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CIRCULAR 120 DE 2020

(julio 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA: SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCION GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DEL SENA.
ASUNTO: Austeridad del gasto.

De manera atenta les solicito dar estricto cumplimiento a las normas y directrices emitidas hasta la fecha sobre austeridad para la rama ejecutiva del orden nacional, en especial la Directiva Presidencial No. 09 de 2018 y la Circular Externa No. 15 de 2020 del "Ministerio de Hacienda y Crédito Público" y el "Departamento Nacional de Planeación - DNP", así como adoptar las medidas de seguimiento, control y ajuste que sean necesarios para su adecuada aplicación en todas las actuaciones administrativas, programas y proyectos institucionales que gestionen, dentro de una "política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad que debe prevalecer en la rama ejecutiva del orden nacional" (Transcrito de la Directiva 9 de 2018).

Cada ordenador del gasto debe conocer y aplicar todas las normas y directrices de austeridad emitidas por el Gobierno Nacional que sean aplicables al SENA, así como las siguientes:

1. PLANTA DE PERSONAL:

a) Racionalizar la programación y el pago de horas extras a las que sean indispensables, definiendo previamente los mecanismos para verificar su ejecución y hacer el seguimiento correspondiente para certificar solamente el cumplimiento de las que se hayan ejecutado efectivamente.

b) Garantizar el costo cero de la planta de personal, reduciendo 1,5 contratos de prestación de servicios con personas naturales por cada cargo asignado al Centro de Formación en virtud de los Decretos 552 y 553 de 2017.

c) No acumular ni interrumpir las vacaciones causadas.

2. VIÁTICOS - EVENTOS - CAPACITACIONES:

Teniendo en cuenta las restricciones establecidas por las autoridades nacionales, regionales y locales por la emergencia sanitaria del COVID-19, los desplazamientos y las reuniones, capacitaciones y eventos presenciales están restringidos; se deben utilizar medios tecnológicos sin poner en riesgo la salud de los colaboradores de la entidad; sólo podrán realizarse presencialmente cuando sean indispensables y estén debidamente justificados y documentados, cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad y de seguridad y salud en el trabajo, atendiendo las disposiciones que emitan las autoridades competentes al respecto.

3. SERVICIOS PERSONALES:

Mediante la Circular No. 01-3-2020-000068 del 14 de abril de 2020 se suspendió en el SENA el trámite y la firma de nuevos contratos de prestación de servicios con personas naturales durante dos (2) meses, por lo cual ese periodo finalizó el 14 de junio de 2020; a partir de esa fecha los mencionados procesos contractuales no requieren la autorización adicional que establecía dicha circular, sin embargo, deben cumplir las normas y directrices de austeridad, y las siguientes:

a) Contratar únicamente el personal indispensable, garantizado la prestación del servicio bajo las condiciones establecidas o que se establezcan por la emergencia sanitaria.

b) Priorizar la contratación de personal con protección constitucional y legal reforzada.

c) Para la Contratación de Instructores, se deben tener en cuenta las metas de formación profesional 2020, incluidos los ajustes realizados, al igual que la adecuada programación de los instructores de planta y de los actuales contratistas, atendiendo la normatividad vigente para el caso.

d) Tomar en consideración las posesiones de los servidores públicos que se han hecho en la planta de personal y las que se harán en virtud de la Convocatoria 436 de 2017, con el fin de aplicar el "costo cero" por los Decretos 552 y 553 de 2017, que implica la reducción de contratos de prestación de servicios personales.

4. OTRAS RECOMENDACIONES:

a) La contratación de tóner y combustible debe obedecer a las necesidades y demanda actual, bajo las condiciones de la emergencia sanitaria.

b) Uso racional del papel, imprimiendo solo aquellos documentos que sean indispensables.

Cordial saludo,

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0120_2020.pdf>

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