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RESOLUCIÓN 2037 DE 2004

(septiembre 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013>

Por la cual se integra el Grupo Interno de Trabajo de Conceptos y Producción Normativa, y se dictan otras disposiciones

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el numeral 23 del Artículo 4 y el Artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, determina como función del Director General del SENA: "Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones."

Que conforme al Artículo 16 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Jurídica:

"2. Proyectar, en coordinación con las dependencias respectivas, las reglamentaciones de carácter general que deba expedir el Consejo Directivo Nacional o el Director General.

3. Orientar y propender porque las acciones de la institución se ajusten a la normatividad vigente, en coordinación con la Oficina de Control Interno.

4. Mantener la unidad doctrinaria en los actos y decisiones de la entidad.

5. Emitir y establecer las directrices jurídicas para la aplicación de las normas por parte de la entidad.

6. Vigilar permanentemente la hermenéutica jurídica con el propósito de mantener a la entidad actualizada en lo concerniente a las tendencias de la jurisprudencia sentada por las altas Cortes.

7. Compilar las normas legales, los conceptos, tanto internos como externos relacionados con la actividad de la entidad y velar por su actualización, sistematización y difusión. (...)

13. Realizar las investigaciones que en el campo jurídico requiera la entidad.

14. Elaborar y revisar los proyectos de ley, decretos y demás actos administrativos que guarden relación con las funciones del SENA.

15. Hacer seguimiento a la agenda legislativa del Congreso de la República, con el fin de identificar y monitorear los proyectos de ley que guarden relación con la entidad. (...)

18. Realizar en coordinación con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, procesos de divulgación dirigidos a los funcionarios de la entidad, para garantizar el respeto de los derechos y garantías constitucionales y legales de los ciudadanos usuarios de los servicios del SENA.

19. Coordinar con la Dirección de Formación Profesional y con los Centros de Formación Profesional Integral, la divulgación a los aprendices del SENA, de los principios y garantías constitucionales, como elemento fundamental de la formación profesional integral.

20 Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y aplicación de indicadores de gestión para los procesos de la dependencia y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la dependencia.

21. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continuada de los mismos en la dependencia.

22. Presentar al Director General los informes del área de su competencia.

23. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia."

Que con el fin de desconcentrar las funciones anteriormente referidas, se constituyeron en la Dirección Jurídica el Grupo Interno de Trabajo Permanente de Conceptos mediante Resolución SENA No. 1394 del 17 de Junio de 2004, y el Grupo de Trabajo Permanente de Producción Normativa mediante Resolución 1395 de la misma fecha;

Que la unidad doctrinaria de la entidad debe reflejarse no solamente en los pronunciamientos conceptuales de la Dirección Jurídica, sino también en los Actos Administrativos que ésta proyecte para la aprobación de la Dirección General y del Consejo Directivo Nacional;

Que debe existir una correlación permanente entre la actualización en materia jurisprudencial y doctrinaria con la normatividad expedida por la entidad;

Que existe una relación estrecha de retroalimentación constante entre el insumo conceptual a cargo del Grupo de Conceptos y la elaboración de reglamentaciones por parte del Grupo de Producción Normativa;

Que se debe integrar el sistema de compilación y consulta de conceptos y directrices jurídicas a cargo del Grupo de Conceptos con la compilación y actualización normativa del Grupo de Producción Normativa;

Que con el fin de integrar las funciones complementarias y estrechamente relacionadas del Grupo de Conceptos y el Grupo de Producción Normativa, se hace necesario consolidar en un solo grupo los procesos, funciones y planta de personal que integran los grupos en comento;

Que de conformidad con los anteriormente expuesto, el Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. INTEGRACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> Integrar el Grupo Permanente de Trabajo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa en la Dirección Jurídica del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA-.

ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013><Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución 914 de 2005. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Conceptos Jurídicos y Producción Normativa", estará conformado por la siguiente planta de personal, asignada a la Dirección Jurídica mediante la Resolución No. 00647 del 22 de abril de 2004:

- Dos (2) Profesionales de grado 13

- Un (1) Profesional grado 08

- Un (2) Profesionales de grado 06

- Un (1) Técnico grado 01

ARTÍCULO 3o FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> El Grupo Permanente de Trabajo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa tendrá las siguientes funciones:

1. Elaborar conceptos jurídicos de carácter general sobre materias que correspondan al giro normal de las actividades del SENA, en desarrollo de su misión institucional.

