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CIRCULAR 37 DE 2019

(marzo 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES, COORDINADORES MISIONALES, COORDINADORES ACADÉMICOS, RESPONSABLES DEL PROGRAMA "ARTICULACION CON LA MEDIA", RESPONSABLES DE ADMINISTRACION EDUCATIVA.
Asunto:Orientaciones vigencia 2019 Programa Articulación con la Media-Doble titulación.

La Dirección de Formación Profesional en su función de asesorar al MEN, a través del Programa Articulación con la Media, ahora denominado en el Plan Nacional de Desarrollo "Doble Titulación", se encuentra comprometido en generar ajustes a los lineamientos establecidos; para ello se han venido realizando reuniones de carácter técnico, los cuales se extenderán hasta el término del año incluyendo consulta con los territorios.

Mientras los lineamientos de operación son ajustados, consensuados y dados a conocer, la Dirección de Formación Profesional emite esta circular que orienta sobre el quehacer inmediato, precisando algunos aspectos ya establecidos tanto en los procedimientos, como en la Resolución 1113 de 2017 -Manual de Articulación. Dado lo expuesto y teniendo en cuenta la meta para el cuatrienio (2018-2022), que asciende a 650.000 aprendices certificados en este programa, agradecemos cuidadosa lectura e inmediata aplicación de esta circular.

Concordancias

GESTIÓN CONTRACTUAL

Corresponde a las Direcciones Regionales fortalecer el seguimiento técnico, administrativo, jurídico y financiero de los convenios en todas sus etapas (pre Convencional, convencional, y post Convencional) y asegurar el debido proceso en la operatividad y el cumplimiento de los compromisos establecidos entre las partes.

Los Centros de Formación, junto con la Institución Educativa Articulada, deben diseñar el Plan Operativo Anual (POA), amplio y comprensivo que defina con exactitud fechas y responsable de las tareas a ejecutar, donde se evidencie el esquema de ejecución del convenio con el cronograma de actividades anuales previsto para tal fin y las siguientes con mayor detalle:

- Socialización a la comunidad educativa (Padres de Familia, estudiantes grado 9o) donde se informa las generalidades del SENA,

- Trabajo de pares académicos (IE- SENA) para articulación curricular y planeación pedagógica.

- Procedimiento de Ingreso (calendario académico, número de cupos, número de grupos, registro de aspirantes en SOFIA PLUS, entrega de solicitudes para matrícula, carnetización de aprendices).

- Ejecución de la Formación: fecha de inicio, inducción, horarios, periodos de transferencia técnico pedagógico, seguimiento y evaluación (etapas lectiva y productiva).

- Comité de seguimiento y evaluación para casos académicos y disciplinarios.

- Procedimiento de certificación académica.

- Solicitud de cupo para cadena de formación.

- Evaluación y seguimiento de compromisos para siguiente vigencia.

A la luz del Decreto 092 de 2017, la renovación de convenios de asociación con Instituciones Educativas sin ánimo de lucro procede hasta que los aprendices con formación en desarrollo concluyan el programa articulado. Se requiere la no celebración de nuevos convenios en el año 2019, hasta tanto no se entregue lineamientos por parte de la Dirección Jurídica y la Dirección de Formación.

ALISTAMIENTO

El alistamiento con las Instituciones Educativas Articuladas, y aquellas que presentan intención de articulación, debe iniciar en grado 9o. En este lapso de tiempo, corresponde a los Centros de Formación verificar el cumplimiento de las condiciones y requisitos del convenio anterior; en caso de no cumplimiento por parte de la Institución Educativa, las partes deben verificar los planes de mejora y del cumplimiento de estos estos, depende la continuidad del programa para la siguiente vigencia.

Los requisitos del alistamiento deben estar enmarcados en:

1. Análisis de pertinencia: Los programas SENA a ofertar deben responder principalmente a los intereses vocacionales de los jóvenes, el mercado laboral de la región y los análisis de prospectiva.

2. Viabilidad técnica: El Coordinador Académico responsable del programa, junto con el equipo a cargo, debe revisar, aprobar, y hacer seguimiento al cumplimiento de requisitos exigidos a la Institución Educativa articulada en materia de: infraestructura, maquinaria, equipos, talleres, laboratorios, condiciones de seguridad industrial y salud ocupacional, condiciones ambientales, entre otros.

3. Planeación de actividades: es necesario que la planeación de actividades queden consignadas en el Plan operativo Anual (POA), suscrito entre las partes. Estas actividades deben dar referencia al cumplimiento de las obligaciones contractuales de cada parte según lo referenciado en gestión contractual (numeral anterior).

