciones asignadas en el artículo 5 de la Resolución 773 de 2015.
ARTÍCULO 9. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> Comunicar la presente Resolución a la Secretaria General, a la Dirección Jurídica y a los funcionarios designados en esta resolución.
ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 2006 de 2017> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los artículos 4, 6, 13, 14, 15 de la Resolución No. 00393 de 2017 y demás disposiciones que le sean contrarias; de conformidad con el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 Publíquese en la página web del SENA.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los
MARÍA ANDREA NIETO ROMERO
Directora General