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CIRCULAR 29 DE 2019
(marzo 4)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN Y COORDINADORES DE APOYO ADMINISTRATIVO.
Asunto: Estrategias para la depuración y baja de bienes muebles inservibles u obsoletos del SENA, semestre 2019-1.
La Dirección Administrativa y Financiera en cumplimiento de sus funciones, establecidas en el artículo 15 del Decreto 249 de 2004, en especial los numerales: "(... )2.Dirigir, coordinar, controlar y ejecutar los procesos y actividades requeridas en la Entidad para la administración de los recursos físicos, financieros, y prestación de servicios generales, con criterios de eficiencia y eficacia" y "16. Establecer y aplicar normas, procedimientos y técnicas requeridos para las bajas de bienes muebles, el manejo y control de inventarios (... ) ". Con el fin de adelantar la oportuna y debida depuración de los bienes muebles de la Entidad, informa la implementación de la estrategia denominada "Bajatón", de la cual se comparten a continuación las indicaciones y directrices:
1. Generalidades
a. La estrategia denominada "Bajatón", consiste en términos generales en adelantar los procesos de baja de bienes inservibles u obsoletos de la Entidad, manera simultánea en la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación del SENA a nivel nacional, con el fin de atender a una meta consolidada con fecha límite primera semana de julio de 2019.
b. Las actividades concernientes a la estrategia objeto de la presente circular, serán orientadas y controladas a nivel nacional por la Dirección Administrativa y Financiera a través del Grupo de Almacenes e Inventarios de la Dirección General.
c. Las políticas, directrices y gestiones para la baja de bienes, son las establecidas en la Resolución 0911 de 2017, en la Guía para la Administración y Control de Bienes de la Entidad (GIL-G-003), disponible en Compromiso y de forma transitoria las que se incluyan en la presente circular.
2. Cronograma
Las actividades propias de la estrategia, deberán ser adelantadas por cada Dirección Regional y Centro de Formación de acuerdo a los tiempos establecidos en el siguiente cronograma:
3. Orientación, acompañamiento y seguimiento
Para todas las etapas de la actividad, durante su ejecución de acuerdo al cronograma fijado, las Direcciones Regionales y Centros de Formación de la Entidad en el nivel nacional, contarán con la orientación, acompañamiento y seguimiento del Grupo de Almacenes e Inventarios de la Dirección General, con quienes podrán comunicarse a través de correo electronico a las cuentas bajadebienes@sena.edu.co y ydurana@sena.edu.co, de igual forma vía telefonica a los siguientes números de IP: 12782 Y 12802.
4. Disposiciones especiales en materia de vehículos
Para la baja y disposición de vehículos, deberán tenerse en cuenta las siguientes disposiciones y consideraciones:
4.1 Cancelación De Matricula Parque Automotor
Con base en la información suministrada por el Aplicativo CRM - Parque Automotor, se recomienda a los Directores Regionales y Subdirectores de Centro de Formación con parque automotor bajo su responsabilidad, evaluar la baja y cancelación de matrícula de los vehículos de modelo 1999 y anteriores, para lo cual deberán analiza las condiciones de seguridad, mecánicas y de circulación de cada vehículo en el marco de lo establecido en los artículos 27 al 33 del Capítulo III, de la ley 769 de 2002, en lo concerniente a condiciones de cambio de servicio, condiciones técnico-mecánicas, de gases y de operación; equipos de prevención y seguridad; dimensiones y pesos; salida de emergencia, condiciones de la carga y permiso para carga; así como lo dictado en la ley 1383 del 2010 "Porta cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones". Adicionalmente se recomienda establecer un análisis costo-beneficio de dichos vehículos entre la necesidad de servicio cubierta por los mismos y el costo de mantenimiento anual que demanda tenerlos en circulación; considerando los tiempos que estos requieran para las reparaciones y mantenimientos dada su antigüedad.
Es responsabilidad de cada Regional y/o Centro de Formación que decida la baja de los vehículos con destino cancelación matrícula vía desintegración (chatarrización), adelantar las gestiones pertinentes y garantizar el cabal cumplimiento de lo establecido en el capítulo 5 "Cancelación de la matrícula de un vehículo" de la Resolución N° 12379 de 2012 expedida por el Ministerio de transporte.
4.2 Orientación en materia de parque automotor
El acompañamiento y orientación al respecto de disposición del parque automotor, serán brindados por el Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones a través del correo electrónico nlemus(5)sena.edu.co o vía telefónica en la IP. 12262.
WILSON JAVIER ROJAS MORENO
Director Administrativo y Financiero
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0029_2019.pdf>