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ACUERDO 34 DE 1991

(diciembre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por el cual se orientan las actividades de los Centros, Programas y Proyectos del SENA:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

en uso de sus facultades legales y en especial por las que le confiere el Decreto Ley 585 de 1991.

CONSIDERANDO:

Que el ordinal a) del numeral 3o del artículo 28 del Decreto Ley 585 de 1991 asignó al SENA la función de "Adelantar actividades de Formación profesional de conformidad con las normas vigentes, dirigida a transferir tecnología de utilización inmediata en el sector productivo; realizar programas y proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico y orientar la creatividad de los trabajadores colombianos"...

Que la misma norma faculta al Consejo Directivo Nacional de la Entidad, para determinar dentro de la estructura del SENA las unidades que desarrollan actividades de naturaleza tecnológica, al tenor de lo dispuesto en la Ley 29 de 1990.

Que el SENA requiere actualizar su capacidad de respuesta al sector productivo y a los trabajadores colombianos, dentro del nuevo esquema legal creado para impulsar el desarrollo científico y tecnológico del país.

ACUERDA:

ARTICULO 1o. Orientar los centros, programas y proyectos del SENA al desarrollo de actividades de formación profesional, dirigida a transferir tecnología de utilización inmediata en el sector productivo y realizar programas y proyectos de investigación aplicada y desarrollo tecnológico.

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ARTICULO 2o. Autorizar al Director General del SENA para que organice y disponga las unidades de la Entidad para cumplir el objetivo aquí señalado, de acuerdo con las necesidades del sector productivo y el desarrollo de cada una de ellas, dentro del esquema fijado por la Ley 29 de 1990, los Decretos Ley 393, 585 y 591 de 1991 y demás normas que los adicionen o modifiquen.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bogotá, a los diez (10) días del mes de diciembre /91.

FRANCISCO POSA DA DE LA PEÑA

Ministro de trabajo y seguridad social

ORLANDO GIRALDO GONZALEZ

Secretario

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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