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CIRCULAR 39 DE 2023

(febrero 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá

PARA:Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación Profesional, Coordinadores Administrativos Regionales, Empleados Públicos Administrativos y Trabajadores Oficiales
ASUNTO:Lineamientos ejecución Plan Institucional de Capacitación 2023

De conformidad con los lineamientos del Departamento Administrativo de la Función Pública – DAFP y la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP, la Secretaría General del SENA, a través de Grupo Formación y Desarrollo del Talento Humano GFDTH, formuló el Plan Institucional de Capacitación -PIC- 2023, el cual se encuentra publicado en la página web del SENA y contiene de manera clara su estructura y orientaciones. https://www.sena.edu.co/es- co/transparencia/Paginas/plan-institucional-de-capacitacion.aspx

Es preciso indicar que el Grupo Formación y Desarrollo del Talento Humano tiene a cargo la capacitación de los Servidores Públicos administrativos y trabajadores oficiales (carrera administrativa, libre nombramiento y remoción, trabajadores oficiales, planta temporal y provisionales) de todos los grupos ocupacionales diferente a instructores. Por otra parte, la Escuela Nacional de Instructores se encarga de la capacitación de Instructores SENA, así como de su inducción y reinducción.

Para garantizar que el PIC 2023 se ejecute en forma efectiva y se optimicen los recursos, se hace necesario hacer las siguientes precisiones acerca de su desarrollo:

Plan de Capacitación

1. El pasado 2 de diciembre se remitió a los Coordinadores de Talento Humano y homólogos de capacitación el PIC 2023, el cual contiene los parámetros para su ejecución, así como el consolidado de funcionarios inscritos y las temáticas a nivel nacional para ser ejecutadas por las regionales.

2. Cada una de las regionales debe llegar al 80% de ejecución del PIC, como mínimo, teniendo en cuenta que el objetivo del plan siempre será impactar el 100% de los Servidores Públicos. A esta meta desde el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Dirección General se le realizará un seguimiento mensual a través de los formatos GTH-F-025, GTH- F-133 y GTH-F-055 que se compartirán a cada Coordinador de Grupo de Gestión del Talento Humano a nivel nacional.

3. El cumplimiento de la meta de funcionarios capacitados hace parte del indicador del Gerente Público de su Regional, razón por la cual la ejecución del PIC y el alcance de la meta propuesta afectará la calificación en los acuerdos de gestión de sus directores regionales.

4. Para la ejecución del PIC a nivel regional, en la Resolución de Apertura No. 1-00001 de 2 de enero 2023 se asignaron recursos por el Rubro C-3699-13-00-14-0-3699058 -02 REC 10, los cuales tienen destinación específica para capacitación. Es importante indicar que los recursos se dividirán en cupos de capacitación propiamente dichos y gastos de viaje capacitación, este segundo uso cubre los gastos asociados al desplazamiento de los funcionarios que se encuentran vinculados a centros fuera de la cabecera regional hasta dicha ciudad, por lo cual deben aplicarse las indicaciones de austeridad del gasto para la contratación y gestión de los recursos.

5. De manera adicional es preciso que se tenga en cuenta que, por el carácter anual de los recursos destinados a la ejecución del Plan Institucional de Capacitación, no es posible gestionar reservas presupuestales con cargo a los contratos realizados durante la vigencia y se debe garantizar que las acciones de capacitación sean ejecutadas en el plazo establecido que máximo debe ser el 15 de diciembre de 2023.

6. Desde la Dirección General se ejecutarán las acciones de capacitación para los funcionarios administrativos de: Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Chocó, Cundinamarca, Distrito capital, Guainía, Guaviare, Putumayo, Vaupés y Vichada, sin embargo, estas regionales deben realizar seguimiento a la asistencia de sus funcionarios a las acciones de capacitación para que cumplan la meta de capacitación y gestionen los gastos de capacitación requeridos de acuerdo con el presupuesto que se les asigne.

7. Es importante aclarar que las actividades o acciones a ejecutar en el marco del Plan de capacitación deben ser las contenidas en el diagnóstico del PIC 2023, de acuerdo con la inscripción realizada por los funcionarios, la cual encuentran en el formato en línea Ejecución PIC GTH-F-025 de cada regional en la pestaña “Respuestas Encuesta PIC 2023”. Las actividades adicionales deben ser solicitadas a la Coordinación del GFDTH para evaluar su pertinencia, con un plazo mínimo de treinta (30) días de anticipación a su realización adjuntando los debidos soportes y justificaciones.

8. Con el fin de desarrollar el PIC regional 2023, cada una de estas deberá evaluar en primera instancia su oferta SENA (centros de formación, colaboración de instructores o áreas, convenios o alianzas) y posteriormente las temáticas que no tengan oferta interna, deberán ser gestionadas por cada regional para que se ejecuten, atendiendo la normatividad en contratación y austeridad del gasto.