4. Contratación de Instructores: dentro del alistamiento se debe tener en cuenta que al no ser programados Instructores de planta, la contratación de los Instructores debe cumplir con lo establecido en el Plan de acción 2019 y el Manual de Articulación del SENA con la Educación Media en cuanto a: Perfil establecido en los diseños curriculares de los programas de Formación ( Instructores SENA y docentes de la IE), la programación de acuerdo a las horas establecidas según el carácter de la IE (Académico, Técnico y Privado) tanto para la etapa lectiva, seguimiento a la etapa productiva, transferencia y seguimiento técnico pedagógico.

5. Jornada Única: Según el análisis del decreto 501 de 2016 y 2105 de 2017 expedido por el MEN, se establece 8 horas para la formación técnica, si bien hay contradicción entre los decretos y el manual de Articulación del SENA, se debe concertar con la Institución Educativa los espacios para lograr las 3 horas faltantes. El cumplimiento de estas horas, se debe concertar en la vigencia inmediatamente anterior con IE de acuerdo a su dinámica y al cumplimiento de las 11 horas semanales establecidas para el desarrollo de las competencias específicas del programa de formación, las horas en la articulación del currículo y lo establecido en las obligaciones contractuales existentes.

INGRESO

El Ingreso de estudiantes a ser aspirantes y aprendices SENA, le corresponde una serle de actividades, las cuales se especifican a continuación:

1. Calendario Académico: Corresponde al responsable de Administración Educativa de las Regionales y de los Centros de Formación, en conjunto con el Coordinador Académico y el responsable del programa, realizar por esta vigencia, la creación del calendario académico con las actividades de registro, inscripción y matrícula de los aspirantes. La actividad de registro debe cobijar los estudiantes del grado 9o o aspirantes que iniciaran la media técnica en la siguiente vigencia.

Una vez se consolide el calendario, corresponde al Centro de Formación socializarlo con las ETCE (Entidades Territoriales Certificadas en Educación) y las Instituciones Educativas y realizar seguimiento al cumplimiento del mismo.

2. Sensibilización: Los Centros de Formación deben iniciar socialización de la iniciativa en el mes de Septiembre para colegios calendario A, y en el mes de Mayo para colegios calendario B. Aplica tanto para las Instituciones Educativas Articuladas, como para aquellas que presenten intención de articulación. Esta sensibilización debe dar a conocer las características del Programa de Articulación, el proceso formativo SENA, el programa de formación y los compromisos de las partes.

3. Registro e Inscripción: El Registro en el aplicativo SOFIA Plus, es responsabilidad directa del aspirante, con lo cual se garantiza la integridad y veracidad de los datos registrados. El registro e inscripción solo puede ser realizado por el Centro de Formación, en el caso que exista limitante confirmada de acceso a tecnología o personas en condición de discapacidad, asegurando el acompañamiento por parte del aspirante.

Para el registro e inscripción de los aspirantes extranjeros, se tendrá en cuenta lo definido en la circular 108 del 30 de mayo de 2018, específicamente en el punto 1, literal b y punto 2.

4. Caracterización de la ficha: Corresponde a los Centros de Formación garantizar la correcta caracterización de las fichas asociadas al programa. Tener en cuenta para la caracterización lo siguiente:

- Tipo de oferta: debe denominarse " Especial Social"

- Tipo de solicitud: Articulación con la Media

- Nombre de la Institución Educativa: para asegurar apropiada selección, identificar la Institución Educativa vía código DAÑE. Tener como referencia la información de la base de datos del Ministerio de Educación, la resolución de aprobación de estudios o licencia de funcionamiento donde indica la modalidad (técnica o académica) y corroborar municipio y dirección de ubicación.

- Nivel de Formación: Técnico

- Tipo De Formación: No a la Medida

- Modalidad: Presencial

- Estado en Sofía Plus: En Ejecución

- Fecha de inicio y finalización de la ficha calendario A: Marzo 30 a Noviembre 30

- Fecha de inicio y finalización de la ficha calendario B: Septiembre 1 del año en curso a Junio 30 del año 3.

- Fecha límite de creación de fichas: último día hábil del mes Febrero para calendario A y último día hábil del mes de Septiembre para calendario B.

