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CIRCULAR 118 DE 2020
(julio 3)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: | DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN |
ASUNTO: | Tramite de Vigencias Futuras |
Para una ejecución presupuestal oportuna teniendo como base el principio de "planeación presupuestal" previsto en el Decreto 111 de 1996, mediante este documento se imparten directrices para presentar la solicitud de trámite de Vigencias Futuras para proyectos de impacto nacional.
La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo (DPDC), se encargará de realizar los trámites respectivos ante los entes externos como el Ministerio de Trabajo, el Departamento Nacional de Planeación (DNP) y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP).
Los tipos de tramites de Vigencias Futuras que se tramiten ante esta dependencia corresponde a Vigencias Futuras para Contrataciones Nuevas, Vigencias Futuras de Sustitución y Prorroga y Reprogramación de Vigencias Futuras, para ello ha dispuesto el documento DE-l-011 Instructivo de Vigencias Futuras que se encuentra en la plataforma Compromiso, en el cual se especifica los requisitos a tener en cuenta para presentar el trámite ante esta dependencia.
Es importante resaltar que, la DPDC no tramita solicitudes de Vigencias Futuras que superen el mes de Julio de 2022, a no ser que hayan sido declarados previamente de importancia estratégica por el Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), no se autoriza tramites de Vigencias Futuras para la Contratación de Servicios Personales Indirectos.
El área responsable encargada del tema validará y consolidara en la Dirección General la información a Nivel Nacional para realizar un único trámite ante DPDC, no se dará tramite a solicitudes formuladas directamente por los Centros de Formación y Regionales.
Es importante, que las áreas contemplen dentro de sus cronogramas que el trámite de Vigencias Futuras puede tener una duración entre uno a dos meses dada la validación de los entes externos mencionados anteriormente, por tanto, se recomienda a las áreas de la Dirección General planear y remitir con suficiente anticipación su solicitud a la Dirección de Planeación, así como también prever los tiempos y la posibilidad que los procesos sean declarados desiertos y que deben salir de nuevo, con el fin de garantizar la ejecución de los recursos según lo planteado. Por esta razón solicitamos que los documentos se presenten a esta Dirección lo más pronto posible para evitar traumatismo al final de la de la vigencia.
Por otra parte, cabe resaltar que una vez aprobada la vigencia futura el plazo para utilizarse vence en la vigencia que se solicita. Por lo tanto, el área de la Dirección General responsable de la ejecución, deberá enviar mediante comunicación radicada la validación del uso de las Vigencias Futuras a su cargo en el formato DE-F- 034, tan pronto como se haya efectuado el registro del compromiso de Vigencias Futuras en el aplicativo SIIF Nación.
Por último, teniendo en cuenta que la Circular Externa 015 de 2020 expedida de manera conjunta por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección de Inversiones y Finanzas Publicas, Indica que: "Se suspende la evaluación y aprobación de autorizaciones de vigencias futuras, salvo aquellas que previamente tengan aval fiscal por parte CONFIS y las ordinarias que resulten esenciales para el funcionamiento de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación". Se hace necesario que en los documentos de justificación del trámite se Incluya la debida argumentación para Indicar que el objeto a contratar es esencial para el funcionamiento de la entidad.
JUAN FERNANDO LÓPEZ MEJIA
Director de Planeación
y Direccionamiento Corporativo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0118_2020.pdf>