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ACUERDO 48 DE 1967

(junio 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Con el fin de estimular y reconocer los esfuerzos y actividades que personas o entidades ha realizado para impulsar el desarrollo de los programas del EL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, en los diferentes sectores económicos y laborales, así como en distintos niveles técnico-administrativos

EL CONSEJO NACIONAL DEL "SENA"

ACUERDA:

Crear la Orden del Mérito de FORMACION PROFESIONAL la cual se regirá por el siguiente Reglamento:

1. LA ORDEN TENDRA TRES CATEGORIAS

a. Servicios Especiales

b. Servicios Distinguidos

c. Servicios Extraordinarios

2. CATEGORIA SERVICIOS ESPECIALES

2.1 Consistirá en una Medalla de Plata sobre cinta azul y Pergamino de Adjudicación.

2.2. Será concedida a todas aquellas personas que hayan prestado servicios desinteresados e importantes al SENA para el mejor cumplimiento de sus objetivos.

3. CATEGORIA DE SERVICIOS DISTINGUIDOS

3.1 Consistirá en una Medalla de Plata y Otro sobre cinta roja y Pergamino de Adjudicación.

3.2 Será concedida a todas aquellas personas que hayan realizado o impulsado importantes misiones de capacitación en beneficio del país, a través del SENA.

4. SERVICIOS EXTRAORDINARIOS

4.1 Consistirá en una Medalla de Oro sobre cinta verde y Pergamino de Adjudicación.

4.2 Será concedida a todas aquellas personas que hayan adelantado una vasta labor de Formación Profesional dentro de las orientaciones del SENA y se hayan convertido en promotores de la Formación como base del desarrollo.

Concordancias

5. ADJUDICACION

Para adjudicar la Orden en cualquiera de sus categorías se seguirá el siguiente procedimiento:

5. 1 El Director Nacional propondrá al Consejo Directivo Nacional los nombres de personas que merezcan la distinción.

5.2 La Comisión Permanente del Consejo rendirá informe al respecto.

5.3 El Consejo decidirá la adjudicación

5.4 La Orden será entregada en la fecha y sitio que la Directiva Nacional indique.

5.5 Esta Orden no podrá ser adjudicada a Directivos, Ejecutivos y empleados del SENA, en ejercicio de sus funciones.

6. CARACTERISTICAS

La Medalla reproducirá el Escudo del SENA. Tendrá un diámetro de 3.5 mts. La cinta tendrá una longitud de ocho centímetros y un ancho de 3.5 ctms.

En la parte superior de la cinta, llevará en el mismo metal de la medalla, una barra horizontal con la siguiente leyenda:

ORDEN DEL MERITO DE FORMACION PROFESIONAL y la Categoría en que se adjudica.

La Condecoración tendrá una longitud de un total de 11.5 ctms. El Pergamino de Adjudicación contendrá los motivos de la adjudicación y la fecha de decisión del Consejo.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE,

Dado en Bogotá, D.E., a los veintiún (21) días del mes de junio  

de mil novecientos setenta y siete (1967).

ALBERTO RAMIREZ SANCHEZ

El secretario del Consejo

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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