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CIRCULAR 188 DE 2014

(octubre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Bogotá, D.C.

Para: Directores Regionales, Subdirectores de Centros de Formación Profesional, Coordinadores Misionales de Formacion Profesional y Empleo

Asunto: Transferencia de Tecnología Convocatoria DG-002 de 2014

De manera atenta les informamos que en desarrollo de la Convocatoria DG-002 de 2014 del Programa de Formación Continua Especializada, el Consejo Directivo Nacional del SENA aprobó 47 proyectos de empresas y/o gremios ubicados en diferentes regiones del país, previa viabilidad técnica de la Comisión Nacional de Proyectos.

De acuerdo con lo anterior, varias de estas empresas y gremios desarrollarán su formación a nivel nacional.

De otro lado, el artículo 9 del Acuerdo 00005 de 2014 "Por el cual se aprueban las directrices de la Formación Continua y los criterios generales para orientar los recursos de la Ley 344 de 1996, modificado por el Art. 32 de la Ley 1607 de 2012..." establece: "El SENA determinará en los pliegos de cada una de las convocatorias, las diversas formas en que pueda darse la transferencia de tecnología a la Entidad..."; en el mismo sentido el numeral 8.6.15 del Pliego de la Convocatoria fijó las alternativas de transferencia para cada uno de los proyectos aprobados, como a continuación se expresa:

a) Cupos para Beneficiarios SENA: El proponente asignará como mínimo el cinco por ciento (5%) de los cupos por acción de formación, para personal que el SENA designe, conforme a las necesidades que la Entidad determine.

b) Capacitación con Expertos: Es aquella formación teórica o teórico-práctica que se hace sobre un tema específico que aplique al SENA. Para ello, a través de la regional correspondiente se coordinará el perfil de beneficiarios, temas, horarios, lugar y fechas de la formación. En esta modalidad el proponente capacitará a mínimo el cinco ciento (5%) del total de los cupos contemplados en el proyecto, para personal que el SENA designe.

c) Pasantías especializadas para instructores y/o aprendices del SENA: Es el desarrollo de experiencias teórico – prácticas, para el conocimiento de procesos y procedimientos al interior de la empresa. Para ello, a través de la Regional SENA correspondiente se coordinará el desarrollo de la misma, teniendo en cuenta que es una estrategia importante para el fortalecimiento del capital humano de la Entidad. Esta actividad deberá ser acorde al tamaño de la empresa, cuya duración nunca será inferior a un (1) mes, sin que pueda exceder el 29 de diciembre de 2014.

A nivel nacional, esta transferencia asciende aproximadamente a 1.800 cupos de formación para el SENA, mediante las diversas formas establecidas en el pliego y que se mencionan anteriormente.

En ese sentido, el numeral 11 de la cláusula cuarta de los convenios suscritos en el marco de la Convocatoria DG-002 de 2014, contempló como obligación del Conviniente efectuar la transferencia de tecnología, de conformidad con lo definido en el pliego de condiciones de la convocatoria, lo establecido en el proyecto aprobado y previa coordinación con el SENA. Con ocasión de esta obligación y con el fin de garantizar el aprovechamiento de la transferencia de tecnología, es deber del SENA coordinar con las empresas la forma en que se realizará la misma.

Teniendo en cuenta que para lograr el cumplimiento de las metas es indispensable la colaboración de los Directores Regionales, Coordinadores Misionales de Formación Profesional y Empleo, y Subdirectores de los Centros de Formación Profesional, de manera atenta solicitamos su apoyo para realizar a través del Responsable del Programa en la respectiva Regional, las siguientes actividades:

1. Coordinar mediante acta y de manera conjunta con el Conviniente, la Regional y los Asesores del Grupo de Formación Continua SENA, un plan de transferencia de conocimiento y tecnología, conforme a los intereses y requerimientos de la Entidad y las capacidades del proponente. Este plan deberá tener, como mínimo:

  • Objetivo de la transferencia
  • Alternativa seleccionada
  • Beneficiarios de la transferencia
  • Cobertura y cronograma de ejecución.

En caso de considerarse pertinente la modificación de la transferencia inicialmente aprobada en el proyecto, ésta deberá enmarcarse dentro de las alternativas mencionadas anteriormente. Este análisis deberá constar en el acta respectiva.

2. Buscar los mecanismos para asegurar que el recurso humano seleccionado para recibir la transferencia de tecnología (personal de planta, contratistas, aprendices del SENA o personas inscritas en el Servicio Público de Empleo), participe de manera activa en las diferentes acciones de formación que se dicten en la respectiva Región.

3. Informar oportunamente a la Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo, cuando no cuente con el recurso humano para participar en la formación, de modo que esta Dirección pueda adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la meta.

4. Mantener comunicación permanente con los Asesores del Grupo de Formación Continua especializada, adscrito a esta Dirección (Anexo listado).

Cualquier inquietud, estaremos atentos a resolverla.

Cordial Saludo,  

RENATA LOZADNO BELTRAN

Directora (E) Sistema Nacional de Formación para el Trabajo

Proyectó: Ma. Teresa Rocha G.

Revisó: Christian Vite D.

NOMBRE ASESORPBX (091)
5461500
IP
CORREO ELECTRONICO
Renata Lozano Beltrán Coordinadora GrupoCoordinadora Grupo
Diana Carolina Moreno Jiménez12093dcmorenoj@senaedu.co
Gloria Soraya Ulloa Valencia13204gsulloa@sena.edu.co
Patricia Blanco Gómez12937pblanco@sena.edu.co
José Daniel González12995jdgonzalez@sena.edu.co
Erika Natalia Niño Salamanca12628eninos@sena.edu.co
María Teresa Rocha González12206mtrocha@sena.edu.co
Martha Cecilia Ortiz Orjuela13204mortizo@sena.edu.co
Yolanda Vargas Conta12090Apoyo administrativo
Diego Orlando EspinelApoyo administrativo
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