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CIRCULAR 126 DE 2011

(mayo 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO.
Asunto:Afiliación Obligatoria de Contratistas del SENA al Sistema General de Riesgos Profesionales y su Verificación Administrativa.

Por medio de la presente les reitero que las personas que suscriben contratos de prestación de servicios con el SENA deben estar afiliados al Sistema General de Riesgos Profesionales, además del los Sistemas de Salud y Pensiones.

Esta afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales la debe hacer el contratista ante la ARP, diligenciando el formulario con sus datos personales, anexando copia del contrato, copia del documento de identidad y copia del último pago o certificado de afiliación a la Entidad Promotora de Salud, EPS y de la Administradora del Fondo de Pensiones, AFP.

El SENA, a través del Coordinador del Grupo de Relaciones Laborales ó del Coordinador del Grupo Administrativo Mixto en las Regionales o Centros de Formación, diligenciará el campo correspondiente al empleador o Entidad contratante.

Copia del formulario de afiliación, debe ser entregada al Supervisor del contrato en un plazo no mayor a 48 horas a partir de la legalización de dicho contrato y este debe hacer parte de los documentos obligatorios del expediente contractual, por lo cual el trabajador independiente, no podrá iniciar las actividades propias del contrato sino al día siguiente al de la afiliación a la ARP POSITIVA.

La Afiliación a la ARP debe hacerse de manera inmediata a la firma y legalización del contrato, pues de lo contrario se constituye en el incumplimiento de una de las obligaciones del contrato y expone al SENA a asumir riesgos que cubren las ARP.

Les recuerdo además, que son requisitos obligatorios previos a suscribir contratos de prestación de servicios, verificar la afiliación al Sistema Integral de Seguridad Social (Sistema General de Seguridad Social en Salud, Sistema General de Pensiones y Sistema General de Riesgos ¡profesionales), así como aportar al expediente contractual los siguientes documentos: Certificado de Antecedentes Penales del DAS, Certificado de Antecedentes Fiscales de la Contraloría General de la Nación, Certificado de Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, Registro Único

Tributario, así como el formato único de Hoja de Vida de Persona Natural y el formato único de Declaración Juramentada de Bienes y Rentas del Departamento Administrativo de la Función Pública debidamente diligenciados.

El pago de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) lo debe realizar él trabajador independiente o contratista a través de la Planilla Integral de Liquidación dé Aportes o por planilla asistida.

La vigencia de afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales que se origina a partir de la formalización y legalización de un contrato de prestación de servicios entre el contratista y el SENA, finaliza con la fecha de culminación de dicho contrato. En el caso en que se suscriba un nuevo contrato, el trabajador independiente debe renovar inmediatamente su afiliación a la ARP diligenciando un nuevo formulario de afiliación, siguiendo el procedimiento descrito anteriormente y pagar periódicamente y de manera oportuna los aportes correspondientes.

En este sentido los trabajadores independientes deben acercarse a las oficinas de afiliación de la ARP Positiva y diligenciar el formato de afiliación cada vez que se inicia un nuevo contrato de prestación de servicios. Es necesario, que los contratistas que no hayan realizado este proceso, anexen la copia de la radicación de afiliación a la ARP, así como el pago del aporte respectivo.

Es obligación del Supervisor del contrato, verificar el cumplimiento de la afiliación y el pago de la cotización, sin los cuales se reitera, no podrá realizarse la gestión del pago de los honorarios correspondiente, de conformidad con lo establecido por el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007; por ende, para fines de control les solicito que entre los documentos que deben aportar los contratistas para el pago en este mes de mayo, se acompañe también la fotocopia de la afiliación a la ARP.

Cordialmente,

JUAN BAYONA FERREIRA

Secretario General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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