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CIRCULAR 287 DE 2012

(23 julio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

PARA: DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES MISIONALES, COORDINADORES ACADÉMICOS, GESTORES Y ASESORES DE RED

ASUNTO: Ampliación del Registro Calificado

En el marco de la Política de Aseguramiento de la Calidad establecida por la Entidad y en cumplimiento del Decreto 1295 de 2010, la estrategia adoptada determina que todos los programas de nivel tecnológico y especialización tecnológica deberán contar como requisito previo a su oferta nacional, a partir del 2013 con el Registro Calificado.

A la fecha, la Dirección de Formación Profesional en asocio a las regionales y centros de formación han adelantado el proceso de registro calificado para 142 programas de nivel tecnológico, de los cuales, únicamente 1 programa está condicionado, 4 programas de la red de salud están en proceso de asignación de visita de pares delegados del Ministerio de Educación - MEN, y los restantes 137 tienen resolución de registro calificado como reconocimiento de condiciones de calidad (Ver Anexo. Programas TO RC).

En este sentido y en desarrollo del proceso de definición y planeación de la oferta educativa de los centros de formación para el 2013, y que requieran ofertar programas de nivel de educación superior, deberán adelantar proceso de ampliación de registro calificado, es decir, cada centro de formación contará con el registro calificado para cada uno de los programas de formación de nivel tecnológico o especialización tecnológica.

Por tanto, las Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centro como garantes del aseguramiento de la calidad en la formación, definirán en Comité de Dirección mediante Acta y previo análisis de los planes de desarrollo locales, agendas de competitividad, respuesta a sectores de talla mundial y locomotoras, entre otros, la pertinencia de los programas seleccionados en su región de influencia. Adicionalmente, deben verificar la disponibilidad y acceso a ambientes de formación (propios o en alianzas o convenios con entidades o instituciones especializadas) con infraestructura tecnológica adecuada y pertinente para ejecutar la formación; al mismo tiempo, deberán identificar si se cuenta con los instructores requeridos en el perfil del instructor que señala el programa de formación, quienes deben estar capacitados en el ámbito de conocimiento del programa y contar con experiencia certificable en el sector productivo.

Posteriormente, los centros deberán enviar a la red de conocimiento respectiva de cada programa de formación (Ver Anexo. Relación de Asesores y Gestores de Red), el Acta del Comité de qirección Regional y la información de la Lista de Chequeo con anexos (Ver Anexo. Lista de Chequeo) que incluye los siguientes aspectos:

- Justificación local para oferta del programa.

- Personal académico (instructores de planta y contrato).

- Medios educativos (biblioteca, software, conectividad, entre otros).

- Infraestructura (ambientes de formación, espacios de recreación, talleres, laboratorios, entre otros).

- Recursos financieros para apoyar la ejecución de la formación.

La información completa y verificada (anexos consolidados y entregados en carpetas con formato.rar o.zip, que no pueden pesar más de 9 megas por cada una de las 5 condiciones mencionadas) será suministrada por los centros al Grupo de Redes de Conocimiento de Formación Integral, que consolidará y entregará al Grupo de Aseguramiento de la Calidad para radicar ante el Sistema de Aseguramiento de la Calidad en Educación Superior – SACES. El MEN determinará si se requieren realizar visitas de confirmación o verificación adicional en los centros de formación. Adicionalmente, si el MEN, a través del grupo de Aseguramiento de la Calidad solicita complementación de información, las redes de conocimiento y los centros de formación deben atenderlos en un término no mayor a 3 días hábiles.

El proceso de ampliación de registro calificado es permanente y para la primera
oferta del año 2013, las solicitudes de ampliación de registro avaladas por la

irección Regional a través del Acta suscrita, con los soportes de las 5 condiciones mencionadas, deben ser entregadas al Grupo de Aseguramiento de la Calidad a más tardar ei día 10 de agosto de 2012, teniendo en cuenta que se debe radicar en el SACES y surtir el proceso ante el MEN.

Toda la información correspondiente al proceso de registro calificado, se encuentra disponible en el espacio virtual senastagesp4.blackboard.com, al cual pueden acceder con el usuario y contraseña red1.

Cualquier inquietud o consulta adicional por favor comunicarse con Helman Castañeda hcastanedac@sena.edu.co; María Amalia Flórez mflorezh@sena.edu.co; Viviana Jiménez Roa viimenezr@sena.edu.co; qora Emma Ramírez deramirez@sena.edu.co o Angela Alba Villamil aalba@sena.edu.co.

Agradezco su colaboración y apoyo,

Cordialmente,

 GERMÁN ALBERTO CHAVES CORREAL

 Director de Formación Profesional Integral

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