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CIRCULAR 151 DE 2023

(agosto 23)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE-SENA

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN, COORDINADORES DE GRUPOS REGIONALES DE GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO, Y EN SU DEFECTO, COORDINADORES DE LOS GRUPOS DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO DEL SENA
ASUNTO:Comunicación y divulgación - Resolución No 1- 01565 de 2023

De manera atenta remito para su conocimiento y aplicación, copia de la Resolución No 1-01565 de 2023 "Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 4017 de 2009".

Mediante esta resolución, se establece que "Los servidores públicos que desempeñen cargos de instructor, en propiedad o en encargo, no podrán conformar el Grupo de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas en los Centros de Formación Profesional, ni ser coordinadores de estos grupos". Con excepción de los "funcionarios que, por efectos de la reestructuración del SENA realizada en el año de 1996, desempeñaban los cargos de Jefe 01 a 04, conservarán su condición de coordinadores y por tanto, podrán ser objeto de asignación de las funciones señaladas en esta Resolución, si voluntariamente a sí lo manifiestan y aceptan".

Así mimo establece que, "para los cargos de instructor que actualmente hagan parte de los Grupos de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas en los Centros de Formación Profesional, los respectivos Subdirectores de Centro deberán adoptar las medidas y expedir los actos necesarios en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario contados a partir de la expedición del presente acto administrativo, a efectos de continuar cumpliendo sus funciones conforme a lo establecido en el Decreto 1426 de 1998 y el Manual Específico de Funciones y de Competencias del SENA".

Por esta razón, realizado los ajustes establecidos en la Resolución No 1-01565 de 2023, cada Centro de Formación, debe reportar a los Coordinadores de Talento Humano, y en su defecto los Coordinadores de los Grupos de Apoyo Administrativo Mixto:

a) Resolución vigente del grupo de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas de los Centros de Formación Profesional.

b) Integrantes del grupo de trabajo.

c) Nombre e identificación del empleado público que será designado como Coordinador del grupo de trabajo.

d) Formato GTH-F-226 V2 (Formatos Grupos Internos de Trabajo), debidamente diligenciado.

Esta Información debe ser enviado a los Coordinadores de Talento Humano, y en su defecto los Coordinadores de los Grupos de Apoyo Administrativo Mixto, a más tardar el 14 de septiembre de 2023, en donde se debe consolidar la información de los Centros en un solo archivo, que será remitido el 20 de septiembre de 2023 al grupo de relaciones laborales al correo electrónico relacioneslaborales@sena.edu.co, con copia a los correos rblanco@sena.edu.co y haguilar@sena.edu.co

Las inquietudes y ampliaciones de información sobre el tema objeto de esta circular serán atendidas por Hernán Aguilar Castro del grupo de Relaciones Laborales de la Secretaría General, al correo electrónico hagullar@sena.edu.co

Cordial saludo,

KATERINE GRIMALDOS ROBAYO

Secretaria General

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