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CIRCULAR 257 DE 2011

(8 septiembre)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

PARA: DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Asunto: Programa de aguinaldo

De manera atenta les recuerdo que por disposición del artículo 1o del Decreto 3632 del 10 de diciembre de 1985: "Los ministerios, los departamentos administrativos, las unidades administrativas especiales, las superintendencias y los establecimientos públicos del orden nacional, dentro de los programas de bienestar social, podrán otorgar a los hijos de sus empleados oficiales, cuya edad no sobrepase los doce (12) años, en una sola oportunidad, en diciembre de cada año, beneficios en especie de carácter educativo, recreativo o didáctico". Por lo tanto a los niños que en el momento de la entrega de este beneficio tengan la edad de 12 años 364 días se les debe de entregar el aguinaldo infantil.

Conforme a esta norma, la Entidad puede otorgar este beneficio, hasta por un valor de $200.000 pesos M/cte., por cada hijo de los servidores públicos del SENA. Este beneficio deberá ser entregado entre el 6 y el 7 de diciembre del 2011.

Los funcionarios que se encuentren en comisión en las Regionales y que tengan hijos con derecho al aguinaldo infantil deberán ser tenidos en cuenta en el Centro o Dependencia donde se encuentre laborando para el otorgamiento de este beneficio.

Cordialmente,

 JUAN BAYONA FERREIRA

 Secretario General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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