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CIRCULAR 94 DE 2011

(abril 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá, D.C.

PARA:EMPLEADOS PÚBLICOS, TRABAJADORES OFICIALES, PENSIONADOS, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
ASUNTO:Convocatoria para acceder a apoyos económicos en el Marco de los Convenios de Contraprestación de Servicios con Instituciones de Educación Superior 2-2011

Dando cumplimiento a lo establecido en la Resolución 03588 de 2010 de la Dirección General del SENA, del 28 de abril al 16 de mayo de 2011 estará abierta la convocatoria para que los empleados públicos, trabajadores oficiales y pensionados de la Entidad en lo que corresponda puedan participar en:

LA ASIGNACIÓN DE CUPOS PARA ADELANTAR PROGRAMAS DE PREGRADO EN EL MARCO DE LOS CONVENIOS DE CONTRAPRESTACIÓN DE SERVICIOS:

1.1. Participantes:

a) Los trabajadores oficiales del SENA, los hijos de empleados públicos o de trabajadores oficiales o de pensionados del SENA que aspiren a iniciar y/o continuar su carrera universitaria en:

- El Colegio Mayor de Cundinamarca.

- Universidad Gran Colombia.

b) Los trabajadores oficiales del SENA, los hijos de empleados públicos o de trabajadores oficiales o de pensionados del SENA que vengan siendo apoyados económicamente por la entidad para que puedan continuar su carrera universitaria en fas siguientes instituciones:

- Universidad Santo Tomás.

- Universidad Central.

- Universidad Católica.

- Universidad Autónoma de Colombia.

- Universidad Antonio Nariño.

- Universidad Manuela Beltrán.

En este sentido es importante resaltar que NO SE RECIBIRÁN NUEVAS SOLICITUDES DE INGRESO para las entidades señaladas en el literal b. debido a que los convenios no tienen contraprestaciones vigentes a favor del SENA.

1.2. Requisitos:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Resolución No. 03588 de 2010:

a) Los empleados deberán tener mínimo un (1) año de vinculación al SENA en cargos de libre nombramiento y remoción o estar en carrera administrativa.

b) Demostrar en el caso de los hijos de empleados y pensionados que dependen económicamente de estos, así mismo tener máximo 25 años de edad a la fecha de cierre de la presente convocatoria - o sea al 16 de mayo de 2011 - y así mismo que no se es beneficiario del Auxilio Educativo durante la respectiva vigencia.

c) No se apoyará más de una vez el mismo periodo, semestre o año.

d) Tratándose de continuidad se debe acreditar que el beneficiario no ha perdido materias y que su promedio de calificaciones es de 3.5. sobre 5.0 (o Ea escala equivalente).

e) Los hijos de empleados y pensionados podrán acceder solamente a un programa de pregrado en jomada diurna salvo que demuestren que el programa académico es ofrecido únicamente de manera nocturna.

f) Para el caso de los Trabajadores Oficiales se observará lo señalado en la Convención Colectiva de Trabajo.

En todo caso para garantizar cobertura de los apoyos económicos únicamente se otorgará un (1) cupo por empleado o pensionado.

1.3. Procedimiento:

a) Los aspirantes deberán llenar el “Formato único para solicitud de cupo en universidades con convenio” (SOCUC1) para luego radicado según corresponda en la Dirección General, en las Direcciones Regionales o en las Subdirecciones de Centro hasta el 16 de mayo de 2011.

b) Al formato anterior se le deberá anexar copia del registro civil de nacimiento del aspirante o fotocopia del carné del servicio médico asistencial del SENA.

c) Los Directores Regionales y los Subdirectores de Centro deberán analizar, consolidar y reportar la información al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano de la Secretaría General del SENA antes del 23 de mayo de 2011 para lo cual emplearán el “Formato Único para consolidación de solicitudes de cupos en Universidades con Convenio” (SOCUC2) remitiendo además los respectivos soportes.

1.4. Publicación de resultados y reclamaciones:

a) Del 30 de mayo al 3 de junio de 2011 el Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, los Directores Regionales y Subdirectores de Centro fijarán en las carteleras de la institución, el listado de solicitudes de apoyo, detallando los que clasificaron y los que no cumplieron con los requisitos establecidos, con el ánimo de garantizar publicidad y transparencia de la presente convocatoria.

b) Del 30 de mayo al 3 de junio de 2011 los solicitantes podrán hacer reclamaciones por escrito, ante el Coordinador del Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano, en las Direcciones Regionales o en las Subdirecciones de Centro donde presentaron su solicitud de apoyo.

1.5. Notas finales:

a) Las solicitudes que no cumplan estrictamente con los requisitos dentro de los términos de esta convocatoria, serán rechazadas.

b) La asignación de cupos se realizará teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos en cada uno de los convenios -observando principios de igualdad- luego que las universidades envíen el reporte académico correspondiente al primer semestre de 2011.

c) La adjudicación de apoyos económicos a los trabajadores oficiales se efectuarán con recomendación del Comité Convencional (Artículo 45 de la Convención Colectiva de Trabajo SENA- SINTRASENA 2003-2004)

d) Los términos y condiciones de esta convocatoria se deberán aplicar a nivel Regional en el marco de los convenios con Instituciones de Educación Superior de carácter local.

En el caso de los Trabajadores oficiales (NO SUS HIJOS) que deseen iniciar o continuar sus estudios en Instituciones de Educación Superior con las cuales no se tenga ese tipo de Convenios, se recibirán sus solicitudes para estudio con el Comité Convencional Nacional.

Finalmente pare cualquier inquietud o información adicional, sin excepción, le sugerimos comunicarse con Martha Yaneth Ortiz León en el correo electrónico mortizl@sena.edu.co IP 13115.

Cordialmente,

JUAN BAYONA FERREIRA

Secretario General

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