9. Los procesos de contratación en las regionales deben iniciarse en el mes de febrero y antes del 10 de marzo del 2023, deben registrarlo en el formato en línea “Cronograma de Capacitación PIC 2023” asignado a cada regional, donde proyectaran los avances contractuales que realizaran cada mes hasta la posible fecha de contratación, para dar respuesta a las organizaciones sindicales en cumplimiento al punto 5.3 "...La Dirección General y las Regionales elaborará e iniciará el cronograma de la contratación de acuerdo con la normatividad vigente, y lo entregarán a las organizaciones sindicales dentro de los primeros quince días de marzo.

10. Cada regional programará en la vigencia dos capacitaciones para los servidores públicos de la entidad, de las cuales al menos una será presencial, y serán ejecutadas de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de cada vigencia, teniendo en cuenta lo siguiente: Para el grupo ocupacional Instructor una (1) capacitación técnica específica y una (1) pedagógica o en competencias básicas (claves y transversales), de acuerdo con la naturaleza de la red de conocimiento. Para los Instructores que se desempeñan en el Área Temática de Coordinación Académica, se definirán acciones de capacitación en temáticas propias de sus funciones. Para los grupos ocupacionales diferentes a instructor, el SENA programará capacitación orientada al mejoramiento del desempeño laboral y el desarrollo de competencias que contribuyan para que el empleado pueda aplicar a las convocatorias de ascenso en la carrera administrativa. Dentro del Plan Institucional de Capacitación del SENA se incluirá la realización de programas y talleres dirigidos a impartir formación a los servidores públicos en materia de negociación colectiva lo anterior en cumplimiento a lo contenido en la Resolución 01-00032 de 12 de enero de 2022 “Por la cual se acoge el Acuerdo Colectivo suscrito entre el SENA y las organizaciones sindicales SINDESENA, SETRASENA, SINSINDESENA, UNALTRASENA, COSSENA y SIIDSENA, con vigencia desde el 1° de enero de 2022, en el Capítulo 5 se acordó “Se unen 5.2., 5.4. y 5.10. El SENA, en los años 2022 y 2023”

11. Los subprogramas de Inducción y Reinducción se realizarán de acuerdo con lo contenido en el Plan Institucional de Capacitación 2023. Teniendo en cuenta lo contenido en la Resolución 01-00032 de 12 de enero de 2022 “Por la cual se acoge el Acuerdo Colectivo suscrito entre el SENA y las organizaciones sindicales SINDESENA, SETRASENA, SINSINDESENA,UNALTRASENA, COSSENA y SIIDSENA, con vigencia desde el 1° de enero de 2022” Dentro de la agenda de inducción o reinducción se incluirá un espacio de dos horas y media para que intervengan los sindicatos firmantes del presente acuerdo que tengan subdirectiva en la respectiva Regional; la distribución de este tiempo será definido entre esas organizaciones sindicales y se la comunicarán a la administración nacional o regional que esté organizando el evento.

Para los Trabajadores oficiales tener en cuenta únicamente las siguientes instrucciones:

1. Uno de los propósitos del Plan Institucional de Capacitación 2023 para los Trabajadores Oficiales de conformidad al artículo 40 de la Convención Colectiva de Trabajos es: "Ampliar los conocimientos, desarrollar las habilidades y aptitudes del personal en servicio para mejor desempeño de las funciones que se le asignen, así como otros cursos no relacionados con el cargo”

2. Las acciones de capacitación se programarán directamente desde el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano GFDTH, quienes enviarán la invitación a cada funcionario inscrito, a través del correo electrónico institucional; indicándoles fecha, hora, plataforma, modalidad, intensidad horaria y demás detalles del evento.

3. Los homólogos de capacitación en las regionales serán responsables de realizar las gestiones para el desembolso de gastos de viaje por capacitación, para lo cual disponen de los recursos en el Rubro C-3699-13-00-14-0-3699058 -02 REC 10, ordinal 020202006 alojamiento, comidas y transporte y 020202009 para cupos de capacitación.

4. Los trabajadores oficiales invitados deberán diligenciar el formulario acta de compromiso: formato GTH-F-023, el cual pueden descargar de http://compromiso.sena.edu.co/. Se recuerda que deben diligenciar la totalidad del formulario sin errores, enmendaduras o tachones; este debe ser firmado tanto por el funcionario beneficiario de la capacitación como por su jefe inmediato. Este formato se debe adjuntar en el enlace que determine la invitación, en formato PDF. Las dudas respecto al diligenciamiento y cargue de la información, deberán ser atendidas por el homólogo de capacitación de la regional a la que pertenezca el funcionario.

Las inquietudes al respecto de la ejecución del PIC 2023 deben ser tramitadas directamente con Sonia Maria Díez Oñoro smdiezo@sena.edu.co; Andrea Milena Rozo amrozo@sena.edu.co

LYDA ZAMIRA GONZÁLEZ LÓPEZ

Secretaria General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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