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RESOLUCIÓN 283 DE 2008

(febrero 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  2734 de 2009>

“Por la cual se crea el Grupo Interno de Trabajo de Líneas Tecnológicas en la Dirección de Formación Profesional”

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contempladas en los numerales 4, 23 del artículo 4 y artículo 32 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias;

Que el numeral 23 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA” determina como función del Director General del SENA; “Crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones”;

Que mediante Decreto 250 del 28 de enero de 2004, se modificó la planta de personal de la entidad;

Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determinó que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” (Negrillas fuera del texto original)

Que en el Plan Estratégico 2007 - 2010, en el Referente de prospectiva Institucional, se identifican las siguientes tendencias estratégicas, en relación con el capital humano: La Necesidad de una fuerza laboral altamente calificada capaz de dar soporte y consolidar la transformación y utilización intensiva del conocimiento, la tecnología y la innovación por parte del aparato productivo nacional y de los sectores estratégicos de la economía nacional; recurso humano con capacidad de movilidad tanto nacional e internacional como sectorial y con capacidad de adaptación y dominio en las nuevas tecnologías y la innovación; recurso humano con las capacidades, destrezas y habilidades necesarias para incorporar la formación a lo largo de la vida; necesidad de certificar y formalizar sus conocimientos, destrezas y habilidades, ya que los trabajadores no certificados tendrán cada vez más dificultades para encontrar y mantener una ocupación o trasladarse a otras ocupaciones.

Que tal y como se plantea en el Plan Estratégico, para desarrollar estas acciones es preciso trabajar bajo el sentido de la corresponsabilidad (matrices de corresponsabilidad), de manera que se integre y articule el quehacer institucional con un enfoque de trabajo por procesos, para responder efectivamente a los retos misionales expuestos en dicho Plan.

Que el SENA busca impulsar un nuevo modelo de Formación Profesional en el país, coherente con los actuales requerimientos de transformación y modernización del aparató productivo colombiano y con los retos que impone la sociedad del conocimiento, por lo cual se promueve el trabajo bajo cinco Líneas Tecnológicas que se han identificado como fundamentales para dar soporte a los procesos de aprendizaje, en los ambientes y escenarios cambiantes e interactivos de formación del SENA.

Que estas cinco Líneas Tecnológicas se priorizaron teniendo en cuenta que son las que mayor dinámica tienen y están fuertemente relacionadas con la gestión de la formación para el trabajo y con la misión del SENA, comprendidas en:

1. TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (TIC) - GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN,

2. DISEÑO,

3. PRODUCCIÓN Y TRANSFORMACIÓN,

4. MATERIALES Y HERRAMIENTAS

5. CLIENTE.

Estas cinco Líneas Tecnológicas, deben incorporarse en los programas de formación y evidenciarse en las competencias, habilidades y capacidades de los aprendices y egresados del SENA. Estas Líneas Tecnológicas tienen asociadas veinticinco (25) tecnologías que se consideraron fundamentales para aumentar la productividad y la competitividad del país. Una vez analizada la caracterización de los Centros de Formación de la Entidad y su mapa tecnológico, se conformaron veinticinco (25) redes de Centros de Formación por tecnologías.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE LÍNEAS TECNOLÓGICAS.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Crear en forma permanente el Grupo Interno de Trabajo de LÍNEAS TECNOLÓGICAS en la Dirección de Formación Profesional.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE LÍNEAS TECNOLÓGICAS.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Serán funciones del Grupo Interno de Trabajo de Líneas Tecnológicas las siguientes:

- Establecer los lineamientos para orientar, asesorar y apoyar a las redes de Centros de cada línea tecnológica, en la implementación de la estrategia de trabajo por redes, garantizando la máxima utilización de los recursos humanos, físicos y tecnológicos de cada Centro de Formación.

- Vigilar que la implementación de esta estrategia, fortalezca la especialización de los Centros de Formación y consolide el posicionamiento tecnológico del SENA como motor para el desarrollo del país.

- Generar y aplicar los instrumentos definidos para el seguimiento a la operación de las redes de los Centros, los cuales serán validados y aprobados por el Director de Formación Profesional.

- Articular la gestión de la estrategia de redes de Centros, con todas las instancias de la Entidad que se requiera, en especial las Direcciones de Área de la Dirección General.

- Buscar la operatividad de las redes, a través de indicadores de ejecución, gestión, eficiencia.

- Hacer seguimiento a los resultados del impacto de la implementación de la estrategia de trabajo por redes, teniendo en cuenta el instrumento definido previamente por las Direcciones de Planeación y Formación y tomar los correctivos del caso para garantizar el posicionamiento de los Centros.

- Propender para que la estrategia de redes se materialice en nuevos programas de formación, modernización de los ambientes de aprendizaje y la adecuada capacitación del recurso humano.

- Propender por la permanente actualización e incorporación de tecnologías de última generación.

- Propender por la utilización de las TIC en los Centros de Formación como principal herramienta para la ejecución de la estrategia de redes.

- Supervisar y dinamizar que las redes respondan con pertinencia a las demandas de formación requeridas por el sector productivo.

- Orientar, asesorar y apoyar a los Gestores de cada red en la planeación, coordinación y ejecución de las actividades de su red.

- Promover el trabajo colaborativo, el liderazgo tecnológico, la asimilación y construcción conjunta de conocimientos tecnológicos y pedagógicos entre los Gestores de red.

- Coordinar que las acciones que desarrolla cada red, estén encaminadas a la construcción colectiva de una prospectiva tecnológica que permita observar los cambios y tendencias en la aplicación de nuevos conocimientos en las actividades económicas asociadas a la tecnología de la red.

- Las demás que le sean asignadas y que correspondan a su naturaleza.

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ARTÍCULO 3o. CONFORMACIÓN DEL GRUPO DE LÍNEAS TECNOLÓGICAS. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> El Grupo de Líneas Tecnológicas, estará a cargo de un Coordinador designado por el Director General del SENA en acto administrativo separado, y lo conformarán los siguientes servidores públicos de la planta de personal de la entidad asignados a la Dirección de Formación Profesional, que desarrollarán las funciones aquí establecidas, así:

No
Cargos
Denominación
Cargo
GradoFuncionario
1Asesor
07Carlos Darío Martínez
1Asesor
07Luz Dary Patiño
1Profesional
13Jairo Iván Marín
1Profesional
13Yolanda Martínez Gemade

PARÁGRAFO. Para el funcionamiento del Grupo Interno de Trabajo de Líneas Tecnológicas, se requiere contar con un grupo de contratistas externos de apoyo, además de los funcionarios asignados.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO 4o.  <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Comunicar a través del Grupo de Relaciones Laborales de la Secretaría General la presente Resolución a las Direcciones de Área de la Dirección General, Directores Regionales y Subdirectores de Centro para su conocimiento y fines pertinentes.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todos los actos administrativos que le sean contrarios.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 6 Feb. 2008

DARÍO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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