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ACUERDO 127 DE 1969

(diciembre 11)

 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por medio del cual se unifican las políticas en materia de otorgamiento de auxilios a las Regionales de escasos recursos financieros

EL CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL DEL "SENA"

en uso de sus atribuciones legales y estatutarias,

ACUERDA:

ARTICULO 1o. De conformidad con las políticas fijadas por la Corporación desde el año 1964 y teniendo en cuenta la necesidad de asegurar el normal funcionamiento de los programas de la entidad, establécense tres tipos de auxilios en favor de las Regionales de escasos recursos:

1. Auxilios Institucionales, destinados a las Regionales de escasos recursos financieros, para atender la operación de sus programas ordinarios de formación profesional.

2. Auxilios para Programas Nacionales, destinados a financiar la realización de proyectos no contemplados en la programación normal de cursos de la Regional.

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ARTICULO 2o. Los auxilios se concederán en todo caso cuando los programas a realizarse respondan a necesidades reales de capacitación de mano de obra y hayan sido aprobados por la Dirección General y el Consejo Directivo Nacional.

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ARTICULO 3o. El presente Acuerdo rige desde la fecha de su expedición.

ENRIQUE PAREJO GONZALEZ

el secretario del consejo

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Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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