2. Elaborar los lineamientos a nivel nacional para la solicitud de conceptos jurídicos por parte de las dependencias del SENA.

3. Resolver las consultas jurídicas específicas presentadas por parte de las diferentes dependencias del SENA.

4. Resolver los Derechos de Petición de Consulta en materia Jurídica presentado por personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, en asuntos de competencia de la entidad.

5. Definir directrices jurídicas relativas a la interpretación de las normas jurídicas que interesen a la entidad, las cuales constituirán para todos los efectos la posición oficial del SENA.

6. Proponer circulares jurídicas a nivel nacional, en las cuales se dé a conocer a las dependencias interesadas, las definiciones, directrices y políticas jurídicas en diferentes aspectos de competencia del SENA.

7. Consultar permanentemente los avances jurisprudenciales y doctrinarios, a efectos de mantener actualizadas las interpretaciones, definiciones y decisiones del SENA en materia jurídica.

8. Dar a conocer a las diferentes dependencias de la entidad las líneas jurisprudenciales vigentes y los lineamientos doctrinarios que afectan las actividades y desarrollo de funciones al interior del SENA.

9. Crear y actualizar en forma permanente un sistema de consulta en entornos Web e Intranet que permita acceder a los diferentes conceptos de carácter general y particular emitidos por el Grupo de Conceptos, en coordinación con las Oficina de Sistemas y Comunicaciones de la Dirección General.

10. Compilar en forma permanente los conceptos jurídicos emitidos por la Dirección jurídica del SENA, así como aquello emitidos por entidades competentes en materia relacionadas con las actividades propias de la entidad.

11. Propender por la sistematización, actualización y difusión de los conceptos jurídicos internos y externos.

12. Efectuar las investigaciones de carácter jurídico que interesen a la entidad, y presentar informes sobre los resultados de los mismos al Director General, al Director Jurídico, o al Director de Área que así lo solicite.

13. Dar a conocer en las diferentes dependencias de la entidad los proyectos de Ley que afecten las políticas públicas y el rol funcional de la entidad, con el fin de que se presenten observaciones.

14. Recibir y estudiar propuestas e iniciativas de las difrentes <sic> áreas y Centros de Formación profesional en relación con las <sic> proyectos normativos relacionados con la entidad y sus funciones <sic>.

15. Adelantar gestiones para incluir obsrevaciones <sic> en los proyectos de Ley de interés para la entidad.

16. Proyectar en coordinación con las dependencias respectivas las reglamentaciones de carácter general que deba expedir el Consejo Directivo Nacional o el Director General.

17. Hacer seguimineto <sic> a la Agenda Legislativa del Congreso, con el fin de identificar y monitorear los proyectos de Ley que guarden relación con la entidad, mediante visitas periódicas con el fin de conocer el estado de los proyectos que cursan en el Congreso de la República, que por su contenido tengan relación directa o indirecta con la entidad.

18. Mantener actualizada una base de datos con los proyectos de ley que interesen a la entidad y adelantar las gestiones necesarias para la publicación en Web de los antecedentes del trámite legislativo de cada uno de ellos.

19. Elaborar y revisar junto con las áreas técnicas y financieras de la entidad y en coordinación con las entidades públicas involucradas, los proyectos de Ley, Decretos o demás actos administrativos de carácter general que sean de interés para la entidad.

20. Velar porque la normatividad del SENA se expida garantizando el respeto de los derechos y las garantías constitucionales de los ciudadanos usuarios del SENA.

21. Adelantar conjuntamente con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas procesos de divulgación de las garantías y derechos constitucionales dirigidos a los servidores de la entidad, con el fin de garantizar la protección de los mismos a los usuarios de los servicios de la entidad.

22. Adelantar conjuntamente con la Dirección de Formación Profesional y los Centros de Formación procesos de divulgación de las garantías y derechos constitucionales dirigidos a los alumnos de la entidad, como parte integral de su formación.

23. Determinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la formulación y aplicación de indicadores de gestión para los procesos del Grupo Interno de Trabajo Permanente de Conceptos Jurídicos, y responder por las metas y los indicadores de gestión contemplados en los planes indicativos y operativos, programas y proyectos de la Dirección Jurídica.

24. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por la mejora continuada de los mismos, en el Grupo Interno de Trabajo Permanente de Conceptos Jurídicos.

25. Presentar al Director Jurídico y Director General los informes que se requieran en desarrollo de las funciones asignadas mediante la presente decisión.

26. Las demás que le sean asignadas por el jefe inmediato y que correspondan a la naturaleza de los procesos del grupo.

27. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 915 de 2005. El nuevo texto es el siguiente:> Emitir lineamientos generales para la contratación y suscripción de convenios nacionales e internacionales.

28. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 915 de 2005. El nuevo texto es el siguiente:>

Sustanciar y preparar los actos administrativos cuando se presenten incumplimientos parciales o totales en la ejecución de los convenios, incluidos los convenios marco y los convenios derivados.

ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL COORDINADOR. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> El coordinador del Grupo Permanente de Trabajo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa contará con las siguientes funciones:

1. Suscribir los conceptos de carácter particular solicitados por las dependencias del SENA o en virtud del derecho de petición de consulta ejercido por persona natural o jurídica de carácter privado o particular.

2. Proyectar para la firma del Director Jurídico los conceptos, circulares y directrices de carácter general en materia jurídica al interior de la entidad.

3. Solicitar a las dependencias del SENA o a terceros los antecedentes, soportes, estudios y, en general, toda documentación necesaria para el estudio de las consultas presentadas.

4. Asignar a los servidores públicos vinculados a la planta de personal del grupo de conceptos, las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones asignadas al mismo.

5. Adelantar las gestiones para mantener actualizadas en forma permanente las fuentes bibliográficas y virtuales necesarias para el desarrollo de las funciones asignadas al grupo.

6. Adelantar las gestiones para la creación y actualización del sistema de consulta de normas y conceptos en entorno Web e intranet.

7. Coordinar todos los asuntos relacionados con los procesos de creación normativa al interior de la entidad.

8. Elaborar en coordinación con las áreas técnicas y financieras involucradas, los proyectos normativos que se someterán a consideración del Director General o el Consejo Directivo Nacional.

9. Coordinar el seguimiento a la agenda legislativa y la compilación de los antecedentes de los proyectos legislativos de interés para el SENA.

10. Adelantar las gestiones para que se incluyan observaciones o modificaciones dentro de los proyectos de Ley que cursan en el Congreso de la República de interés para la entidad, junto con las áreas técnicas y financieras del SENA y en coordinación con las entidades públicas involucradas.

11. Responder por las funciones asignadas al grupo de conceptos y producción normativa mediante la presente resolución.

12. Las demás que sean asignadas por la Dirección Jurídica.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> Designar al Doctor CARLOS ANDRÉS ORTIZ MARTÍNEZ, Profesional 08 de la Dirección Jurídica del SENA, para que ejerza las Funciones de Coordinación del Grupo Permanente de Trabajo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa, previstas en la presente Resolución.

ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> El Coordinador del Grupo firmará los documentos que se expidan en cumplimiento de las funciones asignadas en el Artículo Cuarto de la presente resolución.

ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> Modificar el Artículo segundo de la Resolución SENA No. 1393 del 17 de Junio de 2004, mediante el cual se determina la conformación del Grupo de Recursos y Peticiones, el cual quedará de la siguiente manera:

"El Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Recursos y Peticiones" estará conformado con la siguiente planta de personal, asignada a la Dirección Jurídica mediante Resolución 0647 del 22 de abril de 2004:

- Un Profesional Grado 13.

- Un Profesional Grado 11.

- Un Profesional Grado 08.

- Dos Técnicos Grado 07."

ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> Revocar el Artículo 4 de la Resolución SENA No. 1851 del 12 de agosto de 2004.

ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro, al Coordinador del Grupo de Gestión Humana, al Doctor Carlos Andrés Ortiz Martínez y al Doctor Andrés Gómez Roldán.

ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 1381 de 2013> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, deroga las Resoluciones SENA 1394 y 1395 del 17 de Junio de 2004 y revoca el Artículo 4 de la Resolución SENA No. 1851 del 12 de agosto de 2004.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los, 14 de septiembre de 2004

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

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Compilación Jurídica del SENA
ISBN : 978-958-15-0868-6 En línea
Última actualización: 
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