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ACUERDO 08 DE 1958

(mayo)

 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se aprueba el Título II del capítulo IV de los Estatutos, en el que se le señalan funciones al Asistente General de la Dirección Nacional del "SENA".

Resumen de Notas de Vigencia

EL CONSEJO NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE,

en uso de sus funciones legales y en especial de las que le señala el inciso 1o. del ordinal D del artículo 10 del Decreto Legislativo No. 0164 de 1957,

ACUERDA:

el Título II del Capítulo IV del Estatuto Orgánico del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, quedará así: TITULO SEGUNDO. DEL ASISTENTE GENERAL: ARTICULO VEINTE. La Dirección Nacional del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, tendrá un asistente General, cuyas funciones a más de las que se le asignen por reglamento, serán las siguientes:

1o. Ejercer el cargo de Secretario de Actas del Consejo Nacional y las funciones que éste le asigne inherentes a tal responsabilidad.

2o. Ejercer el cargo de Secretario del Comité de Planeación y de los comités o comisiones de asesoría o consulta que designe el Consejo Nacional, o que constituya el Director Nacional.

3o. Ejercer el cargo de Secretario de los Seminarios nacionales o internacionales que convoque el Servicio, para funcionarios o personas o entidades que con él mantengan relaciones.

4o. Asumir personalmente las funciones o representaciones que el delegue el Director Nacional con la aprobación del Consejo nacional.

5o. Suplir las faltas o ausencias temporales del Director Nacional, asumiendo sus funciones con la aprobación del Consejo nacional.

6o. Servir de coordinador Nacional de todas las actuaciones del Servicio, especialmente entre los funcionarios de la Dirección Nacional, entre sí, de éstos con las Direcciones Seccionales de la Dirección nacional entre sí; de éstos con las Direcciones Seccionales, de la Dirección Nacional con aquellas y del Consejo Nacional con los Consejos Seccionales.

7o. Ejercer las funciones de jefe de personal del SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, para lo cual someterá a la firma del Director Nacional los contratos de trabajo a que haya lugar, y rendirá informes, a solicitud de éste, sobre el cumplimiento y la conducta de los funcionarios del "SENA".

8o. El Asistente General asegurará la coordinación y la unificación de las instrucciones, los métodos y los programas a seguir por cada una de las Divisiones de la Dirección Nacional, con el objeto de evitar las interferencias, contraindicaciones o duplicaciones de trabajos.

 El Vice-Presidente del Consejo,

MARIO GALAN GOMEZ.

Secretario,

RICARDO BENEDETTI GONZALEZ.

ACTA NUMERO 20

Sesión de Junio 19 de 1958.

Siendo las cinco y treinta de la tarde, se reunieron en el salón de sesiones de la Dirección nacional los doctores Mario Galán Gómez, Iván Serna Vélez, Germán Escobar Ballestas; el Reverendo Padre Héctor Jaramillo Duque, y los señores Antonio Díaz y Héctor Cubillos, miembros todos del Consejo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, por citación que se les hizo previamente para esta reunión ordinaria, con el siguiente orden del día:

1o. Aprobación del Acta No. 00019 de fecha junio 4 de 1958.

2o. Autorización al Director Nacional para contratar en arriendo 5 locales del sexto piso del edificio donde funciona la Dirección Nacional.

3o. Estudio del presupuesto presentado por la Seccional de Cundinamarca.

4o. Estudio sobre el Estatuto Orgánico del Servicio Nacional de Aprendizaje.

5o. Aprobación del contrato por la cesión del edificio en el Centro Administrativo Oficial con el Ministerio de Obras Públicas. Bajo la presidencia del doctor Escobar Ballestas, del Consejo.

Sometido a discusión el Acuerdo, fue aprobado y quedó con el número 42.

El doctor Forero Navas habló para referirse a la cesión de la Granja Agrícola de Montería al "SENA", lo cual está pendiente de adelantar conversaciones con el nuevo Ministro de Agricultura. Se acordó que en próxima fecha los miembros del Consejo y el Director Nacional visitarían al citado funcionario. Se dio lectura a una carta de la Dirección Seccional de Caldas en la cual comunican la renuncia del doctor Luis Prieto Ocampo de la representación de la ANDI ante el Consejo Seccional y de la Presidencia de dicha entidad y fue aprobada proposición agradeciendo sus servicios y lamentando su retiro. Sobre el articular se informó que la ANDI había designado en su reemplazo al doctor Mario Vélez Escobar y que había sido elegido presidente de dicho Consejo el Presbítero Camilo Arbeláez Guzmán. El doctor Martínez Tono informó que después de detenidos estudios del asesor de formación Profesional señor Granier con la firma de Ingenieros y Arquitectos a quien fue encargada tal labor, parece ser que el edificio cedido al "SENA" por el Gobierno en el Centro Administrativo Oficial, no resulta económicamente aprovechable por los costos que ocasionaría su habilitación para el Centro de Aprendizaje Industrial, y las obras de saneamiento tales como alcantarillado, que serían necesarias, por lo que de confirmarse lo anterior, la Seccional de Cundinamarca deberá adquirir un lote apropiado para la construcción de dicha obra. Siguió el doctor Martínez diciendo que para las gestiones relacionadas con la adquisición del equipo docente para los Centros de Aprendizaje, calculado en un valor aproximado de US$ 2.000.000.oo, ya había adelantado conversaciones con el Ministro del Trabajo y otros funcionarios oficiales, acordándose dirigir un oficio al Ministro de Hacienda, firmado por todos los miembros del Consejo Nacional, solicitando la destinación de esa suma del aporte de $ 36.000.000.oo destinados a la importación de automotores.

Se acordó que en próxima sesión se daría lectura a dicho oficio y sería firmado por los miembros del Consejo. A solicitud del Asistente General se convino en convocar sesión extraordinaria y con esa única finalidad, para estudiar y aprobar los estatutos del Servicio Nacional de Aprendizaje, señalándose al efecto el viernes 19 del presente mes a las 5 de la tarde. Igualmente el Consejo legalizó la compra de una máquina de contabilidad con destino a la División Administrativa de la Dirección Nacional para la teneduría de libros que permita verificar rápidamente balances mensuales consolidados y llevar al día las anotaciones en el kárdex de aportantes.

Por último el Director Nacional manifestó que es conveniente adelantar gestiones con la Seccional de Cundinamarca para construir en el edificio que se proyecta para el Centro de Aprendizaje Administrativo y Comercial, en el último piso para destinarlo a las oficinas de la Dirección nacional. El Consejo autorizó al Director Nacional para dirigirse a la Seccional de Cundinamarca y adelantar las gestiones pertinentes. Agotado el orden del día y siendo las siete y media de la noche se levantó la sesión.

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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