Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CIRCULAR 38 DE 2022
(febrero 21)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: | COORDINADORA GRUPO DE RELACIONES LABORALES DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE GRUPOS REGIONALES DE TALENTO HUMANO Y EN SU DEFECTO, DE LOS GRUPOS DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO. |
ASUNTO: | Concursos para cargos de Trabajador Oficial en Ley de Garantías Electorales |
El artículo 32 de la Ley 996 de 2005 de “Garantías Electorales”, suspende “cualquier forma de vinculación que afecte la nómina estatal, en la Rama Ejecutiva del Poder Público, durante los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la realización de la segunda vuelta, si fuere el caso”.
En vigencia de esta restricción no se podrán crear nuevos cargos ni proveer las vacantes definitivas, salvo en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa, es decir, en caso de nombramientos en período de prueba de quienes hayan sido seleccionados en los concursos de méritos adelantados por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Esta prohibición aplica también para la provisión de cargos de Trabajador Oficial del SENA, sin embargo, la mencionada Ley no restringe la gestión y desarrollo de los concursos de mérito durante el periodo de restricción, por lo cual encontramos procedente la reactivación de los concursos para vacantes de Trabajador Oficial hasta la fase de personal no vinculado, de acuerdo con las siguientes orientaciones:
Se podrán entonces desarrollar las siguientes fases:
A) Aviso de traslado horizontal
B) Solicitud de elegibilidades de personal vinculado
C) Convocatoria para personal vinculado
D) Solicitud de elegibilidades de personal no vinculado
E) Convocatoria para personal no vinculado.
Estas fases deberán desarrollarse con cronogramas amplios, de manera que la suscripción del contrato se produzca después de la terminación de las restricciones de la Ley de Garantías Electorales.
La Regional convocante es responsable de dar cumplimento a las medidas de bioseguridad
para prevenir y mitigar la propagación de la COVID - 19, aplicando la normatividad emitida por el gobierno nacional, departamental y municipal, así como aplicar los protocolos y lineamientos del SENA.
La responsabilidad del desarrollo de estos concursos de acuerdo con la Convención Colectiva y los lineamientos del SENA, reposa en cada Dirección Regional, en la Coordinación del Grupo Regional de Talento Humano, y en su defecto del Grupo de Apoyo Administrativo Mixto, así como en el Comité Convencional de la Regional convocante.
Las inquietudes sobre los concursos para cargos de Trabajador Oficial serán respondidas en el correo del Grupo de Relaciones Laborales relacioneslaborales@sena.edu.co, y las relacionadas con la aplicación de los protocolos de bioseguridad, en el correo del Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo gruposst@sena.edu.co
Cordial saludo,
VERÓNICA PONCE VALLEJO
Secretaria General