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CIRCULAR 5 DE 2016

(enero 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Bogotá D.C.,

Para:Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores Grupo Apoyo Administrativo Mixto y Administradores Fondo Nacional de Vivienda SENA
Asunto:Convocatoria Vivienda Vigencia 2016

Cumpliendo con el objetivo del Fondo Nacional de Vivienda y contribuir con la solución de las necesidades de vivienda que presenten los servidores públicos del SENA afiliados al mismo, cordialmente me permito informar que el Comité Nacional de Vivienda autorizó la apertura de la Convocatoria de Vivienda para la presente vigencia 2016, para tal efecto se enuncia a continuación los criterios a tener en cuenta:

- LAS MODALIDADES Y CUANTÍAS MÁXIMAS A PRESTAR:

MODALIDADCUANTÍA MAXIMA A PRESTAR HASTA
Compra de vivienda construida o de lote para construir.$ 137.890.800
Construcción de vivienda, en lote de propiedad del servidor público.$ 137.890.800
Liberación total o parcial del gravamen hipotecario, sobre la vivienda del servidor público, siempre y cuando haya sido constituida con ocasión de su adquisición o construcción.$ 137.890.800
Mejoras locativas en la vivienda de propiedad del servidor público.$ 48.261.780

- CALENDARIO DE ADJUDICACIÓN DE LOS CRÉDITOS DE VIVIENDA:

Presentación de solicitudes25 de enero al 12 de febrero de 2016
Estudio de solicitudes15 febrero al 29 de febrero de 2016
Reunión Comité Nacional Convencional y Regionales, estudio solicitudes Trabajadores Oficiales y formulación recomendaciones1 de marzo al 11 de marzo de 2016
Publicación de listados14 al 16 de marzo de 2016
Reclamación y revisión de solicitudes17 al 21 de marzo de 2016
Respuesta a reclamaciones y publicación de nuevos listados22 al 28 de marzo de 2016
Aprobación créditos Comité Nacional de Vivienda y Comités Regionales de Vivienda29 marzo al 6 de abril de 2016
Notificación de los créditos7 al 15 de abril de 2016

- REQUISITOS MÍNIMOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN

Los servidores públicos interesados en participar en la convocatoria, deben tener en cuenta lo siguiente:

1. Pueden participar en la convocatoria los servidores públicos (Empleados Públicos y Trabajadores Oficiales) con sus cesantías administradas por al Fondo Nacional de Vivienda, que ingresaron al SENA antes deI 2 de febrero de 1998.

2. Los montos a prestar están ligados a la capacidad de pago y endeudamiento demostrada desde el momento de la inscripción a la Convocatoria. La capacidad de pago es aquella que permita satisfacer las obligaciones que contraiga el servidor público beneficiado con un crédito hipotecario del Fondo Nacional de Vivienda del SENA, sin comprometer más del treinta por ciento (30%) de la asignación básica mensual, la cual debe ser expedida y debidamente legalizada por el Coordinador de Grupo Apoyo Administrativo Mixto para Regionales o Coordinador de Grupo de Administración de Salarios para el caso de Dirección General.

3. Los empleados públicos para optar a un nuevo crédito deben haber cancelado la totalidad del préstamo anterior y debe haber transcurrido por lo menos un (1) año a partir de la cancelación del mismo.

4. Los Trabajadores Oficiales podrán optar por un nuevo crédito de vivienda, cuando hayan cancelado el 70% del préstamo anterior.

NOTA: Los Administradores de Vivienda deberán verificar lo señalado en los numerales 3 y 4 a través de la consulta de expediente de vivienda de cada participante y/o a través del servidor público competente que lo certifique (Contador o Coordinador del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto)

5. A los servidores públicos afiliados al Fondo Nacional de Vivienda del SENA se les podrá adjudicar máximo cuatro (4) créditos hipotecarios, bien sean ordinarios o especiales, sin limitación a la modalidad a la que desee presentarse.

6. Los beneficiarios de la convocatoria de vivienda 2015, que no utilizaron el crédito de vivienda dentro del término y fueron sancionados oor los Comités Regionales de Vivienda, de acuerdo-a lo señalado en el Artículo 25 del Acuerdo No. 0012 de 2014, no podrán participar en la presente convocatoria de Vivienda.

7. Los criterios de evaluación: hijos a cargo, padres a cargo y madre o padre cabeza de familia deberá ser demostrada a través del Formato GTH-F-078 Declaración Juramentada dependencia económica establecida para tal fin y será calificada como se establece en el Acuerdo 0012 de 2014.

8. El Formulario para la solicitud de Crédito de Vivienda GTH-F-012 Formato único Solicitud crédito hipotecario, puede ser descargado del link, http://compromiso.sena.edu.co/,para lo cual debe ingresar su usuario y contraseña.

Es de aclarar que los documentos asociados al Procedimiento GTH-P-005 Administración Fondo Nacional de Vivienda SENA, son de obligatoria aplicación, por tanto, deben ser conocidos por todos los servidores públicos que requieran iniciar o adelantar algún trámite con el Fondo Nacional de Vivienda y cada Regional debe prestar asesoría que requiera en el tema.

De manera atenta, agradezco adelantar las gestiones pertinentes para divulgar oportunamente en las Regionales y Centros de Formación la presente convocatoria, adoptando las medidas pertinentes para el cabal cumplimiento de la misma, garantizando que todos los servidores públicos afiliados al Fondo Nacional de Vivienda del SENA, interesados en participar, conozcan los requisitos y tengan acceso al formulario de solicitud.

Cualquier inquietud con gusto será atendida en las Regionales y Centros de Formación Profesional por los Administradores de Vivienda respectivos y en la Dirección General por Juan Camilo Barrera Forero del Grupo de Vivienda de la Dirección General del SENA, en el correo electrónico vramirez@sena.edu.co jcbarreraasena.edu.coo al teléfono 5461500, IP 12157.

Cordial saludo,

MILTON NUÑEZ PAZ

Secretario General del SENA

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