5. Matricula: Para mayor control de la información en el proceso de matrícula, evitar alumnos asistentes en los ambientes de aprendizaje y matriculas extemporáneas, se debe solicitar a la Institución Educativa Articulada, la entrega de comunicado con solicitud de apertura de fichas, certificando la aprobación de grado 99 y la matrícula de los aspirantes en grado 109, anexando los listados de los estudiantes con los documentos solicitados según el procedimiento de ingreso en SIGA. Este comunicado debe estar firmado por el rector o representante legal y radicada en el Centro de Formación correspondiente.

La fecha máxima para matrícula de aprendices en el sistema de información SOFIA PLUS será el 30 de marzo de 2019 para calendario A y 31 de octubre para calendario B. Las solicitudes que reciba el Centro de Formación fuera de las fechas establecidas, se consideran como Matrículas Extemporáneas y solo aplica para:

- Estudiantes con inconveniente en su documento de Identidad en el aplicativo SOFIA,

- Duplicidad en el número o existencia de matrícula previa en el SENA por supuesta suplantación

- Promoción anticipada.

La Fecha límite para recibir la matricula extemporánea por la Coordinación de Administración Educativa en Dirección General, es el 30 de Abril calendario A y 31 de Noviembre calendario B, para lo cual se debe anexar el soporte que evidencien los casos anteriormente mencionados: acta de comité con solicitud de matrícula extemporánea, Solicitud de la Institución Educativa, copia de documento de identidad del Aprendiz, copia de resolución de promoción anticipada, entre otros. Aprendices no matriculados en los tiempos señalados, NO serán considerados beneficiarios del Programa Articulación con la Media y por tanto no podrán asistir a la ejecución del programa de formación en calidad de asistentes.

6. Carnetización: una vez sea legalizada la matricula, el Centro de Formación debe programar la jornada de carnetización de los aprendices vinculados.

EJECUCIÓN DE LA FORMACION

Para dar inicio a la ejecución de la formación, corresponde a los Centros surtir el procedimiento de Gestión Contractual, concertar el Plan Operativo Anual (POA), y cumplir las acciones descritas en el aparte "Ingreso" antes descrito.

Como complemento a esto se debe asegurar:

- La correcta y oportuna articulación de las mallas curriculares (plan de estudios de la institución educativa vs. resultados de aprendizaje según competencias del programa de formación).

- Planeación pedagógica por programa y proyecto.

- Programación de Instructores, grupos, ambientes de aprendizaje y materiales de formación, según requerimientos del programa.

Programación en SOFIA Plus de los Instructores, ambientes y grupos de acuerdo al proyecto formativo y ruta de aprendizaje.

- Cargue correcto y oportuno del evento de formación en SOFIA Plus.

- Inducción de los aprendices según Circular No. 1-3-2019-000011.

- Valoración de las evidencias (desempeño, producto y conocimiento), Portafolio de Evidencias para Coordinación, Instructor y aprendices teniendo en cuenta las herramientas tecnológicas LMS y Físicas.

- Registro oportuno de los juicios evaluativos según la articulación curricular y la planeación pedagógica,

- Registro oportuno de las novedades académicas, en cumplimiento del procedimiento dispuesto en el Reglamento del aprendiz.

- El Centro de Formación en concertación con la Institución Educativa Articulada, debe garantizar la ejecución y seguimiento oportuno de la etapa productiva; el seguimiento a la afiliación y pago a la ARL, de acuerdo a las obligaciones pactadas en la suscripción del convenio con la IE o ETCE, teniendo en cuenta Capitulo II, Artículo 4, punto 2 del Decreto 055 de 2015, lo cual aplicará para todas las alternativas de etapa productiva.

- Corresponde a las Regionales y Centro de Formación generar estrategias para iniciar la implementación o total cobertura de la Política y Lineamientos de Fomento del Bienestar y Liderazgo del Aprendiz para los Aprendices del Programa de Articulación del SENA con la Educación Media emitidos por el grupo de Bienestar al Aprendiz de Dirección General.

CERTIFICACIÓN:

1. Establecer cronograma de actividades para la Certificación académica según procedimiento establecido en SIGA. Se debe garantizar la certificación de los aprendices activos teniendo en cuenta la actualización de los datos básicos del aprendiz, en el año fin de la formación.

CADENA DE FORMACIÓN:

1. Los Centros de Formación deben posibilitar que los egresados del programa de articulación con la media, continúen en cadena de formación según oferta educativa disponible, cupos, capacidad instalada, etc.

2. Los Centros de Formación deben Incluir en el Plan de Acción Anual, actividades de divulgación en Instituciones Educativas Articuladas, sobre beneficios de cadena de formación y ruta de acceso.

Cordial Saludo,

Farid de Jesus Figueroa Torres

Director de Formación Profesional

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0037_2019.pdf>

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