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CIRCULAR 284 DE 2012
(23 julio)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
PARA: DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL
En enero de 2010, al adelantar la migración de información del aplicativo de Sistema Gestión de Centros- SGAC a Sofia Plus, se presentaron algunas inconsistencias, entre otras, no verificar la versión de los programas de formación en que se encontraba el aprendiz, por lo que en algunos casos se les está exigiendo competencias adicionales a las señaladas en el programa a la fecha de ingreso y matricula, como la competencia de Inglés, quedando como requisito obligatorio para obtener la certificación.
Respecto a la competencia de inglés este despacho expidió las siguientes circulares dando lineamiento para la certificación de los aprendices, directrices que rigen a partir de la fecha de expedición de las mismas y de ninguna manera en forma retroactiva.
- Circular 3-2009- 000261 del 28 de octubre de 2009: es requisito obligatorio para la certificación únicamente para los siguientes 14 programas:
1 | TECNOLOGO | GESTION LOGISTICA |
2 | TECNOLOGO | DISTRIBUCION FISICA INTERNACIONAL |
3 | TECNOLOGO | NEGOCIACION INTERNACIONAL |
4 | TECNOLOGO | ADMNISTRACION HOTELERA |
5 | TECNOLOGO | GASTRONOMIA |
6 | TECNOLOGO | PROCESOS CREATIVOS Y TURISTICOS |
7 | TECNICO | COMERCIO INTERNACIONAL |
8 | TECNICO | ORGANIZACIÓN DE EVENTOS RECREATIVOS Y TURISTICOS |
9 | TECNICO | GESTION COMERCIAL Y TELEMERCADEO CONTAC CENTER |
10 | TECNICO | DESARROLLO DE OPERACIONES LOGISTICA EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO |
11 | TECNICO | SERVICIOS DE ALOJAMIENTO |
12 | TECNICO | GUIANZA TURISTICA |
13 | TECNICO | COCINA |
14 | TECNICO | MESA Y BAR |
- Circular 3-2012- 000204 del 12 de agosto de 2010: es requisito obligatorio para la
certificación para tecnólogo que iniciaban formación a partir del 1o de octubre de 2010.
- Circular 3-2010- 000256 del 30 de septiembre de 2010: es requisito obligatorio para la certificación nivel Tecnólogo, Técnico Profesional y Técnico, que inicien su proceso de formación a partir del 1o de Octubre de 2010
Para solucionar los casos presentados, como medida especial y transitoria, se ha implementado en el aplicativo Sofia Plus la opción para certificar a los aprendices que se encuentren enmarcados en las siguientes situaciones:
1. A quienes iniciaron formación, antes del 28 de octubre de 2009 en programas diferentes los 14 indicados en la circular 3-2009- 000261, siempre y cuando en el diseño del programa no esté como obligatorio
2. A quienes iniciaron formación antes del 1o de octubre de 2010 y que no correspondan a los 14 programas indicados en la circular 3-2009- 000261.
El procedimiento transitorio adoptado en el aplicativo será responsabilidad del Grupo de Administración Educativa de esta Dirección, para lo cual los centros de formación deberán:
1. Verificar que las únicas competencias en estado POR EVALUAR y que no han permitido generar la certificación correspondan a las de inglés y que el aprendiz se encuentre en alguna de las dos situaciones indicadas.
2. Remitir a partir de la fecha la información en archivo Excel a la funcionaria Elsa Patricia Martinez Diaz, eornartinez@sena.e
FORMATO 20. CERTIFICAR APRENDICES REQUISITO INGLES NO OBLIGATORIO
Resgional | Centro | Tipo documento | No de documento | APellidos y Nombres | FICHA | Nombre del programa | Nivel del programa | Tipo de documento | No de documento |
El grupo de Administraón Educativa adelantara el procedimiento e informará al centro respectivo para genere la certificación.
GERMAN ALBERTO CHAVES CORREAL
Director de Formacion Profesional