Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 300 DE 2011

(septiembre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogota D.C.

PARA: SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES MISIONALES, Y ACADEMICOS
ASUNTO:PROGRAMAS RELACIONADOS CON LA SALUD OCUPACIONAL

Con un cordial saludo y en atención al proceso de reorganización de las redes, me permito informar que a partir de la fecha y de manera independiente del centro de formación profesional en el que sean impartidos, los programas de formación relativos al tecnólogo en salud ocupacional y los que se le relacionen, deberán ser desarrollados y acompañados desde la Red de Salud.

Lo anterior en atención a que si bien es cierto que la salud ocupacional es un campo de conocimiento interdisciplinario, también lo es que de acuerdo con los lineamientos de la organización mundial de la salud (OMS) y la organización internacional del trabajo (OIT) esta: “trata todos los aspectos relacionados con la salud de los trabajadores, incluidas la prevención primaria de los peligros laborales, la protección y promoción de la salud en el lugar de trabajo, las condiciones de empleo y la mejora de la respuesta de los sistemas de salud a la salud de los trabajadores" y “está condicionada no sólo por los peligros laborales sino también por factores sociales e individuales y por el acceso a los servicios de salud” y su accionar incluye “intervenciones destinadas a la atención primaria de los peligros laborales y a crear lugares de trabajo saludables”, aspectos en los cuales la red de salud posee una gran experticia.

Por tanto solicito a los subdirectores en cuyos centros se están ofertando estos programas, que se sirvan entrar en contacto a la mayor brevedad posible con la Ing. Neida Yolima Caro, asesora de la red de salud, para lo pertinente.

Ahora bien, en cuanto a los programas de los cuales trató la Circular No. 3 - 2011 - 000260, en los cuales hay componentes importantes de salud ocupacional y que erróneamente han generado expectativas en los aprendices en cuanto a la posibilidad de obtener licencia para ejercer la salud ocupacional, les informo que:

Se está trabajando con el Ministerio de Protección Social la posibilidad de realizar ajustes en el programa de formación en cuanto a modificar el nombre de la titulación, incorporando un mayor énfasis en las competencias relativas a la salud ocupacional. A la fecha se ha presentado una propuesta concreta y se está a la espera de recibir respuesta formal.

2. En cuanto a los aprendices ya titulados de estos programas, que en las actuales condiciones no pueden acceder a la licencia para ejercer la salud ocupacional, se está trabajando en la posibilidad de desarrollar una formación cerrada y por una única vez, que incorpore las competencias específicas de salud ocupacional que les hace falta, de tal manera que a quienes deseen realizarla, sea posible generarles una doble titulación que les permita acceder a la licencia mencionada.

Se espera tener la claridad total frente a estos aspectos durante el próximo trimestre de tal manera que los ajustes requeridos se hayan podido efectuar antes de comenzar el próximo año.

Atentamente,

JAVIER ALONSO ARANGO PARDO

Director Formación Profesional Integral

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.