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CIRCULAR 168 DE 2012

(17 abril)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

PARA: SECRETARIA GENERAL DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES DE GRUPO

Asunte: Decreto No. 734 de 2012

La Dirección Juríd4ca, en ejercicio de las funciones previstas en el numeral 8° del artículo 16 del Decreto No. 249 de 2004, esto es: "Entitir lineamientos para la contratación,..", de manera atenta se permite comunicar que el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 734 de 2012 de fecha 13 de abril de 2012, "Por el cual se reglamenta el Estatuto General de Contratacián de la Administración y se dictan otras Disposiciones"

El Decreto en mencién tuvo entre otras la siguiente consideración:

"„.Que en vista de lo anterior, es indispensable que el Gobierno Nacional expida un Reglamento del Estatuto Generai de Contratación de la Administración Pública, en et cual se reeojan, en un solo euerpo normativo, las reglas necesarias para el adelantamiemo de los procesos contractuales, de los contratos y otros asuntos relacionados con las mismas y que, en atencitin a la dínámlca de la materia a reglamentar, permita las actualizaciones y ajustes contimuts neeesarios..."

En virtud de lo anterior quedaron derogadas en su integridad las disposiciones vigentes de las siguientes normas: Los decretos 679 de 1994, 287 de 1996, 2170 de 2002, 1896 de 2004, 2166 de 2004, 066 de 2008, 1170 de 2008, 2474 de 2008, 3460 de 2008, 4828 de 2008, 4444 de 2008, 4533 de 2008, 127 de 2009, 490 de 2009, 931 de 2009, 2025 de 2009, 2493 de 2009, 3806 de 2009, 3576 de 2009, 1039 de 2010, 1464 de 2010, 247 de 2010, 3844 de 2010, 4266 de 2010, 2516 de 2011, 3485 de 2011 así como las demás normas que le sean contrarias, y subroga aquellas reproducidas expresamente en el presente decreto.

Por lo tanto es necesario que todos los ordenadores del gasto y quienes participan de una u otra forma en los procesos de contratación,conozcan las disposíciones que contempla. el Decreto 734 de 2012 y le den cabal cumplimiento.

Cordialmete,

HERNANDO ALBERTO GUERRERO GUIO

Director Jurídico

  
  
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