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CIRCULAR 250 DE 2010
(septiembre 23)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá, D.C.
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE RELACIONES CORPORATIVAS E INTERNACIONALES EN LAS REGIONALES, ASESORES CORPORATIVOS DE CENTROS, ASESORES DE LA DIRECCION DE FORMACIÓN PROFESIONAL y GESTORES DE REDES TECNOLOGICAS. |
Asunto: | Directrices Plazos Comisiones al Exterior |
Con el propósito de cumplir con el oportuno trámite de comisiones al exterior dentro de los tiempos exigidos por el Ministerio de la Protección Social y la Presidencia de la República, y con el objetivo de llevar a buen término los compromisos internacionales del SENA, se informa con relación a los plazos de trámite de comisiones internacionales:
1. El Secretario General del Ministerio de la Protección Social emitió la Circular 52 del 3 de septiembre de 2010 y 59 del 15 de septiembre de 2010 relacionadas con los nuevos tiempos de trámites de comisiones al exterior, en donde se exige un mínimo de DIEZ (10) días hábiles desde el momento en que es radicada cada comisión ante la Secretaría General de ésta entidad. Teniendo en cuenta que la responsabilidad de realizar el radicado respectivo frente a ésta última instancia corresponde a un funcionario del Ministerio de Protección Social, quien de forma previa debe realizar los actos administrativos pertinentes, las comisiones al exterior del SENA deben ser radicadas frente al Ministerio con una anticipación mínima de QUINCE (15) días hábiles previos a su fecha de inicio.
2. El Secretario General de la Presidencia de la República, emitió la Circular No. 01 de 2010 y la Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República envió la circular No. 02 del 30 de agosto de 2010, en donde presenta los nuevos lineamientos frente a los tiempos exigidos a los diferentes Ministerios (un mínimo de 7 días hábiles) para el trámite de comisiones dentro de la Presidencia de la República.
3. A partir del 7 de agosto del año en curso el Ministro de la Protección Social firmará y aprobará las comisiones al exterior, previa aprobación del Vice Ministro de Relaciones Laborales. Éste se constituye como un paso adicional al trámite que han venido surtiendo las comisiones hasta esta fecha, aumentando de esta manera los tiempos de trámite necesarios ante Ministerio de la Protección y Presidencia de la República.
Teniendo en cuenta lo anterior, solicitamos a las personas relacionadas de forma directa y/o indirecta con las autorizaciones y trámites pertinentes, así como a los funcionarios designados para realizar comisiones internacionales, tener en cuenta que a partir de la fecha la totalidad de los documentos exigidos por el Ministerio de la Protección Social y la Presidencia de la República deben ser entregados debidamente diligenciados en la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas - Grupo de Relaciones Internacionales de la Dirección General con una anticipación mínima de VEINTE (20) días hábiles previos a la fecha de inicio de la comisión. A continuación se relacionan dichos documentos:
- Carta del Director Regional Presentando el Funcionario al Director General: La carta debe explicar cómo y por qué fue seleccionado el funcionario y la importancia del propósito de comisión. De igual manera, debe llevar el visto bueno del Subdirector del Centro al que pertenece.
- Carta de invitación de la Entidad Oferente, especificando: Nombre del funcionario invitado, objeto y actividades a desarrollar, fechas de viaje, condiciones económicas, ciudad y país.
- Formato Único de Comisión al Exterior: Debidamente diligenciado y firmado por el Grupo de Relaciones Laborales, los Grupos de Apoyo Mixto en las Regionales o quien haga sus veces en las Regionales y en los Centro de Formación al cual pertenece el funcionario.
- Certificación Laboral SENA: Especificando Salario básico, Cargo, Tipo de Vinculación y Fecha de Vinculación.
Cordial saludo,
JULIA GUITIERREZ DE PIÑERES
Directora de Promoción y Relaciones
Corportivas